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19/Dic/07 17:06
obsequios a trabajadores deducibles?

Buenas tardes:

En la empresa en la que laboro, se les otorgará a todos los trabajadores un obsequio, de acuerdo al art. 32 fracc III, los obsequios son no deducibles exepto por la restación de servicios, pero no especifica que tipo de servicios si independientes o dependientes.
Por lo anterior solicito de su valiosa opinion.

gracias y saludos
 
JCFox
 
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JCFox
Sargento Segundo

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19/Dic/07 18:47
Re: obsequios a trabajadores deducibles?

Hola:

Entregalos bajo el concepto de prevision social, si ya se sobrepaso el tope, habria que gravarlo y que la empresa cubra el impuesto correspondiente, iria implicito en el costo del regalo, equiparable a una prestacion por algun premio y asi lo deduceria.

En otro topico similar al tuyo, recientemente, es que di una opinion a la presente pero mas completa.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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20/Dic/07 11:25

Si son deducibles.

El dia de ayer, acudi a una cita del SAT.
Me atendieron a las 4:00 PM, (ya querian terminar, porque tenian su posada).
Y, a pregunta expresa de mi parte (a la persona que nos estaba atendiendo).
"van ha tener rifa de regalos"
La respuesta: SI

Otra pregunta: "y estos regalos son deducibles"
La respuesta: son gastos de prevision social. y otros regalos que nos llegan de Mexico.

Buena Suerte.
 
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vabdo
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20/Dic/07 12:25

Siendo parcos, al momento no se de alguien que les considere no deducibles, a mi ver no encajan como previsión social y no les ubicaría por ese rumbo...

Para considerarles previsión social entrariamos en una confronta esteril de opiniones, partiendo de que ni siquiera sabemos en que consiste el regalo, por lo tanto manifiesto acuerdo con el planteamiento del forista iniciador del tópico, 32-III de LISR.

Ahora bien, en relación al dicho del personal del SAT, recuerdo que en sus criterios existe uno que establece o considera como NO deducibles los gastos por convivios navideños o de fin de año, lo que me hace pensar que lo que hicieron fué dar la suave para salir corriendo... "El si del loco" decia mi abuelo...

Insisto, veo con frecuencia en las empresas la deducibilidad de obsequios a sus empleados, nunca he conocido de un empleado de contabilidad que recibiendo un obsequio diga; "gracias y que pena, pero lo voy a registrar como NO deducible"...

Más fácil, común se compren botellas de vino para obsequiar a clientes, proveedores y empleados, me preguntan, ¿deducibles?, siempre digo, si me toca una SI, si no pues NO...

Saludos.
 
sos al sos
 
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sosgtorreon
Teniente Coronel

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20/Dic/07 12:35

Muy buen comentario sosgtorreon.

En la visita al SAT, nunca me dijeron "SI"
Mas bien aceptaron como una practica, y al mismo tiempo eludieron, al decir "los mandan de Mexico"

P.D.Estoy de acuerdo
¿deducibles?, siempre digo, si me toca una SI, si no pues NO...
 
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vabdo
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20/Dic/07 14:39
Re: obsequios a trabajadores deducibles?

Estoy de acuerdo con estos últimos dos comentarios, en mi opinión se pueden registrar como
 
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guzmanez
Cabo

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20/Dic/07 16:35

[quote:55b18a11ab="vabdo"]Si son deducibles.

El dia de ayer, acudi a una cita del SAT.
Me atendieron a las 4:00 PM, (ya querian terminar, porque tenian su posada).
Y, a pregunta expresa de mi parte (a la persona que nos estaba atendiendo).
"van ha tener rifa de regalos"
La respuesta: SI

Otra pregunta: "y estos regalos son deducibles"
La respuesta: son gastos de prevision social. y otros regalos que nos llegan de Mexico.

Buena Suerte.[/quote:55b18a11ab]

TE RECOMIENDO ANALIZAR TU CASO, ES DECIR, NO CONFIES MUCHO EN LO QUE TE DIGA EL SAT.

