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Tópico: DEVOLUIONES DE ISR
cp_pavon

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 04, 2006 Asunto: Re: DEVOLUIONES DE ISR
Presentarse en la ALAC correspondiente, con tus declaraciones en la mano para que te aclaren tu situación: Pueden haber varias causas. 1.- Que tu declaración se presentó fuera del plazo establecido para el trámite "automático". 2.- Errores en el cálculo de base gravable, impuesto, subsidio, etc. 3.- En caso de salarios, que tu patrón te haya efectuado tu cálculo anual de impuestos. 4.- Faltó la "CLABE" que solicitan., 5.- Etc. Dependiendo lo que te digan, presenta en su caso la Solicitud de Devolución (F-32), anexando la documentación correspondiente. Saludos
Tópico: IVA EN PALANQUETAS
cp_pavon

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 30, 2006 Asunto: Re: IVA EN PALANQUETAS
Buen día DALFI: Te anexo este criterio emitido por el SAT. 82/2001/IVA Productos destinados a la alimentación.En relación con lo dispuesto en el artículo 2o.-A, fracción I, inciso b), con exclusión de las excepciones contenidas en los numerales 1, 2, 3 y 4 de dicho inciso, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, el cual señala que la enajenación de los productos destinados a la alimentación está gravada a la tasa del 0%, se estará a lo siguiente: Se entiende por productos destinados a la alimentación, aquéllos que, sin requerir transformación o industrialización adicional, se ingieren como tales por humanos o animales para su alimentación, aunque al prepararse por el consumidor final se cuezan o combinen con otros productos destinados a la alimentación.La enajenación de los insumos o materias primas que se incorporen, dentro de un procedimiento de industrialización o transformación, a productos destinados a la alimentación, ha estado afecta a la tasa del 0% siempre que dichas materias primas o insumos se contemplen en la definición del párrafo anterior.La enajenación de insumos o materias primas, tales como sustancias químicas, colorantes, aditivos o conservadores, que se incorporan al producto alimenticio, está afecta a la tasa general, salvo que se ubiquen en la definición del segundo párrafo de este criterio.
Tópico: Pagos Provisionales en Ceros
cp_pavon

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 30, 2006 Asunto: Re: Pagos Provisionales en Ceros
Buen día Proyectos: En caso de presentar declaración en "ceros", no se necesitan pagar recargos y actualizaciones. Por otra parte tienes que presentar las declaraciones vía internet, por los periodos que te hacen falta. Fundamento: Regla 2.14.2. Fracción II Los contribuyentes personas físicas que conforme a lo establecido en esta regla estén obligados a presentar información de las razones por las cuales no se efectúa el pago por alguna de sus obligaciones fiscales, a excepción de aquellas contribuciones que se consideren como pagos definitivos presentarán la primera información señalando las razones por las que no tienen impuesto a cargo, quedando relevados de la obligación de hacerlo en los meses subsecuentes del ejercicio, hasta en tanto no tengan impuesto a cargo o saldo a favor y no varíe la razón señalada en la información presentada con anterioridad, [color=green:0331b0e644]siempre que la información haya sido presentada en tiempo y forma.[/color:0331b0e644]. Saludos
Tópico: Gastos de membresia a Hoteles, deducible??
cp_pavon

