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Tópico: NO PUEDO CREAR RESPALDO DEL SUA
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Abril 23, 2015 20:50:43 Asunto: Re: NO PUEDO CREAR RESPALDO DEL SUA
Que bueno es compartir experiencias. Gracias celj34
Tópico: Seguro
vabdo

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 22, 2015 21:11:06 Asunto: Re: Seguro
Hola TAXISTA [quote]algunas compañias de seguros como seguros para autos por daños no emiten cfdi, solo la poliza o algun comprobante simplificado,[/quote] Es muy común recibir un simple comprobante. Esto es porque lo entrega el vendedor de seguros. Pero la factura siempre la emiten, solo tienes que solicitarla.
Tópico: CFDI RECIBIDO QUE NO ES DEL CONTRIBUYENTE
vabdo

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 21, 2015 17:59:07 Asunto: Re: CFDI RECIBIDO QUE NO ES DEL CONTRIBUYENTE
Hola carsen Mas bien se aclara con el proveedor; ---no con el SAT------ Como ves.??
Tópico: deducir boleto avion linea aerea extranjera
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 21, 2015 17:55:12 Asunto: Re: deducir boleto avion linea aerea extranjera
Hola sosaarceo Con el comprobante de la linea aérea y la relación de trabajo del viaje, lo puedes hacer deducible ARTICULO 28.- Para los efectos de este Título, no serán deducibles: V. Los viáticos o gastos de viaje, en el país o en el extranjero, cuando no se destinen al hospedaje, alimentación, transporte, uso o goce temporal de automóviles y pago de kilometraje, de la persona beneficiaria del viático o cuando se apliquen dentro de una faja de 50 kilómetros que circunde al establecimiento del contribuyente. Las personas a favor de las cuales se realice la erogación, deben tener relación de trabajo con el contribuyente en los términos del Capítulo I del Título IV de esta Ley o deben estar prestando servicios profesionales. [color=maroon]Los gastos a que se refiere esta fracción deberán estar amparados con un comprobante fiscal cuando éstos se realicen en territorio nacional o con la documentación comprobatoria correspondiente, cuando los mismos se efectúen en el extranjero.[/color] Tratándose de gastos de viaje destinados a la alimentación, éstos sólo serán deducibles hasta por un monto que no exceda de $750.00 diarios por cada beneficiario, cuando los mismos se eroguen en territorio nacional, o $1,500.00 cuando se eroguen en el extranjero, y el contribuyente acompañe el comprobante fiscal o la documentación comprobatoria que ampare el hospedaje o transporte. Cuando a la documentación que ampare el gasto de alimentación el contribuyente únicamente acompañe el comprobante fiscal relativo al transporte, la deducción a que se refiere este párrafo sólo procederá cuando el pago se efectúe mediante tarjeta de crédito de la persona que realiza el viaje. Los gastos de viaje destinados al uso o goce temporal de automóviles y gastos relacionados, serán deducibles hasta por un monto que no exceda de $850.00 diarios, cuando se eroguen en territorio nacional o en el extranjero, y el contribuyente acompañe el comprobante fiscal o la documentación comprobatoria que ampare el hospedaje o transporte. Los gastos de viaje destinados al hospedaje, sólo serán deducibles hasta por un monto que no exceda de $3,850.00 diarios, cuando se eroguen en el extranjero, y el contribuyente acompañe a la documentación comprobatoria que los ampare la relativa al transporte. Cuando el total o una parte de los viáticos o gastos de viaje con motivo de seminarios o convenciones, efectuados en el país o en el extranjero, formen parte de la cuota de recuperación que se establezca para tal efecto y en el comprobante fiscal o la documentación comprobatoria que los ampare no se desglose el importe correspondiente a tales erogaciones, sólo será deducible de dicha cuota, una cantidad que no exceda el límite de gastos de viaje por día destinado a la alimentación a que se refiere esta fracción. La diferencia que resulte conforme a este párrafo no será deducible.
Tópico: PROBLEMAS PARA LA CANCELACION DE CFDI EN PORTAL SAT
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 21, 2015 17:40:01 Asunto: Re: PROBLEMAS PARA LA CANCELACION DE CFDI EN PORTAL SAT
