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Tópico: ERROR EN DEDUCCIONES DECLARACION ANUAL DE PERSONA FISICA 2022
LCPako

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 13, 2023 19:20:54 Asunto: Re: ERROR EN DEDUCCIONES DECLARACION ANUAL DE PERSONA FISICA 2022
Que tal compañeros, yo tuve ese mismo problema el año pasado, levanté una 'aclaración' desde 'mi portal' anexé evidencia de todo el proceso de borrar cookies, vaciar historial y demás que solicitan en diferentes exploradores, así como evidencia del error, papeles de trabajo, etc… Nunca me dieron solución al problema, así que envié toda la información también a PRODECON para solicitar su apoyo y dejar constancia del conflicto; con el fin de cumplir con la obligación 'ajusté' en otros renglones un “ingreso adicional” para que la información coincidiera con la realidad y así “pagar efectivamente' el impuesto que corresponde. Para este año y previendo que no habría solución al problema dejé de separar las deducciones por inversiones en los pagos provisionales y solamente en el periodo diciembre 2022 hice el desglose de todos los conceptos como lo pide el formato de declaraciones mensuales, para evitar esa 'duplicidad' en el renglón de deducción por inversiones. Les deseo suerte y ojalá les sea útil el comentario. Saludos.
Tópico: DECLARACION ANUAL DE PERSONA FISICA
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 13, 2023 15:29:09 Asunto: Re: DECLARACION ANUAL DE PERSONA FISICA
Buenas tardes compañeros, yo tuve ese mismo problema hasta el día de ayer, el día de hoy ya me cargó la información del apartado 'Datos de nomina' solo persiste un error pues no resta el subsidio al empelo aplicado en pagos provisionales. Ojalá y ustedes puedan acceder también ya a ese apartado. Saludos
Tópico: SIN INFORMACION DE INGRESOS POR PENSION EN PLATAFORMA DEL SAT
LCPako

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 13, 2023 15:05:01 Asunto: Re: SIN INFORMACION DE INGRESOS POR PENSION EN PLATAFORMA DEL SAT
Que tal compañeros, buen día, hasta el 12 de abril tuve yo el mismo problema, hoy en la mañana ya me cargó toda la información del apartado 'Datos de nómina' Solo trae un error en la parte de subsidio al empleo pues no disminuye el subsidio acreditado en pagos provisionales, por si gustan checarlo. Ojalá y a ustedes también ya les funcione. Saludos y ánimo que es una lata lidiar con estos problemas.
Tópico: No reconoce ingresos PFAC
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 29, 2021 10:47:49 Asunto: Re: No reconoce ingresos PFAC
Que tal PWCGLOBAL, a mi me pasa exactamete lo mismo, ya metí la aclaración ante el SAT y la respuesta es la siguiente: [b]'RESUMEN DE SU SERVICIO SOLICITADO: Decl Anual no suma pagos provisionales ATENCIÓN O RESPUESTA: Estimado contribuyente, en atención a su aclaración presentada, ésta Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente de xxxxxxxx '1' le informa, es necesario revisar que el pago provisional que no se muestra pre-llenado haya sido presentado en el formulario correcto, lo anterior debido a la unificación de los formularios de actividades empresariales y servicios profesionales en la declaración anual, esto quiere decir que, si en la declaración anual tu obligación a declarar corresponde a la de actividad empresarial y servicios profesionales, de igual forma tu pago provisional debes haberlo presentado en el mismo formulario, en caso contrario, deberás corregir el o los pagosprovisionales de la siguiente forma: 1. Si el formulario del pago provisional que presentaste corresponde solo a la de actividad profesional y lo presentaste en una complementaria de esquema anterior, deberás de presentar declaración provisional complementaria de dejar sin efectos. 