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Tópico: convenio ante la junta
felipe_casa

Mensajes: 17
Mensaje Foro: Laboral Enviado: Agosto 23, 2011 09:33:00 Asunto: convenio ante la junta
hola, buen dia!!! pues por aca nuevamente....... solo para comentarles, una maestra de un a institucion esta embarazada y acaba de renunciar ( sus razones tendra ), lo mas recomendable del que hacer segun otros topicos que he leido es: realizarle su finiquito con sus partes proporcionales he ir ante la junta para realizar un convenio y asi termina todo esto. Generalmente le firman a la institucion cuando suceden estas cosas, carta de renuncia, y recibo de finiquito y despues se presenta ante la junta y pues es todo. pero ahora por la situacion tan especial ( persona embarazada) tendria la istitucion que realizarle el finiquito, carta de renuncia y recibo de finiquito o al ir a la junta y hacer el convenio y ellos realizan esto? o nada mas me presento con todos los documentos y en la junta solo se hace el convenio. Gracias a Dios Nunca he tenido que ir a la junta.......pero siempre hay una primera vez. Gracias por sus comentarios.
Tópico: art. 12 reglamento imss
felipe_casa

Mensajes: 2
Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Agosto 19, 2011 09:38:55 Asunto: art. 12 reglamento imss
hola, buen dia!!! INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL ACUERDO mediante el cual se informa que el Instituto Mexicano del Seguro Social no exigirá a los patrones dedicados a la actividad de la construcción, la presentación en dispositivo magnético de la documentación prevista en el primer párrafo del artículo 12 del Reglamento del Seguro Social Obligatorio para los Trabajadores de la Construcción por Obra o Tiempo Determinado. Al margen un logotipo, que dice: Instituto Mexicano del Seguro Social.- Dirección General. DANIEL KARAM TOUMEH, Director General del Instituto Mexicano del Seguro Social, con fundamento en los artículos 90, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 3, fracción I, y 45, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 5, 14, fracción III, 17 y 59, fracciones V y XIV, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 69-C, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 5, 251, fracciones IV, VIII y XXXVII, 257, fracción IV, 268, fracciones IX y XII, 270 y 271, de la Ley del Seguro Social, y CONSIDERANDO Que el primer párrafo del artículo 12, del Reglamento del Seguro Social Obligatorio para los Trabajadores de la Construcción por Obra o Tiempo Determinado, establece la obligación de los patrones dedicados a la actividad de la construcción, de entregar al Instituto en dispositivo magnético, el presupuesto de obra, el análisis de precios unitarios, la explosión de insumos y las estimaciones preliminares de los componentes de mano de obra, así como, de proceder, el contrato y los planos arquitectónicos de la obra, las autorizaciones, licencias o permisos de construcción, cualquiera que sea el nombre con que se les designe, expedidos por las autoridades federales, estatales o municipales competentes; Que conforme a lo dispuesto en el artículo 69-C, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, los directores generales de los organismos descentralizados de la Administración Pública Federal podrán, mediante acuerdos generales publicados en el Diario Oficial de la Federación, no exigir la presentación de datos y documentos previstos en leyes y reglamentos, cuando puedan obtener por otra vía la información correspondiente; Que por Acuerdo número ACDO.SA1.HCT.240210/41.P.DIR, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 8 de abril de 2011, el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social aprobó los datos específicos que deben proporcionar los patrones en los trámites de registro de obra, registro de obra subcontratada, incidencia de obra, subcontratación, cancelación de subcontratación y relación mensual de trabajadores, así como los formatos Aviso de Registro de Obra del Propietario o Contratista (SATIC-01), Aviso de Registro de Fase de Obra de Subcontratista (SATIC-02), Aviso de Incidencia de Obra (SATIC-03), Aviso de Cancelación de Subcontratación (SATIC-04), Relación Mensual de Trabajadores de la Construcción (SATIC-05), y Aviso para Informar la Subcontratación (SATIC-06), para efectos de la información que deben proporcionar los patrones, dispuesta en los artículos 5, fracción III, y 12, del Reglamento del Seguro Social Obligatorio para los Trabajadores de la Construcción por Obra o Tiempo Determinado; Que en virtud del Acuerdo descrito en el considerando anterior, el Instituto obtiene a través de los formatos que el mismo ordenamiento señala, la información correspondiente a la documentación a que se refiere el artículo 12, del Reglamento del Seguro Social Obligatorio para los Trabajadores de la Construcción por Obra o Tiempo Determinado, he tenido a bien expedir el siguiente: ACUERDO UNICO. El Instituto Mexicano del Seguro Social, no exigirá a los patrones dedicados a la actividad de la construcción, la presentación en dispositivo magnético de la documentación prevista en el primer párrafo del artículo 12, del Reglamento del Seguro Social Obligatorio para los Trabajadores de la Construcción por Obra o Tiempo Determinado, consistente en: el presupuesto de obra, el análisis de precios unitarios, la explosión de insumos y las estimaciones preliminares de los componentes de mano de obra; el contrato y los planos arquitectónicos de la obra; así como las autorizaciones, licencias o permisos de construcción, cualquiera que sea el nombre con que se les designe, expedidos por las autoridades federales, estatales o municipales competentes. TRANSITORIO Primero. El presente Acuerdo entrará en vigor, al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Dado en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los veintiún días del mes de julio de dos mil once.- El Director General del Instituto Mexicano del Seguro Social, Daniel Karam Toumeh.- Rúbrica. saludos
Tópico: diot persona fisica comisionistas status suspendida
felipe_casa

