20/Feb/08 14:25
Re: Deducciones Personales de P.F. - ¿Deducciones para IETU?
"Deducciones Personales" en la Ley del I.S.R. (Art. 176) los puedo deducir para el IETU en el mes en que los realizo?
Yo pienso que no... no se tiene la fundamentacion legal al respecto.
En IETU no existe deducciones personales, solo deducciones autorizadas que corresponderian a los ingresos que se generen por las actividades que gravaria segun el art 1 LIETU (ver art 5 F-I LIETU)
Esas deducciones personales solo son aplicables para ISR, y como indica fernandotrigueroscampos, serian hasta la declaracion anual, presisamente se da una fundamentacion legal solo aplicable para ISR, (art 176)
PD
El cuñado no se DEBE meter con su concuña... Que lo haga es otra cosa, pero moralmente no estaria bien.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?