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Tópico: LISTADO ANUAL IETU FECHA DE PRESENTACION
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 03, 2012 10:34:40 Asunto: Re: LISTADO ANUAL IETU FECHA DE PRESENTACION
Hola juanmahdez [quote]la presentación de la declaración del ejercicio fiscal de 2011, utilizando para ello la [u][b]siguiente aplicación electrónica. [/b][/u][/quote] La estaba viendo.... y es la misma que la anterior.......como quien dice 'no ha prestado atencion el SAT, al respecto' Gracias por el comentario. A ver que opinan los demas foristas.
Tópico: LISTADO ANUAL IETU FECHA DE PRESENTACION
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 03, 2012 10:25:11 Asunto: Re: LISTADO ANUAL IETU FECHA DE PRESENTACION
Hola PACO Estaba leyendo el link,, sobre lo publicado por Fiscalia. Entonces.....[b]sigue la obligacion de presentar el listado anual[/b]; [b]Ademas de la declaracion anual.[/b] y como comenta tambien CHAVALON, el plazo es el mismo que la declaracion anual. Te deseo lo mejor para este año, y extensivo para tu familia.
Tópico: Tratamiento fiscal de la Despensa en especie
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 03, 2012 09:59:42 Asunto: Re: Tratamiento fiscal de la Despensa en especie
Hola Africa_Balboa [quote]se da despensa como parte complementaria de los aguinaldos, pero nunca como parte del salario [/quote] [quote]IVA. Algunos de los productos si llevan IVA, por lo que la factura desglosa el IVA al 16%, yo pretendo acreditarlo [/quote] Si se puede acreditar, por ser un gasto de la empresa [quote]ISR. Yo lo considero como 'previsión social' pero tengo duda si se considera una percepción del trabajador, aun que fuera así para ISR tanto las percepciones del trabajador como la previsión social las disminuyo como deducciones, es decir restan la base del impuesto. (aun no tengo muy claro si también es una percepción del trabajador, o si forma parte del salario, o algo asi) [/quote] Es gasto de prevision social; no se acumula a las percepciones (para ISR) del trabajdor. Otorgadas en forma general para todos los trabajadores. [quote]IETU. Considerandolo como previsión social, tengo duda de acumularlo como deducción. O si es una percepción del trabajador, pues ya no sería deducción, sino acreditamiento y solo corresponde el 17.5% del importe, y se aplicaría después del impuesto[/quote] Para IETU, no se acredita, ni se deduce. Saludos
Tópico: SAT / Declaraciones Informativas en Medios Magnéticos, versión 2012
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 02, 2012 12:31:58 Asunto: Re: SAT / Declaraciones Informativas en Medios Magnéticos, versión 2012
Gracias PACO. Creo que en este año (2011), han salido 4 versiones.........o me equivoco?
Tópico: PUBLICA EL SAT EL DEM 2012 PARA PERSONAS MORALES
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 02, 2012 12:29:01 Asunto: Re: PUBLICA EL SAT EL DEM 2012 PARA PERSONAS MORALES
Gracias por la oportuna informacion.. Esperemos que no empiecen, como siempre a parchar y sacar cada semana un parche nuevo. Saludos afectuosos, estimado CHAVALON
Tópico: LISTADO ANUAL IETU FECHA DE PRESENTACION
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 02, 2012 12:26:06 Asunto: Re: LISTADO ANUAL IETU FECHA DE PRESENTACION
Hola Estimado CHAVALON gusto en saludarte. LOS MISMOS DESEOS PARA TI Y TU FAMILIA. Por tu comentario, entiendo que famoso software, que tenemos, en la pagina del SAT, ya no se va usar...... No se para que lo dejan.......un material obsoleto. De por si, es complejo a veces entender las leyes y relacionarlas con reglamentos, miscelaneas, etc.. Bueno....... benditos SATanicos.
