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Tópico: Prescripción de días de vacaciones
lobozac

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Mensaje Foro: Laboral Enviado: Septiembre 09, 2009 17:53:24 Asunto: Re: Prescripción de días de vacaciones
CUAL ES TU OPINION............DENTRO DE ESE DEBATE ...........NOS AYUDAS CON TU RESPUESTA ? GRACIAS SALUDOS
Tópico: impuesto sobre nomina ¿base integrada?
lobozac

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 09, 2009 17:47:25 Asunto: Re: impuesto sobre nomina ¿base integrada?
[color=blue][b]El Subsidio para el Empleo [/b][/color](SE).- Este concepto [u][b][color=red]si es una remuneracion[/color][/b][/u], LISR SUBSIDIO PARA EL EMPLEO ARTÍCULO OCTAVO. Se otorga el [b][color=blue]subsidio para el empleo [/color][/b]en los términos siguientes: I. Los ingresos que perciban los contribuyentes [color=blue][b]derivados del subsidio para el empleo [/b][/color]no serán acumulables ni formarán parte del cálculo de la base gravable de cualquier otra contribución [u][b][color=red]por no tratarse de una remuneración [/color][/b][/u]al trabajo personal subordinado. NOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOO DIOS MIO.................NOOOOOOOOOOOOOOOOOOOO...............YA NI VIENDO ATINAS ????????????????????......Y NO SE SI ESTAS MAL DE LA CABEZA............O DE PLANO TE BURLAS DE TODO EL FORO, DE LAS PERONAS QUE LO CONFORMAN..........ES MAS .DE LA PAGINA CARAJO QUE MAL ESTA ESTO
Tópico: GASOLINERA TRASPASO A GASOLINERA
lobozac

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 09, 2009 17:35:11 Asunto: Re: GASOLINERA TRASPASO A GASOLINERA
o sea ..........como ??????????????????!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!! ; , : ¨ ´´ saludos
Tópico: Hacienda te cobrará por pagar impuestos
lobozac

