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Tópico: Reg. Pers. Fisc. con Act. empresariales y profesionales
felipe_casa

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 11, 2010 10:52:52 Asunto: Re: Reg. Pers. Fisc. con Act. empresariales y profesionales
comenta lobo!!!!!
Tópico: PROBLEMAS EL LA APLICACION PAGINA DEL SAT
felipe_casa

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 10, 2010 19:29:36 Asunto: Re: PROBLEMAS EL LA APLICACION PAGINA DEL SAT
hola yo tuve problemas hace unos dias, fue erro de ciec.....PUEBA ELIMINANDO GALLETAS COKIES
Tópico: Reg. Pers. Fisc. con Act. empresariales y profesionales
felipe_casa

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 10, 2010 10:39:33 Asunto: Re: Reg. Pers. Fisc. con Act. empresariales y profesionales
Hola lobo!!! Como te comentaba, es bueno que motives a las personas como nosotros que no tenemos la experiencia o que estamos en proceso. [quote]LAS OPERACIONES DE UN HONORARIOS...............SON COMO 'LAS DEMAS' QUE PUEDEN SER, EN UNA SOLA EXHIBICION .........Y EN SU MOMENTO...........EN PARCIALIDADES ?......... [/quote] LISR Art. 133. Obligaciones de personas físicas con actividades empresariales y profesionales. III.- Expedir y conservar comprobantes que acrediten los ingresos que perciban, mismos que deberán reunir los requisitos establecidos en el Código Fiscal de la Federación y su Reglamento. Los comprobantes que se emitan deberán contener la leyenda preimpresa 'Efectos fiscales al pago'. Cuando la contraprestación que ampare el comprobante [color=blue]se cobre en una sola exhibición, en él se deberá indicar el importe total de la operación[/color]. Si la contraprestación se cobró en parcialidades, en el comprobante se deberá indicar además el importe de la parcialidad que se cubre en ese momento. Cuando el cobro de la contraprestación se [color=blue]haga en parcialidades[/color], por el cobro que de las mismas se haga con posterioridad a la fecha en que se hubiera expedido el comprobante a que se refiere el párrafo anterior, los contribuyentes deberán expedir un comprobante por cada una de esas parcialidades, el cual deberá contener los requisitos previstos en las fracciones I, II, III y IV del artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación, así como el importe de la parcialidad que ampare, la forma como se realizó el pago de la parcialidad y el número y fecha del documento que se hubiera expedido en los términos del párrafo anterior. LISR Art. 134. Obligaciones de los sujetos del régimen intermedio [color=blue]En lugar de aplicar [/color]lo dispuesto en el tercer párrafo de la fracción III del [color=blue]artículo 133 de esta Ley[/color], podrán anotar el importe de las parcialidades que se paguen en el reverso del comprobante,[color=blue] si la contraprestación se paga en parcialidades. [/color] Lobo, la diferencia que veo esque, en la actividad empresarial y profesional, cuando este pago es en parcialidades hay que hacer un comprobante segun el 29-a por cada una de las parcialidades y en el regimen intermedio, podra anotar el importede la parcialidad al reverso del comprobante. corrigeme por favor. MUCHAS GRACIAS Y QUE PASEN TODOS UN EXELENTE DIA!!!
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felipe_casa

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 09, 2010 20:52:20 Asunto: Re: Reg. Pers. Fisc. con Act. empresariales y profesionales
muy bien JOEGON por el complemento
Tópico: Reg. Pers. Fisc. con Act. empresariales y profesionales
felipe_casa

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 09, 2010 19:41:57 Asunto: Re: Reg. Pers. Fisc. con Act. empresariales y profesionales
HOLA LOBO!!!!!! COMO SIEMPRE UN PLACER SALUDARLO Y CONTESTAR A SUS PREGUNTAS, ESPERO ESTA SEA LA CONTESTACION QUE ESPERA DE MI, SI NO, PUES SOLO ORIENTEME Y PONDRE TODO DE MI PARTE PARA CONTESTAR ADECUADAMENTE . LISR Art. 133. Obligaciones de personas físicas con actividades empresariales y profesionales II.- Llevar contabilidad de conformidad con el Código Fiscal de la Federación y su Reglamento; tratándose de personas físicas que únicamente presten servicios profesionales, llevar un sólo libro de ingresos, egresos y de registro de inversiones y deducciones, en lugar de la contabilidad a que se refiere el citado Código. SALUDOS BUENAS ÑOCHES.
Tópico: Reg. Pers. Fisc. con Act. empresariales y profesionales
felipe_casa

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 09, 2010 17:34:56 Asunto: Re: Reg. Pers. Fisc. con Act. empresariales y profesionales
MAS CLARO NI EL AGUA GRACIAS CONTADOR BUENA TARDE
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felipe_casa

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 09, 2010 17:10:30 Asunto: Re: Reg. Pers. Fisc. con Act. empresariales y profesionales
hola bandido...........ya me quedo claro.......buenas tardes y gracias por tu aportacion
Tópico: Reg. Pers. Fisc. con Act. empresariales y profesionales
felipe_casa

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 09, 2010 15:17:02 Asunto: Re: Reg. Pers. Fisc. con Act. empresariales y profesionales
CPVICTOR, lo que pasa es que es un contribuyente: Reg. Pers. Fisc. con Act. empresariales y profesionales.....por honorarios. y el contribuyente pertenece a la seccion 1 ngm: Gracias es un placer contar con ustedes.
Tópico: Reg. Pers. Fisc. con Act. empresariales y profesionales
felipe_casa

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 09, 2010 14:43:19 Asunto: Reg. Pers. Fisc. con Act. empresariales y profesionales
hola a todos!! solo para comentar. estoy checando las obligaciones de un contribuyente del cual no habia tenido experiencia alguna. es un Reg. Pers. Fisc. con Act. empresariales y profesionales y me estaba fijando que este no paga impuestos al estado, incluso en la guia de obligaciones no viene como tal. es esto correcto? es decir, un intermedio segun el art. 136-bis......Con independencia de lo dispuesto en el artículo 127 de esta Ley,[color=blue] los contribuyentes a que se refiere esta Sección efectuarán pagos mensuales[/color] mediante declaración que presentarán ante las oficinas autorizadas de la Entidad Federativa en la cual obtengan sus ingresos. esta seccion seria.......Sección II Del régimen intermedio de las personas físicas con actividades empresarias y empresarial y profesionl es.... Sección I Agradesco sus comentarios. Buena Tarde!!
Tópico: pagar menos imss
felipe_casa

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Noviembre 08, 2010 09:07:01 Asunto: Re: pagar menos imss
hola!! Enrique: Muchas gracias por tus comentarios.... pepe: tambien agradesco tu participacion y a todos aquellos por sus opiniones y comentarios. GRACIAS que tengan un buen inicio de semana

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