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Tópico: OBTENCION DE CIEC
felipe_casa

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 02, 2010 12:35:01 Asunto: Re: OBTENCION DE CIEC
Hola, ASESOR27. Yo tambien te recomendaria ir al SAT, al fin, lo puedes hacer sin cita y....... la verdad, no te tardan mucho. Buen dia!!!
Tópico: Cambio de Repeco a Intermedio a Mitad de Año
felipe_casa

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 02, 2010 12:25:30 Asunto: Re: Cambio de Repeco a Intermedio a Mitad de Año
hola, solo para darle coclusion a este topico... No hay ningun problema en cuanto a lo expuesto, di de alta el aumento de obligaciones y a partir de esa fecha empiezo a realizar mis provisionales, segun ley Isr Art. 140. Los contribuyentes que ya no reúnan los requisitos para tributar en los términos de esta Sección u opten por hacerlo en los términos de otra, pagarán el impuesto conforme a las Secciones I o II, según corresponda, de este Capítulo, y considerarán como fecha de inicio del ejercicio para efectos del pago del impuesto conforme a dichas Secciones, aquélla en que se dé dicho supuesto. y 139 ultimo parrafo. Los contribuyentes que habiendo pagado el impuesto conforme a lo previsto en esta Sección, cambien de Sección, deberán, a partir de la fecha del cambio, cumplir con las obligaciones previstas en los artículos 133 o 134, en su caso, de esta Ley. Gracias a todos y buen inicio de semana......... Bueno, concluyo por si a alguien mas le ocurrelo mismo. JHSR: Gracias por la bienvenida y tu apoyo.
Tópico: Cambio de Repeco a Intermedio a Mitad de Año
felipe_casa

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 31, 2010 12:26:57 Asunto: Re: Cambio de Repeco a Intermedio a Mitad de Año
Hola JHSR Gracias. en relacion a esto mi duda mas grande es, si alguien a estado en este supuesto, porque para mi, la ley me da la opcion de hacer lo que hice y presentar los provisionales a partir de este mes y en undado caso, pagar el bimestre mayo junio ya que el aumento de obligaciones se hizo en junio. Gracias
Tópico: Cambio de Repeco a Intermedio a Mitad de Año
felipe_casa

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 31, 2010 11:54:22 Asunto: Cambio de Repeco a Intermedio a Mitad de Año
Hola compañeros del foro, primeramente quisiera disculparme con todos ustedes ya que considero estaba iniciando en esto pero, por un resbalon que tube en mi carrera hice lo que siempre se dice en este foro........Llegan, aclaran sus dudas y ni quien les vea el polvo en mucho tiempo y creo yo, eso es una falta de atencion al foro y a todosustedes, pero me a servido de experiencia.......ya les platicare despues, ahora espero estar aqui lo mas que pueda ya que ESTO ES LO QUE NOS HACE FUERTES. Bueno despues de este pequeño breviario cultural paso a lo sig. Acabo de tomar un contribuyente que era repeco y sin mas se me ocurrio cambiarlo a regimen intermedio con actividad empresarial. A el le urgia dar facturas. Ahora que quiero presentar sus primeros pagos provisionales y entro en el foro me encuentro que en un topico recomiendan......darlos de alta a principio del año y hacer sus pagos de enero para aca, esto porque no se puede tributar en dos regimenes an el mismo ejercicio. Pero yo me encuentro esto en el Art. 139 de ISR. Los contribuyentes que habiendo pagado el impuesto conforme a lo previsto en esta Sección, cambien de Sección, [color=red]deberán[/color], [color=blue][u]a partir de la fecha del cambio[/u],[/color] cumplir con las obligaciones previstas en los artículos 133 o 134, en su caso, de esta Ley. AQUI CONSIDERO QUE PUEDO HACER EL CAMBIO Y APARTIR DE EL MES SIGUIENTE PUEDO HACER MIS DECLARACIONES SEGUN MI ARTICULO 134. Un placer estar otra vez aqui, espero estar en contacto. De ante mano gracias por su orientacion. Que tengan buen fin. Por cierto, espero que los que son de los estados donde llovio mucho se encuentren bien, un saludo y solidaridad desde zacatecas. Estamos con ustedes.
Tópico: articulo 31 abono en cuenta
felipe_casa

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 28, 2010 17:49:48 Asunto: Re: articulo 31 abono en cuenta
hola.....buenas trades a_cano: Agradesco mucho tu observacion, bien dicen por ahi........NUNCA ALGUIEN SABRA TODO..... Lobo: considero que estoy en eso, solo tenme paciencia....algun dia llegare a ser como ustedes...... nuevamente gracias a los dos y a todas aquellas personas que participan en el foro
Tópico: articulo 31 abono en cuenta
felipe_casa