Hola carsen Si se presenta ese problema . Pero, puedes salir y cerrar 'completamente' la pagina del SAT, y al regresar a la aplicación, ya la encuentras cancelada.
Tópico: DEPOSITO POR SEGUBECA EN 2014 A PF
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 21, 2015 17:35:18 Asunto: Re: DEPOSITO POR SEGUBECA EN 2014 A PF
Hola ADARTSE Aunque este concepto no esta contemplado. En mi opinión personal, (para tener un soporte del ingreso recibido), lo anotaría: En algún renglón de 'datos informativos obligatorios' donativos recibidos. A la mejor el importe, no tiene mayor importancia.......y no reporto nada. Saludos
Tópico: DIOT 2015
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 21, 2015 17:21:27 Asunto: Re: DIOT 2015
Aqui lo puedes descargar [url]http://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/software/Paginas/diot.aspx[/url]
Tópico: Causacion de iva en la venta de derechos de autor
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 04, 2015 17:32:23 Asunto: Re: Causacion de iva en la venta de derechos de autor
Hola carlos_t Te puede interesar lo siguiente: Regalías por el uso o goce temporal de derechos de autor sobre obras literarias, artísticas o científicas. Los pagos que se realicen en virtud de cualquier acto jurídico que tenga por objeto la distribución de una obra tienen dicho carácter. El artículo 15-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación establece que se consideran regalías, entre otros, los pagos de cualquier clase por el uso o goce temporal de derechos de autor sobre obras literarias, artísticas o científicas. El artículo 5o., segundo párrafo del Código Fiscal de la Federación permite aplicar supletoriamente las disposiciones del derecho federal común, en ese sentido, los conceptos a que se refiere el párrafo anterior pueden ser interpretados de conformidad con la Ley Federal del Derecho de Autor. Autorizado mediante oficio: 600-04-02-2012-69616 de 29 de noviembre de 2012. Del artículo 27 de la ley citada, se desprenden los supuestos a través de los cuales, los titulares de los derechos de autor pueden explotar sus derechos patrimoniales sobre una obra, dentro de los cuales queda comprendida la facultad de conceder a un tercero el uso o goce temporal de los derechos en comento. En particular, la fracción IV del último artículo referido establece, como una de las modalidades a través de las cuales se puede conceder el uso o goce temporal de los derechos de autor a un tercero, a la distribución de la obra, incluyendo la venta u otras formas de transmisión de la propiedad de los soportes materiales que la contengan, así como cualquier forma de transmisión de uso o explotación. Asimismo, la fracción señalada dispone que cuando la distribución se lleve a cabo mediante venta, ese derecho de oposición se entenderá agotado efectuada la primera venta, salvo en el caso expresamente contemplado en el artículo 104 de la ley citada. En ese sentido, los pagos que se realicen en virtud de cualquier acto jurídico que tenga por objeto la distribución de una obra a que se refiere el artículo 27, fracción IV de la Ley Federal del Derecho de Autor, tienen el carácter de regalías de conformidad con el artículo 15-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
Tópico: Fecha de Envio Declaracion Anual PM 2014
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 31, 2015 16:08:16 Asunto: Re: Fecha de Envio Declaracion Anual PM 2014
Hola Alicia [quote]impuesto a cargo con recargos[/quote] En caso que pagues el día de hoy, anota en recargos $0.00' Se me hace que el SAT, esta suponiendo que no efectuaras el pago el día de hoy.
Tópico: CFDI Infonavit
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Marzo 31, 2015 15:56:11 Asunto: Re: CFDI Infonavit
Si lei tu comentario grupoimper Pero me quede pensando; actualmente el SAT, no emite CFDI como comprobante....... Aplica el dicho: 'en casa del herrero azadón de palo' Me gustaría preguntar en el CHAT, para ver que respuesta dan. Alguien tendrá alguna respuesta.??

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