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17/Mar/08 9:43
Dudas con el Ajuste Anual !!

Hola envío saludos a los participantes del foro.

Y la duda es la siguiente:

En el ajuste anual por inflación en el promedio de los creditos la Lesy me dice que no debo incluir deudas con los socios accionistas y funcionarios y empleados.
Por lo cual los deudores diversos no jugarian para el ajuste.
es correcta esta apreciación?

La ley cita los saldos al último día de cada uno de los meses del ejercicio, dividida entre el número de meses del ejercicio.
si por ejemplo tengo saldos en 6 meses y en otros 6 meses fue 0 debo dividir la suma entre 12 o solo en los meses que tuve saldo. es decir 6?

Agradezco su apoyo

Saludos
 
Los contadores van al Cielo.
 
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CPMANUELGIL
Soldado

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17/Mar/08 10:03

Si tus deudores diversos sólo incluyen ese tipo de deudores pues no en definitiva no lo incluyes, en teoría debes incluir las CXP a cargo de PF con actividad empresarial.

La ley cita entre los meses del ejercicio, un ejercicio regular tiene 12 meses, a menos que fuera irregular sería de menos meses pero como lo planteas tu ejercicio parece regular por lo tanto sería entre 12, no tiene nada que ver si tuviste saldo o no.

Saludos!
 
Saludos!
 
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doqu
Subteniente

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17/Mar/08 10:08
Re: Dudas con el Ajuste Anual !!

:wink:


Agradezco tu respuesta.

Saludos.

Pd. me parece de mucha utilidad contar con personas que nos apoyen en estas dudas.
 
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CPMANUELGIL
Soldado

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18/Mar/08 11:28
Re: Dudas con el Ajuste Anual !!

[color=green:c8d4213347]Aplica la disposicion de manera estricta.[/color:c8d4213347][/b:c8d4213347]

Artículo 46 LISR. Las personas morales determinarán, al cierre de cada ejercicio, el ajuste anual por inflación, como sigue:
I. Determinarán el saldo promedio anual de sus deudas y el saldo promedio anual de sus créditos.

El saldo promedio anual de los créditos o deudas será la suma de los saldos al último día de cada uno de los meses del ejercicio, [b:c8d4213347][color=green:c8d4213347]dividida entre el número de meses del ejercicio.[/color:c8d4213347][/b:c8d4213347] No se incluirán en el saldo del último día de cada mes los intereses que se devenguen en el mes.

II. Cuando el saldo promedio anual de las deudas sea mayor que el saldo promedio anual de los créditos, la diferencia se multiplicará por el factor de ajuste anual y el resultado será el ajuste anual por inflación acumulable.

Cuando el saldo promedio anual de los créditos sea mayor que el saldo promedio anual de las deudas, la diferencia se multiplicará por el factor de ajuste anual y el resultado será el ajuste anual por inflación deducible.

III. El factor de ajuste anual será el que se obtenga de restar la unidad al cociente que se obtenga de dividir el Índice Nacional de Precios al Consumidor del último mes del ejercicio de que se trate entre el citado índice del último mes del ejercicio inmediato anterior.

Cuando el ejercicio sea menor de 12 meses, el factor de ajuste anual será el que se obtenga de restar la unidad al cociente que se obtenga de dividir el Índice Nacional de Precios al Consumidor del último mes del ejercicio de que se trate entre el citado índice del mes inmediato anterior al del primer mes del ejercicio de que se trate.

Los créditos y las deudas, en moneda extranjera, se valuarán a la paridad existente al primer día del mes.

Por lo cual los deudores diversos no jugarian para el ajuste.
es correcta esta apreciación?[/quote:c8d4213347] [b:c8d4213347][color=green:c8d4213347]Si es para deudores diversos si... Si es para cuentas de pasivos, deben de incluirse de todas formas.[/color:c8d4213347][/b:c8d4213347]

[quote:c8d4213347]La ley cita los saldos al último día de cada uno de los meses del ejercicio, [b:c8d4213347][color=green:c8d4213347]dividida entre el número de meses del ejercicio. [/color:c8d4213347][/b:c8d4213347]
si por ejemplo tengo saldos en 6 meses y en otros 6 meses fue 0 debo dividir la suma entre 12 o solo en los meses que tuve saldo. es decir 6?

[b:c8d4213347][color=green:c8d4213347]No hagas telenovelas... ¿Cuantos meses tiene el ejercicio, no como los tienes? supongo que de 12 meses como cualquier ejercicio regular. ¿Verdad? Si es irregular los meses que sean.[/color:c8d4213347]
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
General de División

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13/Dic/18 14:57
Re: Dudas con el Ajuste Anual !!

Duda al respecto, las deudas que se tienen con el socio por prestamos recibidos, entran para el ajuste anual_
 
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hm
Subteniente

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17/Dic/18 21:10
Re: Dudas con el Ajuste Anual !!

Buenas noches hm.

Te refieres: la empresa le debe al socio (es un pasivo para la empresa), ese importe si se considera deuda.
 
PARA CONSEGUIR UN CREDITO; DEBES DEMOSTRAR AL BANCO QUE NO LO NECESITAS.
 
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ALLENDE
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