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 26, 2010 17:16:45 Asunto: Re: articulo 31 abono en cuenta
Hola. Gracias por sus comentarios Lobo, recuerdo, si recuerdo......... Hugo. LGTOC ARTÍCULO 179.- EL CHEQUE PUEDE SER NOMINATIVO O AL PORTADOR. [color=blue]EL CHEQUE[/color] EXPEDIDO POR [color=blue]CANTIDADES SUPERIORES[/color] A LAS [color=blue]ESTABLECIDAS POR EL BANCO DE MEXICO[/color], A TRAVES DE DISPOSICIONES DE CARACTER GENERAL QUE PUBLIQUE EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION, [color=blue]SIEMPRE SERA NOMINATIVO.[/color] aqui entran los mentados mayores a 2000 EL [color=blue]CHEQUE QUE NO INDIQUE A FAVOR DE QUIEN SE EXPIDE[/color], ASI COMO EL EMITIDO A FAVOR DE PERSONA DETERMINADA Y QUE, ADEMAS, CONTENGA LA CLAUSULA “AL PORTADOR,” SE REPUTARAN AL PORTADOR. entran los menos de 2000 y por supuesto al portador EL CHEQUE NOMINATIVO PUEDE SER EXPEDIDO A FAVOR DE UN TERCERO, DEL MISMO LIBRADOR O DEL LIBRADO. EL CHEQUE EXPEDIDO O ENDOSADO A FAVOR DEL LIBRADO NO SERA NEGOCIABLE. ARTÍCULO 198.- [color=blue]EL LIBRADOR O EL TENEDOR PUEDEN PROHIBIR QUE UN CHEQUE SEA PAGADO EN EFECTIVO, MEDIANTE LA INSERCION EN EL DOCUMENTO DE LA EXPRESION 'PARA ABONO EN CUENTA'[/color]. EN ESTE CASO EL CHEQUE SE PODRA DEPOSITAR EN CUALQUIER INSTITUCION DE CREDITO, LA CUAL SOLO PODRA ABONAR EL IMPORTE DEL MISMO A LA CUENTA QUE LLEVE O ABRA A FAVOR DEL BENEFICIARIO. [color=blue]EL CHEQUE NO ES NEGOCIABLE A PARTIR DE LA INSERCION DE LA CLAUSULA 'PARA ABONO EN CUENTA'[/color]. LA CLAUSULA NO PUEDE SER BORRADA. EL LIBRADO QUE PAGUE EN OTRA FORMA, ES RESPONSABLE DEL PAGO IRREGULARMENTE HECHO. Una anectoda..........le gire un cheque por mas de dos mil pesos a un proveedor y se me paso ponerle para abono en cuenta........chanfle y ahora que hago, pues que le llamo y que le digo que si no le ponia la leyenda para abono en cuenta y despues lo depositaba en su cuenta ( valga la rebusnancia) no se lo iban a cambiar es decir a mi cuenta no iba a salir el dinero para la siya porque ese cheque tenia que ir protegido .......el cliente me comento, no se preocupe yo le pongo la leyenda........ y creo que asi lo hizo. playense, Gracias por tus comentarios. Saludos a todos
Tópico: articulo 31 abono en cuenta
felipe_casa

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 24, 2010 21:35:49 Asunto: Re: articulo 31 abono en cuenta
hola, buenas noches lcruizuscanga: Esto me habre un poco mas el panorama, llegando a la conclucion de tomar la frase de: los pagos cuyo monto [u][color=blue]EXEDAN DE 2000[/color][/u] deberan ser nominativos y con su frase de para abono en cuenta. A CONTRARIO SENSU los de menos de 2000 podran no ser, o no, nominativos y sin la frase de para abono en cuenta. NO, POS TA GUENO.... DIJO MI COMPADRE CHON. Gracias. y Buenas noches.
Tópico: articulo 31 abono en cuenta
felipe_casa

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 24, 2010 18:19:00 Asunto: articulo 31 abono en cuenta
Hola!! Buenas tardes a todos..... Quiero comentarles lo siguiente, solo para aprender mejor las cosas. LISR Art. 31. Requisitos de las deducciones III.- Estar amparadas con documentación que reúna los requisitos de las disposiciones fiscales y que [color=blue]los pagos cuyo [u]monto exceda[/u] de $2,000.00 se efectúen mediante cheque nominativo del contribuyente[/color], tarjeta de crédito, de débito o de servicios, o a través de los monederos electrónicos que al efecto autorice el Servicio de Administración Tributaria, excepto cuando dichos pagos se hagan por la prestación de un servicio personal subordinado. [color=blue]Cuando hago un pago a un proveedor y dicho pago es mayor de $ 2,000.00, tengo que pagarlo con cheque nominativo, (si esque lo quiero hacer deducible), Y ademas le tengo que poner la leyenda de ' para abono en cuenta del beneficiario ' como dice el parrafo siguiente.[/color] [color=blue]Cuando los pagos se efectúen mediante cheque nominativo, éste deberá ser de la cuenta del contribuyente y contener su clave del Registro Federal de Contribuyentes así como, en el anverso del mismo la expresión 'para abono en cuenta del beneficiario'. [/color] [color=red]Pero...... si mi pago al proveedor es menor de $ 2,000.00 y dicho pago lo hago con cheque nominativo.......aun asi, como es cheque y es nominativo, a wilson le tengo que poner la leyenda de ' para abono en cuenta del beneficiario '[/color] tendre la razon????? Ustedes que creen???? No se pierda el siguiente capitulo de................Para abono en cuenta.... can...cancancan Saludos
Tópico: Incapacidad.
felipe_casa

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Junio 22, 2010 17:37:17 Asunto: Re: Incapacidad.
Enrique, Buenas Tardes. No, yo no soy mama trabajadora. La verdad la trabajadora es mi esposa, esta embarazada y tubo complicaciones y le dieron 8 dias de reposo, gracias a Dios ya esta bien....... Mis comentarios iban en relacion a estas dudas que teniamos los dos en cuanto a esta situacion. Gracias por todos sus comentarios.
Tópico: Incapacidad.
felipe_casa

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Junio 21, 2010 21:16:15 Asunto: Re: Incapacidad.
hola, Enrique EXACTO!!!! En algunoas articulos lei que efectivamente ese es el proposito de pagar solo el 60% a los trabajadores.........En accidente de trabajo pues si, se le paga al 100%, es algo que lamentablemente paso y fue un ACCIDENTE., PERO EN E.G. que concha pues si pagaran el 100% lo de inventos que hariamos por no ir a trabajar........y que los mexicanos no somos buenos para eso..... COMO DICEN POR AHI........................SI EL TRABAJO NO CANSARA.......NO HABRIA TANTO HU.........ON UN CORDIAL SALUDO.

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