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 09, 2009 17:25:46 Asunto: Hacienda te cobrará por pagar impuestos
Hacienda te cobrará por pagar impuestos miércoles 9 de septiembre, 01:15 PM Enrique Duarte Presentar tu declaración anual por Internet u ocupar alguna herramienta del Servicio de Administración Tributaria (SAT) en línea, podría causar más impuestos para los contribuyentes cautivos en México. (Publicidad) Lo anterior se podría ver concretado si la propuesta de reforma tributaria -presentada ayer por la Secretaría de Hacienda- se aprobara, el cual plantea, entre otras, la creación de un impuesto especial a las telecomunicaciones donde se vería implicado el uso del Internet. Desde el año pasado, el SAT ha implementado una campaña para que los contribuyentes mexicanos, que suman poco más de 24 millones entre personas físicas y morales, utilicen la web para la declaración anual (en el declaraSAT en línea o declaración pre-llenada) o el registro de la firma electrónica avanzada (Fiel) o la Clave de Identificación Electrónica Confidencial (CIEC), todo desde la comodidad de la casa para reducir costos. 'El impuesto a las telecomunicaciones gravaría básicamente todos los servicios de telecomunicación, por lo tanto el servicio de Internet sí estaría incluido', dijo el secretario de Hacienda, Agustín Carstens, a la prensa en su presentación del paquete económico 2010. El titular de la dependencia propuso a los legisladores del país en su reforma tributaria el cobro del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) a las telecomunicaciones, con una tasa del 4%. Este impuesto gravará a las empresas que utilicen el espacio radioeléctrico que, a decir de Hacienda, ha generado grandes ingresos para las grandes empresas -monto multiplicado por 12 en términos reales desde 1998 a 2007-, mientras que el pago por uso, goce, explotación o aprovechamiento del espectro radioeléctrico sólo ha crecido 1.13 veces en términos reales. 'El esquema vigente de derechos sólo grava a los concesionarios en función de la cantidad de los megahertz (MHz) que utilizan, sin que se encuentren gravadas de manera específica las percepciones que se obtienen por la prestación de servicios, a través de una red pública de telecomunicaciones y sin que, en algunos casos, los concesionarios cubran aprovechamientos calculados sobre dichos ingresos, motivo por el que el impuesto especial a las telecomunicaciones que se propone resulta adecuado'. Menciona Hacienda en su iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación. Según lo expuesto por la dependencia este impuesto será efectivo en su recaudación por tratarse de un servicio que presta un número reducido de empresas; por otro lado, precisa que recaerá en grupos de altos ingresos dentro de la población. En México existen actualmente unos 27.6 millones de personas que utilizan el Internet, mientras que un 93% de las cuentas son de banda ancha, además de que entre 4 y 5 millones de usuarios se conecta a través de su celular, servicio que también sería gravado por el IEPS en telecomunicaciones. Los datos mostrados por la Asociación Mexicana de Internet (AMIPCI) también relevan que en México existen alrededor de 73.6 millones de teléfonos celulares en uso. 'Con las medidas que se están instrumentando para promover un uso más eficiente del espectro radioeléctrico, mediante la próxima asignación de bandas de frecuencia que está programada, así como con la participación de nuevos proveedores de redes públicas de telecomunicaciones, se espera que se genere una disminución en el precio de los servicios de telecomunicaciones', dijo Hacienda. El Gobierno mexicano licitará en próximas semanas tres frecuencias del espectro radioeléctrico, donde se abrirá una nueva batalla entre los operadores de telecomunicaciones, que se disputan el campo para ofrecer servicios como telefonía, datos, e Internet de banda ancha. Quiénes no paga el impuesto Hacienda dijo que quedan exentos del impuesto la telefonía pública y rural (poblaciones reducidas), así como al servicio de interconexión. El gravamen a las telecomunicaciones podrá ser deducible para efectos del Impuesto Sobre la Renta (ISR). Además del impuesto en cuestión, Hacienda propuso al Congreso la creación de un nuevo impuesto general a las ventas con una tasa del 2%, denominado Contribución para el Combate a la Pobreza. El nuevo gravamen incluye todas las transacciones de todo tipo de bienes y servicios, es decir, un impuesto de aplicación general, según Carstens. Qué entiende Hacienda por telecomunicaciones Red de telecomunicaciones, el sistema integrado por medios de transmisión, tales como canales o circuitos que utilicen bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico, enlaces satelitales, cableados, redes de transmisión eléctrica o cualquier otro medio de transmisión, así como, en su caso, centrales, dispositivos de conmutación o cualquier equipo necesario. Quiénes lo pagan (según la iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación) Por los servicios de telecomunicaciones siguientes: a) De telefonía fija rural, consistente en el servicio de telefonía fija que se presta en poblaciones de hasta 3,000 habitantes, conforme a los últimos resultados definitivos, referidos específicamente a población, provenientes del censo general de población y vivienda que publica el Instituto Nacional de Estadística y Geografía. En el caso de que se levante un conteo de población y vivienda o un instrumento de naturaleza similar de conformidad con la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, en forma previa al siguiente censo general de población y vivienda, dicho conteo o instrumento se aplicará para los efectos del párrafo anterior. El Servicio de Administración Tributaria dará a conocer en su página electrónica el listado de las poblaciones a que se refiere este inciso. b) De telefonía pública, consistente en el acceso a los servicios proporcionados a través de redes públicas de telecomunicaciones, y que deberá prestarse al público en general, por medio de la instalación, operación y explotación de aparatos telefónicos de uso público. c) De interconexión, consistente en la conexión física o virtual, lógica y funcional, entre redes públicas de telecomunicaciones, que permite la conducción de tráfico entre dichas redes y/o entre servicios de telecomunicaciones prestados a través de las mismas, de manera que los usuarios de una de las redes públicas de telecomunicaciones puedan conectarse e intercambiar tráfico con los usuarios de la otra red pública de telecomunicaciones y viceversa, o bien, permite a una red pública de telecomunicaciones y/o a sus usuarios la utilización de servicios de telecomunicaciones y/o capacidad y funciones provistos por o a través de otra red pública de telecomunicaciones. Envía este artículo Comenta con tus amigos Versión para imprimir de plano ya ni la ch.........
Tópico: RECIBO DE NOMINA MENSUAL
lobozac

