11/Abr/06 12:12
Buenas, una pregunta y opinion.
En mi declaracion anual(persona fisica), tengo una utilidad de 200 mil, por ejemplo, y ya metiendo a la tabla me da un ISR causado de 40 mil, pero en el año realicé pagos provisionales por 220,000, lo cual me da una diferencia a favor de 180 000.
Esa diferencia no es un foco rojo para hacienda?? si hago la compensación o mejor la devolución???
que es mejor?
gracias
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lorito
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11/Abr/06 12:46
Re: Dec. Anual
Ciertamente considero que si es un foco rojo, pero, de tantos que tiene la autoridad que en ocasiones no te revisan, ahora bien, te sugiero que lo dejes como esta y que integres bien toda la documentación contable y fiscal para tener el soporte si te llegaran a revisar, para mi, considerando que es un saldo a favor, lo puedes compensar o bien solicitarlo en devolución, de igual manera te pueden revisar, en el caso de la compensación tendras que realizar el tramite cada vez que lo apliques con el impuesto a pagar, y en la devolucón considero que solo tendrias que hacer un tramite.
Saludos.
Alejandro Gamborino
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aruiz
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11/Abr/06 17:05
Re: Dec. Anual
[quote:9db40ec656="lorito"]Buenas, una pregunta y opinion.
En mi declaracion anual(persona fisica), tengo una utilidad de 200 mil, por ejemplo, y ya metiendo a la tabla me da un ISR causado de 40 mil, pero en el año realicé pagos provisionales por 220,000, lo cual me da una diferencia a favor de 180 000.
Esa diferencia no es un foco rojo para hacienda?? si hago la compensación o mejor la devolución???
que es mejor?
gracias[/quote:9db40ec656]
"LO MEJOR ES LO LEGAL"........................SI TUS "NUMEROS SON LEGALES", ES DECIR TUS MOVIMIENTOS ANUALES, , PAGOS PROVISIONALES, GASTOS BIEN SOPORTADOS, INGRESOS DE IGUAL MANERA. ETC , ETC, ETC..........[color=red:9db40ec656]NO TIENE PORQUE SER FOCO ROJO PARA HACIENDA[/color:9db40ec656]..............SI POR EL CONTRARIO, HICISTE "COSAS CHUECAS"...........PUES ENTONCES .....AGUAS
SALUDOS
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lobozac
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17/Abr/06 13:31
Re: Dec. Anual
Estoy de acuerdo con lobozac.
Suponiendo que sea un foco rojo para hacienda y mientras tengas todo en orden no tienes de que preocuparte
ge01rar01do58@hotmail.com
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gerardoba
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17/Abr/06 14:49
Hola que tal
Me suena raro que te salga un importe tal como saldo a favor, dado que se supone que la base del impuesto del pago provisional del mes de diciembre debe de ser lo mas cercano sino es que la misma base que en la declaracion anual.
La unica forma que recuerdo en la cual se de ese efecto, es que en algun mes o meses de enero a noviembre se haya generado una base de impuestos mayor a la generada en la anual, de tal forma que se haya generado un pago provisional a las dimensiones de dicha base.
Saludos,
[img:86c38361d9]http://www.geocities.com/maestria_fca/147.gif[/img:86c38361d9][img:86c38361d9]http://www.geocities.com/maestria_fca/199.gif[/img:86c38361d9][img:86c38361d9]http://www.geocities.com/maestria_fca/209.gif[/img:86c38361d9]
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cesar_lc
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17/Abr/06 15:20
Re: Dec. Anual
En mi opinion si podria quedar dicho saldo a favor debido a las deducciones personales ya que estas solamente se aplican hasta la declaracion anual
ge01rar01do58@hotmail.com
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gerardoba
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17/Abr/06 17:04
De acuerdo gerardoba, se me paso ese punto, aunque para el saldo a favor que indica no seria como que fuera por efectos de deducciones personales.
Saludos.
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cesar_lc
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18/Abr/06 13:56
Re: Dec. Anual
Si son pagos en exceso, no hay ningun problema para la devolucion y el SAT jamas considerara esto como un foco rojo para efectos de revision, en todo caso siguiendo la logica presentar la Anual reflejando el saldo a favor, si hay alguna causa el SAT no lo devolvera automaticamente, pero dejara que transcurra el plazo para que se solicite por el formato 32, en el cual hay que anexar todo el soporte del calculo, en ese punto de la devolucion entonces ya el SAT con todos los elementos decidira si devuelve o no, pero no veo ninguna causa para devolucion.
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teofiloperea
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