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 25, 2006 Asunto: Re: Gastos de membresia a Hoteles, deducible??
Hola Maricarmen: Te adjunto jurisprudencia: En la tesis aislada transcrita a continuación, el juzgador se pronuncia sobre la interpretación que el término “estrictamente indispensable” debe tener, y se concluye que al ser imposible definir los supuestos que en cada caso concreto puede haber, se debe interpretar que el concepto atiende a los fines de cada empresa, así como del gasto específico en cuestión. Se estima que un gasto estrictamente indispensable debe estar relacionado con la realización del objeto de la empresa, y que dicho gasto es tan necesario para tales efectos que, de no realizarlo, las actividades de la empresa se verían afectadas al grado de disminuirse o suspenderse. Un elemento relevante de esta tesis es la afirmación final que señala que una erogación indispensable solamente se podrá excluir cuando exista una justificación jurídica, económico o social, o bien atendiendo a la capacidad contributiva de la persona. Novena ÉpocaInstancia: Segunda SalaFuente: Semanario Judicial de la Federación y su GacetaTomo: XX, Diciembre de 2004Tesis: 2a. CIII/2004Página: 565Materia: Administrativa Tesis aislada. RENTA. INTERPRETACIÓN DEL TÉRMINO "ESTRICTAMENTE INDISPENSABLES" A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 31, FRACCIÓN I, DE LA LEY DEL IMPUESTO RELATIVO (LEGISLACIÓN VIGENTE EN 2002). El precepto citado establece que las deducciones autorizadas por el título II, relativo a las personas morales, entre otros requisitos, deben ser "estrictamente indispensables" para los fines de la actividad del contribuyente. Ahora bien, la concepción genérica de dicho requisito se justifica al atender a la cantidad de supuestos que en cada caso concreto pueden recibir aquel calificativo; por tanto, como es imposible definir todos los supuestos factibles o establecer reglas generales para su determinación, dicho término debe interpretarse atendiendo a los fines de cada empresa y al gasto específico de que se trate . En tales condiciones, el carácter de indispensable se encuentra vinculado con la consecución del objeto social de la empresa, es decir, debe tratarse de un gasto necesario para que se cumplimenten en forma cabal sus actividades, de manera que de no realizarlo, éstas tendrían que disminuirse o suspenderse; de ahí que el legislador únicamente permite excluir erogaciones de esa naturaleza al considerar la capacidad contributiva del sujeto, cuando existan motivos de carácter jurídico, económico y/o social que lo justifiquen . Amparo en revisión 1386/2004. Fomento Agropecuario y Comercial, S.A. de C.V. 5 de noviembre de 2004. Cinco votos. Ponente: Juan Díaz Romero. Secretario: César de Jesús Molina Suárez Espero te sea de utilidadl
Tópico: Buscador de decretos, acuerdos, etc..
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 23, 2006 Asunto: Re: Buscador de decretos, acuerdos, etc..
Buen día: También puedes encontar en: www.normateca.gob.mx Saludos
Tópico: Cálculo de pérdidas fiscales
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 12, 2006 Asunto: Cálculo de pérdidas fiscales
Bune día compañeros: Podrían indicarme el procedimiento para calcular las pérdidas fiscales. si tienen un archivo de excell que pueda hacer estos cálculos. De antemano, gracias.. Saludos.
Tópico: podría reducir la necesidad de acudir a un contador
cp_pavon

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 08, 2006 Asunto: Re: podría reducir la necesidad de acudir a un contador
Buen día: Pienso, que lo eliminar la necesidad del contador dista mucho de la realidad, ya que en mi opinión estos cálculos "automaticos", ya se hacen desde hace tiempo atrás con el famoso DECLARASAT, y aun los contribuyentes buscan la "ayuda" del contador, para realizar su declaración anual (ejemplo: en sueldos de la cual no necesitan de la contabilidad). En conclusión: En mi opinión, existe un "terror" por parte de ciertos contribuyentes hacia el SAT, prefiriendo en consecuencia contratar a un contador y evitarse "problemas". Saludos.
Tópico: cursos sat guadalajara centro
cp_pavon

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 08, 2006 Asunto: Re: cursos sat guadalajara centro
Idem: Aguacalientes, suspendió los cursos. pendientes módulo VII y IX. Saludos.
Tópico: Devoluciones automáticas: "Portal de bienvenida"
cp_pavon

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 07, 2006 Asunto: Re: Devoluciones automáticas: "Portal de bienvenida&
Gracias compañeros: Tuve que consultar desde otra pc, ya que en la mía no aparecen las ligas que me comentan. Saludos.
Tópico: Devoluciones automáticas: "Portal de bienvenida"
cp_pavon

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 26, 2006 Asunto: Devoluciones automáticas: "Portal de bienvenida"
Buen día compañeros: Podrían decirme como puedo "checar" el status de una devolución automática (tengo el RFC y clave CIEC), ya que entro a a la página del SAT y únicamente llegó al portal de bienvenida de "Devoluciones Automaticas" y no me aparece la liga para checar la situación de la devolución Saludos.

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