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Tópico: PAGO DE IEPS GASOLINERAS
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 13, 2014 11:37:30 Asunto: Re: PAGO DE IEPS GASOLINERAS
LEY IESPS ART.2-A II. Sin perjuicio de lo previsto en la fracción anterior, y en lo dispuesto en el artículo 2o., fracción I, inciso H), se aplicarán las cuotas siguientes: a) Gasolina Magna 36 centavos por litro. b) Gasolina Premium UBA 43.92 centavos por litro. c) Diesel 29.88 centavos por litro. Los contribuyentes trasladarán en el precio, a quien adquiera gasolinas o diesel, un monto equivalente al impuesto establecido en esta fracción, [color=maroon]pero en ningún caso lo harán en forma expresa y por separado.[/color] [color=maroon]Las cuotas a que se refiere este artículo no computarán para el cálculo del impuesto al valor agregado.[/color] Los recursos que se recauden en términos de esta fracción, se destinarán a las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales, conforme a lo establecido en la Ley de Coordinación Fiscal. Para los efectos de lo dispuesto en esta fracción, [color=maroon]en sustitución de las declaraciones informativas a que se refiere esta Ley, los contribuyentes presentarán a más tardar el último día hábil de cada mes la información correspondiente a los litros de las gasolinas y diesel enajenados por los que se haya causado el impuesto por cada expendio autorizado en cada una de las entidades federativas durante el mes inmediato anterior;[/color] tratándose de enajenaciones a distribuidores de gasolinas y diesel, la información se presentará de acuerdo a la entidad federativa en la que se ubique el punto de entrega convenido con cada distribuidor. [b]La Secretaría de Hacienda y Crédito Público hará la distribución que corresponda a las entidades federativas durante los primeros diez días hábiles del mes inmediato posterior al mes en que los contribuyentes hayan realizado el pago.[/b]
Tópico: comprobantes de operaciones con el publico en general
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 11, 2014 10:50:20 Asunto: Re: comprobantes de operaciones con el publico en general
Hola jorge1977 Con esos desorientadores del SAT, (me refiero al CHAT). Ni ayudan ni orientan, solo [b]dan una opinión personal[/b] La información de el dia de hoy aparece el comunicado en pagina del SAT: (“operación con el público en general” ) Es de mucho apoyo, para nosotros los desorientados contribuyentes. Gracias Saludos
Tópico: Tiempo de estar asegurado para que atiendan a mujer de su parto...?
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Febrero 05, 2014 19:43:24 Asunto: Re: Tiempo de estar asegurado para que atiendan a mujer de su parto...?
Hola EstudianteLCP La atención medica si se la deben dar. A la mejor el problema es por ser la primer consulta, no tiene aun el expediente.
Tópico: COMPROBANTE SINDICATO
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 05, 2014 11:46:25 Asunto: Re: COMPROBANTE SINDICATO
[quote]EL SINDICATO DE LA CTM ESTA OLBIGADO A DAR UN COMPROBANTE FISCAL EN 2014[/quote] SI, esta obligado de emitir cualquier tipo de comprobante (no necesariamente CFDI), aun que este exento de pagar impuestos. [i]Editado: Febrero 05, 2014 14:22:56[/i]
Tópico: Aviso para tributar en el Régimen de Incorporación Fiscal, podrá presentarse hasta el 31 de marzo Y OTRAS REGLAS, PROYECTO DE 1A RESOLUCION MISCELANEA FISCAL 2014
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 01, 2014 20:24:32 Asunto: Re: Aviso para tributar en el Régimen de Incorporación Fiscal, podrá presentarse hasta el 31 de marzo Y OTRAS REGLAS, PROYECTO DE 1A RESOLUCION MISCELANEA FISCAL 2014
Buena información. Gracias
Tópico: carga bach para la presentacion de sueldos y salarios del año 2013
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 01, 2014 20:21:29 Asunto: Re: carga bach para la presentacion de sueldos y salarios del año 2013
Hola alberto_esba Aquí mismo en FISCALIA: CARGA BACH PARA LA PRESENTACION DE SUELDOS Y SALARIOS DEL AÑO 2013 [url]http://www.fiscalia.com/modules.php?name=Downloads&op=show_nodo&id=1395[/url]
Tópico: CFDI Sueldos en portal del SAT
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 01, 2014 20:13:38 Asunto: Re: CFDI Sueldos en portal del SAT
Te sirve este link?? [url]https://cfdiau.sat.gob.mx/nidp/wsfed/ep?id=SATx509Custom&sid=0&option=credential&sid=0[/url]