Tópico: Nueva: Olvidé meter a la liquidación el desc. de infonavit de un trabajador
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Enero 02, 2012 11:10:56 Asunto: Re: Nueva: Olvidé meter a la liquidación el desc. de infonavit de un trabajador
Hola Samantha, no te angusties, todo tiene solucion. 1o. Presenta liquidacion complementaria, del 5o. bimestre (Sept-Oct. 2011) Es poca la diferencia, ya que unicamente son 21 dias de credito. 2o. Ahora, para el 6o. bimentre ya no debes tener problemas, vnece hasta el 17 de Enero 2012. Saludos. Igualmente para este año; los mejores deseos
Tópico: LISTADO ANUAL IETU FECHA DE PRESENTACION
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 02, 2012 10:53:34 Asunto: Re: LISTADO ANUAL IETU FECHA DE PRESENTACION
Asi es Hugo, es acumulado, por costumbre, usamos el termino Anual, por tratarse de infomativa que incluye datos acumulados anualmente. [quote][b]Ahora con el SAT no se sabe.....[/b][/quote] Ya conocemos, hoy publican una sofware, mañana lo parchan.......y asi sucesivamente. Mientras nosotros; trabajando y tratando de cumplir a tiempo y en forma. Por este motivo final inicie este topico, para conocer opiniones y comentarios valiosos como el tuyo. Saludos Cordiales
Tópico: LISTADO ANUAL IETU FECHA DE PRESENTACION
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 02, 2012 09:44:50 Asunto: LISTADO ANUAL IETU FECHA DE PRESENTACION
Buenos dias estimados amigos foristas. Esperando que despues de estas fiestas, ya con nuevos brios, empezamos a planear el trabajo de [b]cierre del año[/b], declaraciones informativas, etc. De momento [b]lo que me preocupa, es el envio del listado del IETU[/b]. Alguien sabe de nuevo software del SAT ?? El listado actual, solicita lo acumulado de meses anteriores, y se agrega lo del ultimo mes. En este caso se hace caso omiso del acumulado anterior y unicamente se anota: PERIODO: DICIEMBRE-2011 Con os datos acumulados del año 2011 ??? Agradezco de antemano sus comentarios. Saludos y que en este año se cumplan todos sus deseos.
Tópico: Planteamineto de ventas publico en general
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 31, 2011 18:10:22 Asunto: Re: Planteamineto de ventas publico en general
es correcta tu apreciacion I.2.11.8. Para los efectos del artículo 42, fracción II del Reglamento del CFF y Décimo, fracción II de las Disposiciones Transitorias del CFF, del “Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de las Leyes del Impuesto sobre la Renta, del Impuesto a los Depósitos en Efectivo y del Impuesto al Valor Agregado, del Código Fiscal de la Federación y del Decreto por el que se establecen las obligaciones que podrán denominarse en Unidades de Inversión; y reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación y de la Ley del Impuesto sobre la Renta, publicado el 1 de abril de 1995”, publicado en el DOF del 7 de diciembre de 2009, los contribuyentes que hubieran optado por emitir CFD podrán seguir utilizando comprobantes impresos en establecimientos autorizados y emitirlos simultáneamente, sin que sea necesario que dictaminen sus estados financieros, siempre que incluyan en el reporte mensual que establece la regla II.2.23.4.1., fracción IV los datos de los comprobantes fiscales impresos siguientes: [b]I. RFC del cliente. En el caso de que amparen operaciones efectuadas con el público en general o con residentes en el extranjero que no se encuentren inscritos en el RFC, éstas se podrán reportar, utilizando el RFC genérico a que se refiere la regla I.2.23.4.2.[/b ]II. Folio del comprobante y en su caso serie. III. Número y año de aprobación de los folios. IV. Monto de la operación. V. Monto del IVA trasladado. VI. Estado del comprobante (cancelado o vigente). VII. Números de pedimento. VIII. Fechas de los pedimentos. CFF 29, RCFF 42, RMF 2010 ., I.2.23.3.1., I.2.23.4.2.; II.2.23.4.1. Artículo Décimo Transitorio CFF [i]Editado: Diciembre 31, 2011 18:12:03[/i]

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