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Tópico: Intereses en Declaracion Anual
mluna

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 04, 2006 Asunto: Re: Intereses en Declaracion Anual
Este dato lo encontré en el SAT en : Personas Físicas obligadas a presentar declaración anual.................en el apartado de intereses dice:Deben presentar declaración: ** Quienes solo obtuvieron ingresos por intereses reales superiores a $ 100,000.00 en el año. El fundamento no lo tengo, pero si lo encuentro te lo mando
Tópico: help contpaq
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Mensaje Foro: Software Enviado: Abril 28, 2006 Asunto: Re: help contpaq
. Otra sería que llamaras directamente a Contpaq a guadalajara, ahí me han sacado mucho de apuros.....01 33 38 18 09 11.........ojalá puedas solucionar tu problema..tambíen el la página de contpaq....www.compac.com.mx puedes encontrar chats y ayudas........ SUERTE
Tópico: Intereses en Declaracion Anual
mluna

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 25, 2006 Asunto: Re: Intereses en Declaracion Anual
Hola si tus intereses reales son menores de 100,000.00 no tienes obligacíón de incluírlos en la declaración anual. Sí los vas a incluir en el declarasat das de alta los ingresos por intereses.
Tópico: PREGUNTA SOBRE CAMBIO DE REGIMEN
mluna

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 14, 2006 Asunto: Re: PREGUNTA SOBRE CAMBIO DE REGIMEN
Das de baja la clave de honorarios y de alta la de actividad empresarial
Tópico: PAGINA INFONAVIT
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Marzo 03, 2006 Asunto: Re: PAGINA INFONAVIT
[quote:f8f37dbaa6="TEGG360101KC4"]MIRA ESTA ES LA LIGA DE ACCESO AL FINAL VIENE UN MENSAJE QUE DICE: ¿ NO SABES CUAL ES TU NSS ¿ http://www.infonavit.org.mx:8085/servlet/OCI.TAX.Controlador.Precalifica?accion=ingreso[/quote:f8f37dbaa6] Muchas gracias...........
Tópico: PAGINA INFONAVIT
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Marzo 03, 2006 Asunto: PAGINA INFONAVIT
Hola a todos....... Cuando Necesitaba checar un No. de afiliación de un trabajador ingresaba a la página del INFONAVIT........ anotando varios datos me lo proporcionaba o lo verificaba............. ya cambiaron la estructura de la página y no encuentro donde verificar ahora........... quitarían esa opción de verificación, o no la encontré......si alguien me puede decir si se puede checar en otra página? Gracias...........
Tópico: ALGUIEN YA CAPTURO INCAPACIDADES POR MATERNIDAD EN EL SUA 06
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Marzo 03, 2006 Asunto: Re: ALGUIEN YA CAPTURO INCAPACIDADES POR MATERNIDAD EN EL SU
Hola.............yo tambien no puedo dar de alta una incapacidad de maternidad, me dice que debe ser mujer el trabajador (y claro que el trabajador que selecciono es el correcto una mujer, la cuál tengo cotizando hace dos años)..........en fin..........a ver como se corrige :?
Tópico: direccion para instalar sua (internet)
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Febrero 16, 2006 Asunto: Re: direccion para instalar sua (internet)
es en la página del imss...........www.imss.gob.mx
Tópico: leyenda en las constancias
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 16, 2006 Asunto: Re: leyenda en las constancias
Solo sueldos y salarios
Tópico: leyenda en las constancias
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 15, 2006 Asunto: Re: leyenda en las constancias
3.13.8. Para los efectos de lo dispuesto en el artículo 118, fracciones III y V de la Ley del ISR, los retenedores que deban proporcionar constancias de remuneraciones cubiertas a las personas que les hubieran prestado servicios personales subordinados en el año de 2004, deberán asentar en la forma oficial 37, una leyenda en la que se señale la fecha en que se presentó ante el SAT la declaración informativa múltiple de los pagos de las citadas remuneraciones; el número de folio o de operación que le fue asignado a dicha declaración y manifestación sobre si realizó o no el cálculo anual del ISR al trabajador al que le entrega la constancia. Tratándose de contribuyentes que opten por utilizar en lugar de la forma oficial 37, la impresión del Anexo 1 de la presente Resolución que emita el Programa para la Presentación de la declaración informativa múltiple o el Anexo 1 de la forma oficial 30, deberán también asentar en los mismos términos la información a que se refiere el párrafo anterior. Esta información se asentará en el citado formato, impresión o anexo, según se trate, en el anverso o reverso del mismo, mediante sello, impresión o a través de máquina de escribir. La leyenda a que se refiere la presente regla, se asentará en los siguientes términos: "Se declara, bajo protesta de decir verdad, que los datos asentados en la presente constancia, fueron manifestados en la respectiva declaración informativa (múltiple) del ejercicio, presentada ante el SAT con fecha ____________________ y a la que le correspondió el número de folio o de operación __________, así mismo, SI ( ) o NO ( ) se realizó el cálculo anual en los términos que establece la Ley del ISR." Al final de la leyenda antes señalada, deberá nuevamente imprimirse sello y firma del empleador que expida la constancia. Las constancias a que se refiere la presente regla, podrán proporcionarse a los trabajadores a más tardar el 28 de febrero del 2005.

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