2. Presentar declaración provisional complementaria de obligación no presentada, seleccionando el formulario que corresponde a tu obligación correcta, en este caso, a la de actividad empresarial y servicios profesionales, capturando los importes que correspondan al periodo que declaras y en la sección de pago, de ser el caso que hayas pagado la declaración que presentaste como Servicios Profesionales, si así lo deseas, aplicar la compensación manifestando el pago de lo indebido, podrás capturar cero en el campo de actualizaciones y recargos en caso de no tener diferencia a pagar. 3. Después de haber presentado la declaración del punto anterior (declaración complementaria de obligación no presentada), esperar 24 horas en caso de no haber tenido diferencia a pagar o 48 después de haber realizado el pago correspondiente, para que la información se pre-llene en la declaración anual' [/b] Con esto el SAT 'sugiere' que se haga una cancelación del pago de ISR por el formulario que ellos mismos cargaron mal en sistema para la declaración de Enero 2020 como si fuera un 'pago de lo indebido' y posteriormente 'compensar' ese saldo a favor. A mi parecer eso va a generar más problemas a largo plazo pues se estaría haciendo una compensación del mismo impuesto del mismo periodo por la misma cantidad, lo cual es ridículo, y la mismsma autoridad me lo puede rechazar y multar, a mi parecer, el ISR pagado en el 'formato equivocado' debería de ser acreditable en la Anual al igual que el resto del ISR pagado en provisionales durante el ejercicio. Ya he presentado la queja ante PRODECON y estoy esperando alguna respuesta. Espero sea de utilidad la información, espero sus comentarios. Saludos.
Tópico: Donación de padre a hijo, es necesario hacerlo ante notario? Tope de 3 salarios mínimos anualizados?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 24, 2017 14:52:03 Asunto: Re: Donación de padre a hijo, es necesario hacerlo ante notario? Tope de 3 salarios mínimos anualizados?
Le agradezco mucho compañero A_Cano por tomarse la molestia y hacer el favor de compartir toda la información relativa a las donaciones, sus palabras no son tomadas a la ligera y en lo personal concuerdo con su criterio, haré la enfática recomendación a los interesados y mencionaré los argumentos que nos ha proporcionado esperando que se actúe de acuerdo a lo marcado por el Código Civil. Compañero RIzquierdo de igual manera le agradezco sus aportaciones, solo me resta confiar en que pueda convencer a los interesados y evitarles problemas futuros con cualquier autoridad. Todo lo anterior siempre considerando que quien tiene la última palabra son los actores del hecho, y que al igual que cuando los doctores nos recomiendan comer sanamente y hacer ejercicio, las consecuencias de hacer caso omiso de las recomendaciones no las sufre el médico sino el paciente. Saludos y que tengan un excelente inicio de semana.
Tópico: Donación de padre a hijo, es necesario hacerlo ante notario? Tope de 3 salarios mínimos anualizados?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 22, 2017 09:40:25 Asunto: Re: Donación de padre a hijo, es necesario hacerlo ante notario? Tope de 3 salarios mínimos anualizados?
Concuerdo con usted Rosychapa, y esa fue mi recomendación a los interesados, pero para ellos el criterio del notario resultó más convincente (y conveniente ya que se ahorraron unos pesos).
Tópico: Donación de padre a hijo, es necesario hacerlo ante notario? Tope de 3 salarios mínimos anualizados?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 21, 2017 14:20:29 Asunto: Re: Donación de padre a hijo, es necesario hacerlo ante notario? Tope de 3 salarios mínimos anualizados?
