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20/May/09 12:42
Asesorías dejadas de cobrar en 2008

Buenas tardes,
Hubo algunas asesorías que se brindaron a la empresa en el segundo semestre del 2008 y que la empresa por alguna razón nunca las pagó y no se facturaron. Ahora en el 2009 esas asesorías se van a pagar con las correspondientes facturas. La pregunta es: se va a presentar una declaración complementaria para 2008 por otros asuntos, en esta podemos registrar esos pagos que aunque se van a facturar con fecha de 2009 corresponden a 2008? es válido? podemos hacer deducibles esos servicios de 2008 para la empresa?
Espero me haya explicado. Gracias por su ayuda.
 
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gabyss99
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20/May/09 15:11
Re: Asesorías dejadas de cobrar en 2008

Para efectos fiscales necesitas que las facturas vengan con fecha del 2008 de otro forma no podrán ser deducibles.

Lo único que puedes hacer en el aspecto financiero, es registrar esas asesorias para que se reflejen en los resultados del 2008.
 
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CP_PACO
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20/May/09 15:49
Re: Asesorías dejadas de cobrar en 2008

Antes que nada debes establecer que tipo de contribuyentes es para cada parte de la relacion comercial o del servicio.

Por lo general las asesorias son por PM con fines no lucrativos, tributan en el Titulo III de la LISR y por tal razon, no acumulan ingresos que no fueron cobrados.

Por otro lado, las PM Titulo II, si las acumularian ese tipo de ingresos.

En el caso de las deducciones: Las del Titulo III, debe haber erogado efectivamente esas deducciones y contar con documentacion comprabatoria para deducir, apropiadamente esos conceptos.

En cambio las del Titulo II, como no se obtuvo comprobacion con fecha de ese ejercicio, no debe proceder su deduccion en el ejercicio 2008. Pero, de conseguirse la documentacion comprobatoria con fecha de 2009 y es liquidada esas partidas, pudiesen deducir las partidas comentadas.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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