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10/Nov/09 10:55
GASTOS DE EJECUCION PROCEDEN?

BUENOS DIAS :

EXPONGO SI SITUACION:

El imss me esta cobrando unos creditos el cual nosotros no estabamos de acuerdo para lo cual solicitamos los servicios de un abogado, el caul presento: DEMANDA DE NULIDAD en contra de actos administrativos y SUSPENCION DE PROCEDIMIENTOS administrativo de ejecución. Para lo cual dejamos en garantia propiedad.

Me mandan citar del imss para decirme que tengo que pagar gastos de ejecución, de no hacerlo mandaria la propiedad que dejamos en garantia a remante esto es correcto.

Quiero primero escuchar opiniones de uds. antes de hablar con el abogado que contratamos.
 
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GilRodriguez
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10/Nov/09 14:09
Re: GASTOS DE EJECUCION PROCEDEN?

me mandan citar del imss para decirme que tengo que pagar gastos de ejecución, de no hacerlo
............en que se fundan ?..........


saludos
 
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lobozac
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10/Nov/09 14:42
Re: GASTOS DE EJECUCION PROCEDEN?

lobozac: no fundamentan nada, es decir todo fue verbal.

Ahora por lo menos me deben de notificar?
 
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GilRodriguez
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10/Nov/09 15:08
Re: GASTOS DE EJECUCION PROCEDEN?

Me parece que si, proceden de inicio pagarse.

No puede entrar a su juicio de nulidad, si no ha garantizado el interes fiscal. Ahi es donde debe aplicar su valor, luego lo recuperara si se llega a demostrar la razon

Por tanto, la autoridad no puede dejar de seguir cobrando la multa, si no se ha garantizado el interes fiscal. Asi que el PEA debe seguir operando. Son parte de sus facultades

El abogado debio haberles informado el procedimiento correpondiente
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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10/Nov/09 15:21
Re: GASTOS DE EJECUCION PROCEDEN?

ESTIMADO ENRIQUE:

si no se ha garantizado el interes fiscal

El interes fiscal ya esta garantizado un una propiedad e inclusuve ya se pago los gastos de avaluo, pero lo que me estan cobrando son gastos de ejecución, del importe que según el imss debemos.
 
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GilRodriguez
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10/Nov/09 17:02
Re: GASTOS DE EJECUCION PROCEDEN?

¿El interes fiscal se garantizo completo? preguntale al abogado
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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10/Nov/09 17:50
Re: GASTOS DE EJECUCION PROCEDEN?

amigo enrique9727 :
te agradezco que le estes dando seguimiento a mi caso.

te comento que el bien que se dejo en garantia sobrepasa el 3-1.
 
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GilRodriguez
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10/Nov/09 21:51
Re: GASTOS DE EJECUCION PROCEDEN?

Hola, ......pues considero que debes pedirles por escrito y fundado, ........donde se sustentan para cobrarlos...............si no es que ya lo hicieron 'desde un principio'..........es dificl opinar si no se conoce el documento primigenio


saludos
 
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lobozac
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11/Nov/09 23:01
Re: GASTOS DE EJECUCION PROCEDEN?

Hola GilRodriguez:

No, me comprendiste bien. No importa que este garantizado 3-1 ó 20 a 1

¿Qué se incluye en el 1, como interes fiscal? Si estas multas no incluyen dentro de interes fiscal, ¿como lo sabria la autoridad que te multo?

Me parece que deben pagarse las multas y posteriormente considerarlas dentro del interes fiscal garantizado, para que posteriormente te sean resarcidas, si se llega a tener la razon segun la percepcion del juez.

Solo mediante el procedimiento de revocacion, si se para el proceso de cobranza de multas, pues se hace la reclamacion dentro de la misma dependencia o la misma parte de la autoridad.

En el juicio de nulidad, el contribuyente recurre a otra parte fuera de la autoridad verificadora o demandante a la que multó. Esta debe seguir desarrollando su trabajo. Por eso sigue cobrando, no existe razon para que no lo haga. Al contrario.

Tu piensas que debe de suspenderse el cobro de la multa por que se estaria a la espera de una resolucion. No es asi. Lo que te expreso, pues se recurre fuera de la autoridad demandante o que aplico un criterio distante al de Ustedes. Esta autoridad no debe presuponer que ya debe dejar su trabajo, solo porque te vas a atender a otro sitio este asunto y se le dejo 'con la palabra en la boca', ¿Comprendés pibe?

Si le expresas que la garantia incluyen las multas, seguro ya no las cobraran. No que se excedan por mucho la garantia, ya no te las cobraría.

Pero, bueno esto es cuestion que el abogado te lo explique mejor.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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27/Nov/09 15:39
Re: GASTOS DE EJECUCION PROCEDEN?

Creo que se lo debes dejar a tu abogado, aun asi te comento:
En primer lugar si ya garantizaste el interés fiscal no tendrían por que el IMSS intente rematar dicho bien, lo que si tiene la facultad o derecho a cobrarte es el importe de los gastos de ejecución toda vez que de conformidad con la fracc. II del Art. 150 del CFF, las personas físicas y morales están obligadas a pagar el 2% del crédito fiscal por concepto de gastos de ejecución por la diligencia del embargo.
Cabe señalar que:
El Art. 142 del CFF establece que procede garantizar el interés fiscal cuando:
I. Se solicite la suspensión del procedimiento administrativo de ejecución, inclusive si dicha suspensión se solicita ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa en los términos de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo
…..
No se otorgará garantía respecto de gastos de ejecución, salvo que el interés fiscal esté constituido únicamente por éstos
Esto es, que aun y que se encuentre en suspensión el PAE el patrón debe de pagar obligatoriamente los gastos de ejecución, no hay vuelta de hoja.
 
'Todos somos iguales ante la Ley, pero no ante los encargados de aplicarla' http://groups.msn.com/AportacionesFiscales/home.htm SALUDOS
 
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jjfarias
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