Que tal compañeros, se que ya había cerrado el caso pero les comento lo que pasó Los interesados fueron a con el notario para hacer el trámite, el notario les hizo la observación de que en su criterio no era necesario hacerlo y fundó su respuesta en el articulo 5to del CFF primer párrafo Artículo 5o.- Las disposiciones fiscales [b]que establezcan cargas a los particulares y las que señalan excepciones a las mismas[/b], así como las que fijan las infracciones y sanciones, son de aplicación estricta. Se considera que establecen cargas a los particulares las normas que se refieren al sujeto, [b]objeto[/b], base, tasa o tarifa. El notario comentó que no es un requisito que establezca en el CFF o en la LISR que estos movimientos se hagan ante notario y que, en su criterio, basta con el acta de nacimiento y los estados de cuenta donde se comprueba el origen y la aplicación del efectivo para demostrar (en caso de que sea requerido por la autoridad) que se trata de un ingreso exento; Hizo mención de los traspasos que hacen los padres a los hijos que estudian fuera y no es práctico hacer un documento de donación por cada transferencia realizada. Por lo que los interesados decidieron no realizar el trámite ante notario. Cabe aclarar que el notario expresó que esa era su opinión, sin embargo si era deseo de los interesados él con gusto haría el trabajo, así mismo advirtió que cualquier riesgo o consecuencia de la decisión tomada era responsabilidad de los interesados. Consulté en el chat del SAT su opinión al respecto y opinaron de forma tajante que es 'opcional' hacer el trámite ante notario. Ustedes que opinan?
Tópico: Donación de padre a hijo, es necesario hacerlo ante notario? Tope de 3 salarios mínimos anualizados?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 17, 2017 10:25:03 Asunto: Re: Donación de padre a hijo, es necesario hacerlo ante notario? Tope de 3 salarios mínimos anualizados?
Muchas gracias por su aportación compañeros A_Cano y RIzquierdo, le haré la recomendación a las partes interesadas y espero que hoy mismo quede hecho el trámite ante notario. Saludos y gracias nuevamente por sus comentarios.
Tópico: Donación de padre a hijo, es necesario hacerlo ante notario? Tope de 3 salarios mínimos anualizados?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 15, 2017 12:00:18 Asunto: Re: Donación de padre a hijo, es necesario hacerlo ante notario? Tope de 3 salarios mínimos anualizados?
Muchas gracias por la aclaración relativa al tope de los donativos, con sus aportaciones me queda claro los casos en los que aplica; En lo relativo al contrato notariado sigo sin encontrar que marque ese requisito en alguna parte. En la la página del banco de México se puede obtener un archivo xml en el que se indica los nombres de los cuenta habientes, la cuenta de origen y de destino así como el importe de la transferencia, creo que para efecto de comprobarle a hacienda los hechos con ese archivo será suficiente y en caso de que hubiera que aclarar lo relativo al parentesco será cuestión de presentar el acta de nacimiento. Así que salvo mejor opinión, no hay necesidad de hacerlo ante notario público y se considera un ingreso por el que no se pagará ISR.
Tópico: Donación de padre a hijo, es necesario hacerlo ante notario? Tope de 3 salarios mínimos anualizados?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 14, 2017 12:06:05 Asunto: Donación de padre a hijo, es necesario hacerlo ante notario? Tope de 3 salarios mínimos anualizados?
Buen día compañeros, les presento el siguiente caso: El contribuyente hace una donación a su hijo por un importe de $200,000.00 mismo que se hace mediante transferencia entre cuentas (De la cuenta del padre a la cuenta del hijo) la LISR nos indica lo siguiente: Artículo 93. No se pagará el impuesto sobre la renta por la obtención de los siguientes ingresos... F XXIII. Los donativos en los siguientes casos: a) Entre cónyuges o [b]los que perciban los descendientes de sus ascendientes en línea recta[/b], [b]cualquiera que sea su monto. [/b] Mi dudas son las siguientes: Hace falta hacer un contrato ante notario público? Dónde se marca este requisito? Hay algún tope para la exención? Ya que buscando en san Google en una página marcaba un tope de 3 Salarios mínimos anualizados Es mi opinión que está exento ese ingreso para el hijo ya que en la ley indica claramente 'cualquiera que sea su monto' Y ya que se puede demostrar con los estados de cuenta el origen y destino de los recursos no veo la necesidad de hacerlo ante notario, pero me gustaría saber su punto de vista. Les agradezco de antemano sus opiniones y puntos de vista.

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