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Tópico: venta de acciones entre extranjeros
vabdo

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 12, 2009 20:53:10 Asunto: Re: venta de acciones entre extranjeros
Buenas Tardes Hay que profundizar un poco mas. Al constituir la SA, los socios se regitran en el SAT, como socios o accionitas de PM. Pueden poner un representante en el pais. Por otra parte, En el libro de actas deben registrar, la venta de acciones (quien vende y quien compra). La exepcion a esto, es cuando las acciones se negocian en la bolsa de valorres (por lo que expones no es tu caso). Al momento de las asambleas (supuestamente) los socios actuales y los posibles nuevos socios, deben comprobar su inscripcion ante el SAT. Tendrias que analizar, desde la constitutiva. Seguimos comentando y analizando Saludos
Tópico: conteo de dias de vacaciones
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Mensaje Foro: Laboral Enviado: Diciembre 12, 2009 19:39:28 Asunto: Re: conteo de dias de vacaciones
Buenas Tardes, chananas SI es correcto, asi como lo anotas. Ahora si queires mas comentarios.... atiende lo escrito por lobozac Saludos
Tópico: venta de acciones entre extranjeros
vabdo

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 11, 2009 12:00:43 Asunto: Re: venta de acciones entre extranjeros
Buenos dias Habria que ver: Tiene representante en territorio nacional? porque este seria la persona de la retension y entero del impuesto. Tambien la empresa es responsable, de la trasparencia de esta operacion. Ademas que debe estar registrada esta operacion en el libro de actas
Tópico: COMPRANDO CHEQUES DE CAJA.......YA NO PAGO IDE ?????
vabdo

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 10, 2009 12:06:52 Asunto: Re: COMPRANDO CHEQUES DE CAJA.......YA NO PAGO IDE ?????
Tienes razon lobozac. El despistado fui Yo. Te comento el dia de ayer, un amigo retiro de su cuenta de ahorro (nomina que le dposita la empresa), $50, mil Para no pagar IDE, pidio un cheque de caja y lo deposito en su cuenta de cheques. Esto sucedio en el 2009.......... Pero para 2010..........Ya van ha cambiar las cosas. Aunque la duda que me queda: Es para todas las P.F. o unicamente para actividades empresariales
Tópico: COMPRANDO CHEQUES DE CAJA.......YA NO PAGO IDE ?????
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 10, 2009 11:47:28 Asunto: Re: COMPRANDO CHEQUES DE CAJA.......YA NO PAGO IDE ?????
“Artículo 2. III. Las personas físicas y morales, por los depósitos en efectivo que se realicen en sus cuentas, hasta por un monto acumulado de $15,000.00, en cada mes del ejercicio fiscal, salvo por las adquisiciones en efectivo de cheques de caja. Por el excedente de dicha cantidad se pagará el impuesto a los depósitos en efectivo en los términos de esta Ley Estoy leyendo o interpretando mal????
Tópico: COMPRANDO CHEQUES DE CAJA.......YA NO PAGO IDE ?????
vabdo

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 10, 2009 11:03:33 Asunto: Re: COMPRANDO CHEQUES DE CAJA.......YA NO PAGO IDE ?????
[color=red]O SEA, QUE SI YO LLEGO Y COMPRO, POR EJEMPLO, 125 MIL PESOS DE CHEQUES DE CAJA.......Y LUEGO LOS DEPOSITO EN MIS CUENTAS...........PAGARE IDE NEL, NO ES BUENA ESTRATEGIA [/color] Porque NO?? Si es buena estrategia
Tópico: REFORMA AL 113 LISR
vabdo

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 10, 2009 10:52:34 Asunto: Re: REFORMA AL 113 LISR
Como les gusta complicar las cosas (a nuestros Legisladores). Saludos y Gracias por poner el comentario.
Tópico: Compra de Inventarios de Terceros
vabdo

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 09, 2009 12:23:46 Asunto: Re: Compra de Inventarios de Terceros
[color=red]con tanto pleito no hubo ayuda muchas gracias por su tiempo [/color] Tienes razon, hay personas que entran a algun topico y lo usan de ring, (para pelearse y NO APORTAR NADA). Sin embargo, en mi opinion la respuesta de memoil, es el correcto. O Cual duda queda.
Tópico: TASA RECARGOS ESTATAL SUPERIOR A LA FEDERAL
vabdo

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 07, 2009 21:31:12 Asunto: Re: TASA RECARGOS ESTATAL SUPERIOR A LA FEDERAL
Se me olvidaba comentar No aplica en tarjetas de crédito porque al usar las tarjetas de crédito se firma un pagaré y el pagaré está regulado por la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, aunque lo que están haciendo los bancos para demandar, por ser mucho más práctico, es certificar el saldo del cliente deudor por dos contadores de la institución y esa certificación hace las veces de título ejecutivo por disposición expresa del artículo 68 de la Ley de Instituciones de Crédito. Esta ley también es Federal por lo que no se puede aplicar el Código Civil del Estado. Saludos
Tópico: TASA RECARGOS ESTATAL SUPERIOR A LA FEDERAL
vabdo

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 07, 2009 20:12:02 Asunto: Re: TASA RECARGOS ESTATAL SUPERIOR A LA FEDERAL
A la mejor Petrus, ya arreglo el problema, ojala nos coemnte en que quedo. Pero para ampliar mi comentario comente con mi amigo (el abogado), y me comento so siguiente: El artículo 17 Bis del Código Civil establece que el interés legal será igual al promedio del costo porcentual promedio CPP publicado por el Banco de México durante el tiempo que media entre la fecha de nacimiento de la obligación y el periodo mensual inmediato anterior al día de su vencimiento. El interés legal moratorio será igual al promedio del costo porcentual promedio CPP publicado por el Banco de México durante el período mencionado en el párrafo anterior e incrementado en un 25% de su propio valor. [color=red]El interés convencional es el acordado por las partes, y puede ser mayor o menor que el interés legal;[/color] PERO [color=red]cuando el interés sea tan desproporcionado que haga fundadamente creer que se ha abusado del apuro pecuniario, de la extrema necesidad, de la inexperiencia o de la ignorancia del deudor, a petición de éste el Juez, teniendo en cuenta las especiales circunstancias del caso, podrá reducir equitativamente el interés hasta el tipo legal.[/color] Te aclaro que esto solamente se aplica en materia civil (contratos de préstamos con hipoteca o mutuo con interés) porque si se trata de pagarés (que es materia federal) , se aplica el Código de Comercio o la Ley de Títulos y Operaciones de Crédito y éstos no establecen sanciones Saludos

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