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Tópico: Gravar ingresos exentos de trabajadores (LISR art. 28 frac. XXX)
RIzquierdo

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 14, 2017 07:42:50 Asunto: Re: Gravar ingresos exentos de trabajadores (LISR art. 28 frac. XXX)
La cuestión que creo aplica es que muchas de esas prestaciones que están exentas de impuestos no siempre están emanadas directamente de las leyes fiscales. También tendrías que ver que es lo que dice la L. F. T. pues muchas de las prestaciones exentas para cuestiones fiscales tienen su origen en la L.F.T. y como le vas a explicar tanto a los trabajadores como al sindicato (si lo tienen) que a partir de una fecha dada el 100% de los ingresos de tus trabajadores estarán gravados. Que tendrán que pagar mas impuesto y que la empresa podrá tener el beneficio del 100% de deducción por sueldos y salarios... Por otra parte el día que lleguen a realizar una revisión la autoridad podrá dar reversa al procedimiento que estas consultando, darte las gracias por el pago en exceso de ISR por sueldos y modificar tu resultado fiscal manifestando la proporción 53 - 47... En cuanto al Seguro Social, yo estaría mas tranquilo. Todas las prestaciones integran para el SDI,.. Bueno aunque ahora con la UMA quien sabe...
Tópico: CAMBIO A REGLA 2.7.1.32. RMF 2017
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 13, 2017 13:25:14 Asunto: Re: CAMBIO A REGLA 2.7.1.32. RMF 2017
Indukern y Lumin Oso La prórroga para la implementación de la versión 3.3 de los CFDi permite la coexistencia de ambas versiones. Así pues del 1° de Julio al 30 de Noviembre del presente año podremos contar con comprobantes 100% deducibles sin importar la versión que se utilizó para crearlos. Así pues, también el complemento de pago será opcional aun y cuando un proveedor haya emitido el CFDi con la versión 3.3 Lo que la autoridad no ha prorrogado son los criterios a tomar en cuenta. Así si en un CFDi versión 3.2 se asienta método de pago diferente a[b][color=blue] '99' [/color][/b]o[b][color=blue] 'NA' [/color][/b]la autoridad podrá llegar a determinar algún presunto ingreso o presunta erogación. Por tal motivo es recomendable que a los CFDi's versión 3.2 se les ponga nuevamente Método de Pago [b][color=blue]'NA'[/color][/b].
Tópico: hostigamiento personal de confianza
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Mensaje Foro: Laboral Enviado: Julio 13, 2017 09:44:54 Asunto: Re: hostigamiento personal de confianza
Independientemente si la pregunta esta o no clara y si la duda se aclara no creo importante resaltar que si es posible ese tipo de actos. Muchas veces es por cuestión social, otras tantas por cuestión laboral y en muchas ocasiones son cuestiones personales. Las relaciones humanas en una empresa son complicadas sobre todo cuando algunas personas operacionales se les asigna un supervisor femenino... Y claro, cuando a algunas personas operacionales se les asigna un supervisor masculino...
Tópico: Facilita el SAT la Validación del CFDi por medio del QR-Code !!!
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 13, 2017 07:27:50 Asunto: Re: Facilita el SAT la Validación del CFDi por medio del QR-Code !!!
Silvestre Esto si sera de gran utilidad para muchos contribuyentes que en muchas ocasiones solo llegan a recibir las impresiones y archivos PDF. Ya que los archivos XML los cargan a los portales de recepción de los corporativos.
Tópico: NUEVA HERRAMIENTA PARA BUSCAR CLAVE DEL PRODUCTO-SERVICIO Y CLAVE DE LA UNIDAD DE MEDIDA SAT !!!
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 13, 2017 07:24:45 Asunto: Re: NUEVA HERRAMIENTA PARA BUSCAR CLAVE DEL PRODUCTO-SERVICIO Y CLAVE DE LA UNIDAD DE MEDIDA SAT !!!
Me ha arrojado un Error 404 :sad: Error corregido... Funciona en Explorer, Mozilla y Chrome. Tienen que copiar el link y pegarlo en el motor de busqueda. [i]Editado: Julio 13, 2017 09:48:25[/i]
Tópico: Coeficiente de utilidad
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 13, 2017 07:22:48 Asunto: Re: Coeficiente de utilidad
BRODRIGUEZ Buen día, primeramente espero tengas muy bien analizado como es que el contribuyente obtuvo los ingresos para solventar todos los gastos de 7 ejercicios para generar la perdida que tiene actualmente. Sobre todo por que durante 7 años no tuvo ningún tipo de ingreso. Ahora bien, en respuesta a tus dudas. [u]Si tienes que calcular ISR, no estas exento de ello solo por haber generado pérdida [/u] [u]Si tienes coeficiente '0' el resultado a cargo de impuestos es de '0'.[/u] [u]La aplicacion DYP del SAT o pago referenciado si te acepta poner un coeficiente '0'. Tienes que hacer la anotación de la siguiente manera [color=green]0.0000[/color][/u] [u]Si puedes disminuir, pérdidas en cuanto existan utilidades.[/u]
Tópico: Que Tipo Cambio Usas?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 12, 2017 08:29:19 Asunto: Re: Que Tipo Cambio Usas?
raul1991 Ambos criterios son válidos y puedes utilizar el que tu criterio crea que es mejor para las operaciones de la empresa.
Tópico: ERROR EN CLAVE DE PRODUCTO DE CFDI 3.3.
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 12, 2017 07:51:34 Asunto: Re: ERROR EN CLAVE DE PRODUCTO DE CFDI 3.3.
En lo personal creo que deberemos de preocuparnos realmente después del 30 de Noviembre de 2017. Que termine la prórroga. Tenemos 6 meses para capacitar e informar sobre los nuevos datos que los CFDi's deben de contener. Así también mencionar que claves son las que estarán aplicando correctamente y cuales podrían llegar a ser sinónimo de esas claves.
Tópico: ERROR EN CLAVE DE PRODUCTO DE CFDI 3.3.
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 11, 2017 15:01:08 Asunto: Re: ERROR EN CLAVE DE PRODUCTO DE CFDI 3.3.
INDUKERN Son los primeros intentos de hacer las cosas como las esta dictando la autoridad. Así que debe de haber fallas como ha dicho Silvestre, le faltan muchos conceptos a ese catálogo y otros están en exceso. Mi recomendación es que le hagas la observación a tu proveedor para la siguiente compra. Recuerda el CFDi ver 3.3 aunque ya esta vigente y debería de usarse, gracias a la prórroga emitida es de aplicación opcional.
Tópico: RECEPCION CFDI 3.3
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 11, 2017 12:47:12 Asunto: Re: RECEPCION CFDI 3.3
cruz777 la cuestión es que aquí te estas jugando tanto la relación con el proveedor por lo que has mencionado. Hablando hipotéticamente... El proveedor que manda su CFDi acorde a la nueva normativa es clave para ti... Pero tu no eres un cliente clave para el proveedor. El proveedor simplemente decide terminar la relación cliente proveedor. Además recurre a las instancias necesarias para exigir el cumplimiento de las obligaciones comerciales pendientes. Hay que tener en cuenta que la versión 3.3 del CFDi ya es vigente y la versión 3.2 es obsoleta. [u]Que la autoridad otorgo una prorroga por cuestiones tecnológicas, falta de infraestructura, etc.[/u] Y, permite que la versión 3.2 coexista con la versión 3.3 mientras se terminan de realizar la actualización de los sistemas. Es una atención que la autoridad tiene para con los contribuyentes. ¿Qué habrían hecho si la prorroga no existiese?

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