Tópico: Frecuencia Fiscal: 'Impacto de la reforma fiscal y social en el área de nóminas'. 94.9FM
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 01, 2014 19:59:53 Asunto: Re: Frecuencia Fiscal: 'Impacto de la reforma fiscal y social en el área de nóminas'. 94.9FM
Muy interesante. Ademas que se vio lo complejo de esto
Tópico: comprobantes simplificados notitas de venta
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 01, 2014 19:57:56 Asunto: Re: comprobantes simplificados notitas de venta
Expedición de comprobantes en operaciones con el público en general I.2.7.1.22. Para los efectos del artículo 29-A, fracción IV, segundo párrafo, y último párrafo del CFF,[color=maroon] los contribuyentes podrán elaborar un CFDI diario, semanal o mensual donde consten los importes totales correspondientes a los comprobantes de operaciones realizadas con el público en general del periodo al que corresponda, utilizando para ello la clave genérica del RFC[/color] a que se refiere la regla I.2.7.1.5. Los contribuyentes que tributen dentro del régimen de incorporación fiscal, podrán elaborar el CFDI de referencia, de forma bimestral. Los comprobantes de operaciones con el público en general a que se refiere el párrafo anterior, deberán contener los requisitos del artículo 29-A, fracciones I y III del CFF, así como el valor total de los actos o actividades realizados, la cantidad, la clase de los bienes o mercancías o descripción del servicio o del uso o goce que amparen y cuando así proceda, el número de registro de la máquina, equipo o sistema y, en su caso, el logotipo fiscal. 50 Los comprobantes de operaciones con el público en general podrán expedirse en alguna de las formas siguientes: I. Comprobantes impresos en original y copia, debiendo contener impreso el número de folio en forma consecutiva previamente a su utilización. La copia se entregará al interesado y los originales se conservarán por el contribuyente que los expide. II. Comprobantes consistentes en copia de la parte de los registros de auditoría de sus máquinas registradoras, en la que aparezca el importe de las operaciones de que se trate y siempre que los registros de auditoría contengan el orden consecutivo de operaciones y el resumen total de las ventas diarias, revisado y firmado por el auditor interno de la empresa o por el contribuyente. III. Comprobantes emitidos por los equipos de registro de operaciones con el público en general, siempre que cumplan con los requisitos siguientes: a) Contar con sistemas de registro contable electrónico que permitan identificar en forma expresa el valor total de las operaciones celebradas cada día con el público en general, así como el monto de los impuestos trasladados en dichas operaciones. b) Que los equipos para el registro de las operaciones con el público en general cumplan con los siguientes requisitos: 1. Contar con un dispositivo que acumule el valor de las operaciones celebradas durante el día, así como el monto de los impuestos trasladados en dichas operaciones. 2. Contar con un acceso que permita a las autoridades fiscales consultar la información contenida en el dispositivo mencionado. 3. Contar con la capacidad de emitir comprobantes que reúnan los requisitos a que se refiere el inciso a) de la presente regla. 4. Contar con la capacidad de efectuar en forma automática, al final del día, el registro contable en las cuentas y subcuentas afectadas por cada operación, y de emitir un reporte global diario. 5. Formule un comprobante fiscal, que integre todas las operaciones realizadas con el público en general durante el día. Los CFDI globales se formularán con base en [color=maroon]los comprobantes de operaciones con el público en general, separando el monto del IVA a cargo del contribuyente.[/color] CFF 29-A, RMF 2014 I.2.7.1.5.
Tópico: ENVIAR AVISOS ANTES DEL 01-ENERO-2014
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 30, 2014 15:44:21 Asunto: Re: ENVIAR AVISOS ANTES DEL 01-ENERO-2014
Hola icadena Parece que nadie tiene ningún problema..... Pero intente dar aviso con fecha 31-Dic-2013 Y no me acepta el movimiento. Opte por enviarlo con fecha 01-Ene-14........y si fue aceptado. Ni hablar, presentar declaración de Enero 2014 y anual en $0.00

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