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 16, 2011 18:32:03 Asunto: Re: diot persona fisica comisionistas status suspendida
hola. si ya esta suspendida, como esque quieres presentar??? saludos
Tópico: secretaria de salud
felipe_casa

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 16, 2011 18:29:27 Asunto: Re: secretaria de salud
hola en estos casos la misma secretaria de salud te apoya, ademas aveces, en caso de algun restaurant o cafeteria hasta te enseñan a lavarte las manos de manera adecuada. saludos
Tópico: Deducción de gastos de ayuda alimentaria
felipe_casa

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 04, 2011 19:40:50 Asunto: Re: Deducción de gastos de ayuda alimentaria
hola Lobo. GRACIAS POR LA INFORMACION, en dias pasados habia estado checando algo de esto y pues complementa..... SALUDOS
Tópico: SBC ( DESPENSA ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD)
felipe_casa

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Julio 26, 2011 08:16:29 Asunto: Re: SBC ( DESPENSA ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD)
hola enrique, muchas gracias y buen dia!!!
Tópico: SBC ( DESPENSA ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD)
felipe_casa

Mensajes: 6
Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Julio 25, 2011 16:44:10 Asunto: Re: SBC ( DESPENSA ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD)
hola Lobo. Muchas gracias. Saludos.
Tópico: SBC ( DESPENSA ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD)
felipe_casa

Mensajes: 6
Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Julio 25, 2011 13:59:20 Asunto: Re: SBC ( DESPENSA ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD)
hola.... me refiero a que si rebasan.....unicamente el exedente es lo que formaria parte del salario.
Tópico: SBC ( DESPENSA ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD)
felipe_casa

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Julio 25, 2011 13:56:15 Asunto: SBC ( DESPENSA ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD)
Hola foro, Buenas tardes!!! Bueno, pues.....con una duda.... Artículo 27. El salario base de cotización se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, alimentación, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquiera otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo. [color=red]Se excluyen como integrantes del salario base de cotización, dada su naturaleza, los siguientes conceptos[/color]: VI. Las despensas en especie o en dinero, [color=red]siempre y cuando su importe no rebase [/color]el cuarenta por ciento del salario mínimo general diario vigente en el Distrito Federal; VII. Los premios por asistencia y puntualidad, siempre que el importe de [color=blue]cada uno de estos conceptos no rebase [/color]el diez por ciento del salario base de cotización; Es decir...... si rebasan estos porcentajes entonces......SI SERAN PARTE DEL SALARIO? MUCHAS GRACIAS POR SUS COMENTARIOS.
Tópico: Declaración Informativa Múltiple 2011 (DIM)
felipe_casa

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 24, 2011 09:39:08 Asunto: Re: Declaración Informativa Múltiple 2011 (DIM)
hola, buen dia!!1 esa esta buena.... [quote]Como se dice.... 'Doble o nada' [/quote] Gracias Paco. y tambien a usted Hugo por sus comentarios.

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