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Tópico: CANCELACION DE CFDI EN 2022 APARECE COMO NO CANCELABLE
carsen

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 09, 2022 08:32:12 Asunto: Re: CANCELACION DE CFDI EN 2022 APARECE COMO NO CANCELABLE
Exactamente a mi me sucede lo mismo... estoy tratando de cancelar facturas del 2021 que me quedaron pendiente de pago y volverlas a facturar este año 2022, para evitar si no me las pagan una multa. En una de ellas, antes de estudiar el procedimiento anote NO SE LLEVO A CABO LA OPERACIÓN, Y AL DÍA SIGUIENTE YA ESTABA CANCELADA. En la segunda que cancele, hice el procedimiento requerido... emití la nueva con el 04 sustitución de cfdi previos y anote el UUID, me fui a cancelar la primera anote 01 Comprobante emitido con errores con relación y anote el UUID del comprobante nuevo.... y me sale NO CANCELABLE .... veo en el link y me dice que ocurrió un error y que hable a soporte técnico! En otros foros estoy viendo que ya es un error frecuente por seguir el procedimiento descrito... o estoy en un error. Me faltan 3 facturas mas... haré la cancelación por NO SE LLEVO A CABO LA OPERACIÓN? pues así si cancela.... y en la que me dejo No cancelable pongo una nota por buzón tributario? Gracias por sus comentarios.
Tópico: NO EXPIDIERON EL RECIBO ELECTRONICO DE PAGO
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 17, 2020 10:10:11 Asunto: Re: NO EXPIDIERON EL RECIBO ELECTRONICO DE PAGO
Gracias por contestar. De momento todo indica que no lo van a hacer. Cuando lo lleguen a timbrar hasta entonces podre hacer la acreditación... Me temo que lo van a empezar a hacer practica diaria y no timbraran los pagos.
Tópico: NO EXPIDIERON EL RECIBO ELECTRONICO DE PAGO
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 16, 2020 10:09:35 Asunto: NO EXPIDIERON EL RECIBO ELECTRONICO DE PAGO
Buenos dias: No se si esto ya es practica común... Un prestador de servicios indispensables y único en lo localidad, no ha expedido los recibos electrónicos de pago de los mismos que efectué el mes pasado. Le he insistido y solo dice que tiene problemas para timbrar y que en sus registros internos si reconocen el pago.... , pero ya ha pasado el dia 10 del mes siguiente ... pero ya emitió las facturas del mes en curso. Desgraciadamente, no puedo hacer nada. Repito, no hay otro proveedor en la localidad que de ese servicio y no podre acreditar el iva que pague porque me falta el recibo electronico de pago. A mi entender, se deberia corregir esto en ley... de que sirve que yo pague, tengo como demostrarlo y ellos al no expedir ese recibo invalidan mi deducción y acreditamiento. Gracias por prestarme su atención y ojala me dijeran que estoy equivocada en mi apreciación.
Tópico: Problemas en el Serv de Declraciones: arrendamiento
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 01, 2019 18:48:01 Asunto: Re: Problemas en el Serv de Declraciones: arrendamiento
Asi es, entre a querer hacer un pago y el calculo es 0 ... lo presento asi?
Tópico: Arrendamiento en copriedad quien y como presenta los pagos provisionales
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 20, 2019 13:50:12 Asunto: Re: Arrendamiento en copriedad quien y como presenta los pagos provisionales
Totalmente de acuerdo con la opinion anterior... asi lo hago yo tambien.
Tópico: SALDO A FAVOR MAYOR 10,000
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 20, 2018 19:32:08 Asunto: Re: SALDO A FAVOR MAYOR 10,000
Yo te diria que nos las volvieras a enviar de momento... no es el navegador... puede ser que esas que enviaste ya tenian la clabe en el declarasat, no la tuviste que escribir... fijate en consulta de la devolucion que te reportan ahi. Espero haberte ayudado.
Tópico: Regla 2.8.1.8 aviso a presentar antes del 31 de marzo
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 23, 2018 16:59:07 Asunto: Re: Regla 2.8.1.8 aviso a presentar antes del 31 de marzo
Hola Cone34: Muchas gracias por su respuesta. Mi duda radica en si lo presento o no. El perfil del contribuyente seria: Persona Fisica Arrendamiento para ISR calcula los pagos provisionales con la Deduccion Opcional del 35 (art 115 LISR) y en sus pagos definitivos de IVA acredita en forma proporcional ya que hay ingresos tasa exenta y gravada al 16%. Presento en 2016 el aviso de incorporacion a Mis Cuentas de acuerdo a la regla 2.8.1.19 de la RMF 2016. No me queda claro en esta regla... si no la presento no puedo hacer la deduccion opcional aunque esta esta dada por la Ley. No entiendo el sentido de este aviso... si el arrendador ya utiliza mis cuentas, otra vez debe avisar? Gracias por su respuesta.
Tópico: Regla 2.8.1.8 aviso a presentar antes del 31 de marzo
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 22, 2018 18:15:07 Asunto: Regla 2.8.1.8 aviso a presentar antes del 31 de marzo
Hola: Los distraigo con esta regla, que va dirigida para los arrendadores para que presenten antes del 31 de marzo un aviso en el portal para avisar que optan por el 35%... mi duda es si este aviso se debe presentar o no? Gracias por la molestria que se tomen en contestar.
Tópico: TIEMPO PARA CONTESTAR LA ACLARACION A MIS CUENTAS?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 11, 2016 16:59:49 Asunto: TIEMPO PARA CONTESTAR LA ACLARACION A MIS CUENTAS?
Hola: El problema que tengo es el siguiente: Presente el 12 de marzo la aclaracion por Mi portal sobre la regla 2.8.1.19 para avisar que las personas fisicas llevarian Mis Cuentas... y la respuesta en esa fecha es que contestarian el 1 de Abril.... Hoy, ya casi un mes despues, no me han contestado nada, ni avisando que se tomaban mas dias, o canalizando la cuestion.... absolutamente nada. En el chat, me dicen que siga esperando,.... otro colega me sugirio cancelar y volver a presentar la aclaracion (cosa que hice, para un cliente), pero no lo he hecho con los demas... Alguien que me pudiera contestar, y decirme que ya recibio la contestacion y en que fecha presento... por favor. De todos modos, he estado presentando un movimiento por mes en Mis Cuentas. Gracias por sus respuestas.
Tópico: ingresos por intereses
carsen

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 02, 2016 12:41:04 Asunto: Re: ingresos por intereses
En mi opinion, yo dejaba la informacion en cero tal y como esta. Solicita al banco en cuestion, esa constancia aunque este en cero y la anexas a tu documentacion. Procuraria verificar la existencia de esa cuenta de cheques, porque es evidente que 'no esta muerta'... cancelala como es debido.

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