12/Ene/09 20:19
Re: DIOT
Tus preguntas son disparadas, sin un blanco en particular. Como se intentara desesperadamente haber si se tocara algo importante.
Los vehiculos no se deducen sus adquisiones (compras), la LISR permiteria en sustitucion de lo anterior aplicar la depreciacion fiscal correspondiente y proporcional y por meses completos en el ejercicio o el ejercicio siguiente. En este caso no habria deduccion para ISR en 2008.
Ademas se podria obtener la deduccion inmediata (por depreciacion acelerada), solo en ciertas circunstancias.
Para efectos del IETU, como el cheque se efectua efectivamente respaldado y cubierto, es cuando se aplicaria para efectos de ese impuesto.
Con respecto a tu pregunta de la DIOT, debe investigar la LIVA, que la acreditacion de este impuesto trasladado conforme al art 5 de esta ley, indica que cuando se cumpla los requisitos que se expresan en el articulo comentado.
La LIVA y la LIETU tiene la simitud de causarse estos impuestos conforme se ejerzan de manera efectiva los pagos de las operaciones financieras, mercantiles o actos, actividades o por hechos que gravarian estos impuestos.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?