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Tópico: Será el mismo programa para pnas. Físicas
lobozac

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 24, 2008 Asunto:
te dejo esto del sat Actualización: 15/enero/2008 17:58, información vigente. Declaración informativa para operaciones con terceros (diot) 2008 completa Versión del programa [color=red:b6d1027c3f][u:b6d1027c3f][b:b6d1027c3f]diot (2008) V.1.0.1[/b:b6d1027c3f][/u:b6d1027c3f][/color:b6d1027c3f], para elaborar y presentar la Declaración informativa para operaciones con terceros. El instalador carga automáticamente la máquina virtual 1.3.1 de Java que requiere, así como el cliente y los accesos necesarios para capturar esta declaración informativa. Importante: Cabe mencionar que aunque se cuente con otra versión de la máquina virtual de Java, ya sea anterior o más actual, no interfiere en el funcionamiento ya que opera de forma independiente. Software. Descargue e instale en su computadora el siguiente archivo: DIOTcompleta.exe (11,094 KB) y siga las indicaciones del asistente de instalación. El proceso de instalación se realiza automáticamente en la siguiente ruta de su disco duro c:dem_08DIOTcompleta Manual de instalación ( 421 kB) Manual del usuario ( 1,261 kB) Envío de la declaración Layout del archivo para carga batch de la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros. Completa. ( 150 kB) Mayor información Servicio de Administración Tributaria, México. hasta donde se percibe, "es la misma" saludos[u][color=red:b6d1027c3f][/color:b6d1027c3f]
Tópico: Fundamento de no compensar IETU vs impuestos diferentes ISR
lobozac

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 24, 2008 Asunto:
independientemente de que la duda abarca "otros impuestos", o sea, abre una gama muy amplia.....quiero referirme a lo siguiente : "pero tengo otros impuestos contra los que podría aplicar ese saldo a favor [color=red:3f60fcfbd0][u:3f60fcfbd0][b:3f60fcfbd0]por decir ISR retenido a trabajadores[/b:3f60fcfbd0][/u:3f60fcfbd0][/color:3f60fcfbd0], no [color=darkblue:3f60fcfbd0][u:3f60fcfbd0]podria aplicarlo[/u:3f60fcfbd0][/color:3f60fcfbd0]??? ".......considero que seria hasta cierto momento peligroso "abrir" la posibilidad del ART. 23 PRIMER PÁRRAFO C.F.F. como dice chavalon........podrias apoyarnos estimado compañero hasta donde recuerdo, de la manera como se plantea, NO ES POIBLE ESA COMPENSACION viene de la pagina del sat "No procede la compensación del crédito al salario pagado al trabajador, ya que el retenedor podrá acreditarlo contra el isr a su cargo o contra el isr retenido a terceros en los términos del artículo 115 vigente hasta el 2007 de la Ley del isr. No procede la compensación de las diferencias a favor de retenciones del isr por sueldos y salarios contra otros impuestos federales, ya que existe un mecanismo específico en el artículo 116 de la Ley del isr para compensar dichas diferencias." gracias saludos
Tópico: AYUDA AUDITORES
lobozac