ESTE TIPO DE REGALOS COMO BIEN COMENTAN SIEMPRE SE HACEN DEDUCIBLES, PERO QUE PASA CON EL TRABAJADOR? ES UN INGRESO PARA EL TRABAJADOR.

YO TE RECOMIENDO QUE LO ANALISES BIEN.

CUALQUIER DUDA CON GUSTO LA VEMOS.
 
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ANONIMO2
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20/Dic/07 18:36
Re: obsequios a trabajadores deducibles?

Compaginando las distintas versiones y la de cursos que he recibido.

Un regalo en especie, premios distintos a los de productividad... seria muy dificil encontrar un articulo en la ley que indique que si serian "extrictamente" indispensables. Pero en definitiva debe ser de autoaplicacion, como cualquier concepto que se aplique en la determinacion de una base gravable.

Con base a mi experiencia he logrado concluir que el termino "extrictamente", seria muy dificil de encontrarlo "puro" en la determinacion de impuestos, es mas seria cuantificado de manera subjetiva por cualquier persona, asi que con solo cumplir una relacion con las actividades que se desarrollan y cumpliendo con el resto de los requisitos, se llegaria a la conclusion de que si se seria indispensable para la realizacion de las actividades por las cuales se desarrollaría el contribuyente.

Si esos regalos no se equiparan como prevision social, me parece mas dificil aplicarse como deducibles por un concepto distinto. De ¿dónde agarrarse aunque sea de la uñas para considerarse como deducibles?

El otorgarse regalos o premios, representaria un incremento en el patrimonio del trabajador, por eso la razon de gravarse. Asi el patron se ganaria el derecho de deducirlos, considerandose las partidas exentas que conlleva este renglon bajo el estatuto del 109 LISR.

Los gastos de posadas y de navidad jamas se incluyen como prevision social. Ni por error, ni por costumbre. Ni las autoridades las objetan, tal vez por el hecho de que una fiesta, lo concerniente a musica, convivio, comida, show, no representarian un incremento en el patrinomio de los trabajadores, si acaso los regalos que se otorguen en la misma.

Con Despachos de auditoria importantes, sindicos de Monterrey, se ha llegado a las anteriores conclusiones. Tambien han estando presentes algunos administradores de ALAC, en esos eventos y ni han realizado replicas, ni objeciones a estos comentarios.

Lo que haria indispensables los gastos navideños y asi como los premios, es que tiene la finalidad de mejorar el ambiente de trabajo, que posiblemente se traduceria en mejor desempeño laboral. Y aunque no hay una liga de indispensabilidad como en el caso de las vacaciones, como seria con el contrato laboral, si tiene relacion generalizada con los trabajadores de manera conexa.

Pero como dice sosgtorreon ¿quien hace no deducibles los gastos de posada navideños? ¿Algunas empresas llegan a realizar eventos pequeños para festejar los cumpleaños de sus trabajadores, tambien serian no deducibles?

O tal vez se satanizan este tipo de gastos, porque posiblemente se incluyan gastos personales de los accionistas en este renglon. Pues esta no seria una cuestion muy acertada, pues podrian registrarse en cualquier otra partida e incluso prorratearse a distintas partidas sin ser incluidas en gastos de posadas navideños e incluso ni a varios se enviarían.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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21/Dic/07 9:31

enrique9727 escribió:
Los gastos de posadas y de navidad jamas se incluyen como prevision social. Ni por error, ni por costumbre. [size=18:ea6404b5a7]Ni las autoridades las objetan[/size:ea6404b5a7].......


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vabdo
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21/Dic/07 13:39
Re: obsequios a trabajadores deducibles?

Hola!

Pues les dire que yo soy de ese monton que los hace deducibles, nomas el licor no entra, para no verme mal jajaja

Pero pues todo lo referente a la posada, lo considero deducible, pero tambien lo tomo para el calculo del subsidio acreditable, dijo para ser justos..... sino se quieren sentir mal con el SAT, pues tomenlo como gastos de comedor jejejeje

Que tengan una bonita Navidad.

saludillos =)
 
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ROSRZ
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