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02/Jun/09 13:09
SI el 1er pago es en ceros debo presentar los siguientes si son tambien en ceros

En los mese de marzo,abril y mayo el calculo de sueldos no genero ISR a retener Si ya presente el aviso de marzo en ceros, debo presentar abril y mayo de la misma manera.
 
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fernandotrigueroscampos
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02/Jun/09 13:21
Re: SI el 1er pago es en ceros debo presentar los siguientes si son tambien en ceros

Debes de presentar todos los meses las estadisticas...

 
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lcruizuscanga
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02/Jun/09 15:02
Re: SI el 1er pago es en ceros debo presentar los siguientes si son tambien en ceros

ASI ES, .......todos los meses,........ESA FACILIDAD ERA ANTERIOR...............si deseas mayor informacion podrias utilizar el buscador


saludos
 
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lobozac
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02/Jun/09 15:11
Re: SI el 1er pago es en ceros debo presentar los siguientes si son tambien en ceros

RMF 2009

Informe de las razones por las que no se realiza pago de impuestos
II.2.12.2. Para los efectos del artículo 31, sexto párrafo del CFF, cuando por alguna de las obligaciones fiscales que esté obligado a declarar el contribuyente mediante el programa “Declaración Provisional o Definitiva de Impuestos Federales”, a que se refiere la regla II.2.12.1., en declaraciones normales o complementarias, incluyendo extemporáneas, no tenga cantidad a pagar derivado de la mecánica de aplicación de ley o saldo a favor, se informará a las autoridades las razones por las cuales no se realiza pago, presentando la declaración de pago provisional o definitivo que corresponda, a través del citado programa, llenando únicamente los datos solicitados por el mismo.
CFF 31, RMF 2009 II.2.12.1.



SALUDOS
 
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lobozac
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02/Jun/09 15:29
Re: SI el 1er pago es en ceros debo presentar los siguientes si son tambien en ceros

ART 31 CFF

Los contribuyentes que tengan obligación de presentar declaraciones periódicas de conformidad con las Leyes fiscales respectivas, continuarán haciéndolo en tanto no presenten los avisos que correspondan para los efectos del registro federal de contribuyentes. Tratándose de las declaraciones de pago provisional o mensual, los contribuyentes deberán presentar dichas declaraciones siempre que haya cantidad a pagar, saldo a favor o cuando no resulte cantidad a pagar con motivo de la aplicación de créditos, compensaciones o estímulos. Cuando no exista impuesto a pagar ni saldo a favor por alguna de las obligaciones que deban cumplir, en declaraciones normales o complementarias, los contribuyentes deberán informar a las autoridades fiscales las razones por las cuales no se realiza el pago.

ESPERAMOS TUS COMENTARIOS A FIN DE QUE EXISTA UNA RETROALIMENTACION MAS AMPLIA


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