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 24, 2008 Asunto:
te dejo el analisis de fiscalia, con el cual coincido ¿Presentas dictamen fiscal? No olvides el estímulo del 0.5% Estímulo fiscal para el resultado del ejercicio 2007, dictaminado en 2008. Categoría: Fiscal Fecha de Publicación: Lunes 23 de junio, 2008 De acuerdo con lo establecido por la Ley de Ingresos de la Federación del ejercicio 2007, los contribuyentes que dictaminen sus estados financieros del ejercicio 2007, en 2008, [color=red:da620c7a9b][u:da620c7a9b][b:da620c7a9b]gozarán del siguiente estímulo f[/b:da620c7a9b][/u:da620c7a9b][/color:da620c7a9b]iscal: [color=red:da620c7a9b][u:da620c7a9b][b:da620c7a9b]Cuando en el dictamen [/b:da620c7a9b][/u:da620c7a9b][/color:da620c7a9b][color=blue:da620c7a9b][u:da620c7a9b][b:da620c7a9b]se determine que en 2007 el contribuyente cumplió en tiempo y forma con la totalidad de las declaraciones de pagos provisionales en materia de ISR, y que efectuó la totalidad de los pagos correspondiente[/b:da620c7a9b][/u:da620c7a9b][/color:da620c7a9b], se tendrá derecho a un estímulo fiscal equivalente al 0.5 por ciento al resultado fiscal de 2007 o, en el caso de personas físicas con actividades empresariales, a la utilidad gravable del propio ejercicio. Cuando se determine que durante 2007 el contribuyente cumplió en tiempo y forma con la totalidad de las declaraciones de pagos provisionales en materia de ISR, y que la diferencia entre el monto pagado en dichas declaraciones y el monto a pagar que correspondió conforme a la ley por los citados pagos provisionales no excedió del 5 % en cada uno de dichos pagos, el contribuyente tendrá derecho a un estímulo fiscal equivalente al monto que resulte de aplicar el 0.25 por ciento al resultado fiscal correspondiente al ejercicio de 2007 o, en el caso de personas físicas con actividades empresariales, a la utilidad gravable del propio ejercicio. Es importante tener presente este estímulo para que quienes sean elegibles lo apliquen y obtengan una reducción en el impuesto a su cargo. determinar. (Del lat. determināre). 1. tr. Fijar los términos de algo. 2. tr. [color=red:da620c7a9b][u:da620c7a9b][b:da620c7a9b]Distinguir[/b:da620c7a9b][/u:da620c7a9b][/color:da620c7a9b], discernir. 3. tr. [color=red:da620c7a9b][u:da620c7a9b][b:da620c7a9b]Señalar[/b:da620c7a9b][/u:da620c7a9b][/color:da620c7a9b], fijar algo para algún efecto. Determinar día, hora. 4. tr. Tomar resolución. U. t. c. prnl. 5. tr. Hacer tomar una resolución. Esto me determinó a ayudarle. Real Academia Española © Todos los derechos reservados considero que los auditores pueden anotar esa leyenda sin que les cause ningun perjuicio y quiza si mucho beneficio al contribuyente......"lo que abunda , no perjudica" saludos
Tópico: PAGO INDEBIDO A LA FEDERACION
lobozac

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 24, 2008 Asunto: Re: PAGO INDEBIDO A LA FEDERACION
[quote="Liliani"]HOLA ALGUIEN PODRIA AYUDARME, POR ERROR SE REALIZO UNA [color=blue:f53f3badc5][u:f53f3badc5][b:f53f3badc5]TRANSFERENCIA BANCARIA A FAVOR DE LA TESORERIA [/b:f53f3badc5][/u:f53f3badc5][/color:f53f3badc5]DE LA FEDERACION POR UN IMPORTE FUERTE, QUISIERA SABER CUAL ES EL PROCEDIMIENTO K TENGO K SEGUIR PARA K ME DEVUELVAN DICHO IMPORTE, CABE COMENTAR QUE ES UNA EMPRESA QUIEN REALIZO LA TRASNFERENCIA BANCARIA A FAVOR DE LA TESOFE. GRACIAS POR SU AYUDA[/quote] fue por pago de impuestos ?...o porque razon? saludos
Tópico: GRABA IVA???
lobozac