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 09, 2009 17:17:25 Asunto: Re: RECIBO DE NOMINA MENSUAL
YENY ?...................QUE PASO ?.......TANTO ESFUERZO PARA NADA ?..........TUS COMENTARIOS ?....... GRACIAS SALUDOS [i]Editado: Septiembre 09, 2009 17:17:47[/i]
Tópico: Art. 9 RCFF
lobozac

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 09, 2009 17:09:16 Asunto: Re: Art. 9 RCFF
se genera en la [b][color=red]misma [/color][/b]fecha ........CHISPAS , ENTONCES DONDE ENCUADRA LA EXTEMPORANEIDAD ?...... NOS EXPLICAS ? GRACIAS SALUDOS
Tópico: Rescisión por consumo de drogas
lobozac

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 09, 2009 17:07:35 Asunto: Re: Rescisión por consumo de drogas
ASI COMO DICE PACO.........Y ANEXANDO EL DICTAMEN MEDICO PARA FUNDAMENTAR ANTE LAS AUTORIDADES SALUDOS
Tópico: Iniciativa De Reforma Fiscal 2010
lobozac

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 09, 2009 12:12:27 Asunto: Re: Iniciativa De Reforma Fiscal 2010
ESTIMADO CHAVALON.......SERIA CETU...........O ANDO MAL ? SALUDOS
Tópico: impuesto sobre nomina ¿base integrada?
lobozac

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 09, 2009 10:14:56 Asunto: Re: impuesto sobre nomina ¿base integrada?
A VER....VAMOS A DEJARLE MENSAJE AL CREADOR DEL TOPICO, A FIN DE QUE TOME SU MEJOR DECISION.......... EN MI TIERRA DICE ESTO....... CAPITULO IV DEL IMPUESTO SOBRE NOMINAS DEL OBJETO ARTICULO 28.- Es objeto de este impuesto la realización de erogaciones en efectivo o en especie por concepto de remuneraciones al trabajo personal subordinado, independientemente de la designación que se les otorgue, dentro del territorio del Estado. Para los efectos de este impuesto, se consideran erogaciones destinadas a [b]remunerar [/b]el trabajo personal subordinado, los salarios y demás [color=red][b][u]prestaciones [/u][/b][/color]que se deriven de una relación laboral. CUANDO ELABORAS TU NOMINA, 'CASI ENSEGUIDA' DEL MONTO DE LOS SUELDOS, DIGAMOSLO 'BRUTOS'..,....VA EL CONCEPTO DEL SUBSIDIO AL EMPLEO......Y ASI VARIAS CONTRAPRESTACIONES PARA DETERMINAR EL TOTAL 'NETO' A RECIBIR ES DECIR, SE PODRIA PENSAR QUE EL SUBSIDIO ES UNA VARIABLE QUE 'INTEGRA'...... PUES NO......... LISR SUBSIDIO PARA EL EMPLEO ARTÍCULO OCTAVO. Se otorga el subsidio para el empleo en los términos siguientes: I. Los ingresos que perciban los contribuyentes derivados del subsidio para el empleo no serán acumulables [color=red][u][b]ni formarán parte del cálculo de la base gravable [/b][/u][/color]de cualquier otra contribución [u][b][color=red]por no tratarse de una remuneración [/color][/b][/u]al trabajo personal subordinado. ENTONCES.........CREADOR DEL TOPICO...DEBES TENER MUCHO CUIDADO EN CONSIDERAR EXACTAMENTE LAS PRESTACIONES QUE DERIVEN DE UNA RELACION LABORAL.........Y REPITO, PODRIA PENSARSE QUE EL SUBSIDIO ES UNA PRESTACION SE ESE TIPO COMENTAS ? SALUDOS
Tópico: impuesto sobre nomina ¿base integrada?
lobozac

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 09, 2009 10:05:15 Asunto: Re: impuesto sobre nomina ¿base integrada?
Y SI LE SEGUIMOS ASI.........POR ESO VAMOS COMO VAMOS-...........[u][b][color=red]En mi opinion[/color][/b][/u], la palabra salario o remuneracion ya esta por si sola 'integrada'. SIEMPRE DISTINGUIENDO LA LEY....... NO.........PUES SI............TA BUENO

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