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 24, 2008 Asunto:
[quote="enrique9727"]Hola CONDORMUSSI, buenas noches: 1.- Aplíquese la LIVA.... No tiene nada que ver, si es REPECO... esto es otro boleto para otro sitio. Lo de REPECO es de la LISR... Nada que ver con IVA. 2.- Luego defínase ¿qué actividad se desarrollaría? ¿SERVICIO o ENAJENACIÓN o EXPORTACIÓN, Si me afectaría ser gravado o no la LIVA?.... ¿Cuándo es una de las actividad y cuándo es otra y porqué? 3.- Luego aplicarías reglas de facilidades si gustas, para lograr algún beneficio o para que te explique algún procedimiento de la ley. Pero primero es la ley de inicio. 4.- Ya que definas el IVA... Ahora si, define el ISR por el procedimiento a tributarse. Serían leyes de tratamientos distintos, no tienen que seguirse a la par o que se dependan de la otra ley para ejercerse opciones. [color=red:dccb0d8c44][u:dccb0d8c44][b:dccb0d8c44]Si se opta por REPECO, con IVA gravado a la tasa o gravado exento [/b:dccb0d8c44][/u:dccb0d8c44][/color:dccb0d8c44](No he indicado cuál sería el resultado de gravación, ni fundamentaciones al respecto. Pues, no se ha definido en si, cuál sería de manera contundente la actividad o el acto a ejecutarse). El valor que se manifestaría en los comprobantes que se expedirían, no habría desglose de IVA.[/quote] hola enrique, hasta donde sé cuando tributas en repeco Y TIENES SIGNADO CONVENIO no existe la opcion, ..........pagas la cuota fija que incluye el iva y san se acabo........o tienes un fundamento por ahi escondido que desconozcamos ?....si asi fuera puedes compartirlo ?....gracias saludos
Tópico: TABLA D EISR 2008
lobozac

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 24, 2008 Asunto:
hola, quiero pensar que "estamos" pensando "lo mismo".........si tienes office (excell), abre directo si la cedula es idem..... si la cedula o programa viene "comprimido"....vas a dscomprimir con winzip, con el que tienes para descmprimir, la ventana que abre el win te lleva de la mano saludos
Tópico: AHORA TAMBIEN .....
lobozac

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 24, 2008 Asunto:
hola buen dia, esperemos QUE ESA EVENTUAL REFORMA, NO TARDE saludos
Tópico: AHORA TAMBIEN .....
lobozac

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 23, 2008 Asunto: AHORA TAMBIEN .....
ahora tambien SECRETARIA DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL Colaboración entre la STPS y SHCP para combatir prácticas abusivas de outsourcing escrito por Presidencia de la República lunes, 23 de junio de 2008 Secretaría de Trabajo y Previsión Social. Secretaría de Hacienda y Crédito Público - Con relación a las acciones que realiza la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través del Sistema de Administración Tributaria (SAT), para evitar abusos en contra de los trabajadores que se encuentran contratados bajo el esquema del llamado outsourcing, se comenta lo siguiente: El tema de la subcontratación de personal, relaciones laborales triangulares, tercerización de las relaciones laborales o el denominado outsourcing, consiste en delegar a otras empresas especializadas la ejecución de una serie de servicios o elaboración de productos, que anteriormente realizaba de manera directa a través de sus propios empleados. La figura del outsourcing no se encuentra expresamente prohibida por la Ley Federal del Trabajo, que data de 1970. Frente a la corriente internacional de la globalización y la apertura de las economías, en los últimos 30 años las relaciones laborales han tenido cambios notorios en algunas áreas productivas, bajo la premisa de cubrir la demanda de productos y servicios con costos más bajos, con eficiencia y calidad, en un mercado cada vez más competitivo. Lo que la subcontratación busca es disminuir costos y aumentar la eficiencia, con el propósito fundamental de que la empresa beneficiaria se concentre en su objeto principal. Para algunas empresas este esquema les ha servido para especializarse en alguna rama específica de la industria y para otros centros laborales, ha contribuido para su subsistencia en la economía formal. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social, conjuntamente con el Sistema de Administración Tributaria (SAT), estará trabajando estrechamente para realizar las acciones que correspondan para evitar abusos en esta figura, desde el ámbito de su competencia, como en el caso que hubiere menoscabo en los salarios y prestaciones o en las obligaciones laborales en perjuicio de los trabajadores. En este sentido, la STPS está en contra de la práctica irregular del outsourcing que puede llegar a propiciar abusos, fraudes y simulaciones contra los trabajadores que laboran para empresas que prestan sus servicios a otras –en forma principal– mediante contratos de carácter mercantil. Se trata de un tema que en opinión de la STPS debe ser objeto de una amplia revisión, análisis y discusión, con el objeto de incorporar en la legislación laboral todas aquellas medidas que impidan estas irregularidades. Para la erradicación de las conductas irregulares relacionadas con la subcontratación laboral, se requiere conciliar la efectiva protección de los derechos de los trabajadores, por un lado, y el legítimo interés de los empleadores para encontrar mecanismos que permitan incrementar la competitividad y la productividad de los centros de trabajo, por el otro. Desde hace unos años, se han presentado ante el H. Congreso de la Unión iniciativas que tienen como finalidad abatir las prácticas irregulares que se presentan en esta materia. Por ello, es importante que patrones, trabajadores, legisladores y sociedad en general, mantengan un diálogo permanente y constructivo que lleve a buen término las propuestas para abatir costos en la operación de las empresas, sin que ello implique sacrificar el cúmulo de derechos laborales. En este sentido, ante la eventual reforma a la Ley Federal de Trabajo convendría que se establecieran reglas y requisitos mínimos a que deberían sujetarse las personas que contraten trabajadores para realizar labores de manera permanente y continua, que beneficien a otras, a fin de evitar que éstas eludan las obligaciones laborales para con los trabajadores. México tiene que enfrentar la actualidad laboral y económica con una ley adecuada a la realidad de nuestro tiempo en las relaciones de trabajo. Fuente: Dirección General de Comunicación Social. Secretaría de Trabajo y Previsión Social, (STPS). Secretaría de Hacienda y Crédito Público, (SHCP). SALUDOS
Tópico: GRABA IVA???
lobozac

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 23, 2008 Asunto:
caras dice " la enajenación de pasteles se les aplica la tasa del 0%. Art. 2-A inciso b) LIVA y regla I.5.3.1 de la RMF 2008 "...por ahi dice la citada regla , "V. Productos de panificación elaborados en panaderías resultado de un proceso de horneado, cocción o fritura, [color=red:b54812ef53][u:b54812ef53][b:b54812ef53]inclusive pasteles [/b:b54812ef53][/u:b54812ef53][/color:b54812ef53]y galletas, [color=blue][b]aun cuando estos últimos productos no sean elaborados en una panadería." saludos
Tópico: DESTITUCION DE SOCIO
lobozac

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 23, 2008 Asunto:
Si, definitivamente hay que remontarse a lo que dice el acta constitutiva, ver si existe ese vocablo de "destitucion" y si procede, en tu primer participacion dices "EL MOTIVO ES QUE SE DEDICA A LA MISMA ACTIVIDAD. SIN CONSENTIMIENTO DE LOS [color=red:115eaa5649][u:115eaa5649][b:115eaa5649]SOCIOS[/b:115eaa5649][/u:115eaa5649][/color:115eaa5649]. ....o[color=blue:115eaa5649][u:115eaa5649][b:115eaa5649] sea , mas de dos[/b:115eaa5649][/u:115eaa5649][/color:115eaa5649], . y luego en tu siguiente participacion dices "ASI ES ESTIMADOS COLEGAS ES UNA S.A. Y [color=red:115eaa5649][u:115eaa5649][b:115eaa5649]EXISTE OTRO SOCIO [/b:115eaa5649][/u:115eaa5649][/color:115eaa5649]- CON [color=red:115eaa5649][b:115eaa5649]EL OTRO 50[/b:115eaa5649][/color:115eaa5649]%".........50 mas 50 igual a 100, ......dos socios como maximo..........si "DESTITUYES" A UNO, se acaba la sociedad.......en Mexico NO SE PERMITE LA S.A. unipersonal podrias darnos luz? saludos

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