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Tópico: DEDUCCIONES PERSONALES...¿TIENE UN TOPE?
lobozac

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 25, 2006 Asunto: Re: DEDUCCIONES PERSONALES...¿TIENE UN TOPE?
[quote:dc6da36d3c="Ricitos"]Oye Lobosac, entonces como quedamos? si puede tomar como deducción los 8,000 porque no hay tope... [color=red:dc6da36d3c][b:dc6da36d3c]SI HAY TOPE [/b:dc6da36d3c][/color:dc6da36d3c]ES EL MINIMO , [color=blue:dc6da36d3c][b:dc6da36d3c]ALGO ASI COMO 17 MIL DEPENDIENDO DEL AREA (ASI LO DICE EL ARTICULO) (PARA MI NO ES SOLO REQUISITO)[/b:dc6da36d3c][/color:dc6da36d3c] solo requisito... estamos?.. Ahora, otra cosa que escuche en un curso... Una cosa es deducción personal(se deduce en la anual) ........[color=red:dc6da36d3c][b:dc6da36d3c]CORRECTO[/b:dc6da36d3c][/color:dc6da36d3c] y otra deducibles(en el mes que se erogó)...[color=red:dc6da36d3c][b:dc6da36d3c]CORRECTO[/b:dc6da36d3c][/color:dc6da36d3c] Se le preguntó si un gasto de lentes era consdierada deducción y el ponente contesta que [color=red:dc6da36d3c][b:dc6da36d3c]si es estrictamente indispensable para su actividad (es ingeniero en sistemas[/b:dc6da36d3c][/color:dc6da36d3c]) si lo podia hacer deducible....[color=red:dc6da36d3c][b:dc6da36d3c]DE ACUERDO CON SU INTERPRETACION[/b:dc6da36d3c][/color:dc6da36d3c] Como no contestó lo que le preguntaron....[color=blue:dc6da36d3c][b:dc6da36d3c]CONSIDERO QUE SI RESPONDIO LO QUE LE CONTESTARON........NO RESPONDIO LO QUE EL, OYENTE QUERIA ESCUCHAR, PERO SI RESPONDIO AD HOC A LA PREGUNTA........RLISR. Artículo 240.- “Para los efectos de la fracción I del Artículo 176 de la Ley, se consideran incluidos dentro de las deducciones a que se refiere dicha fracción[/b:dc6da36d3c][/color:dc6da36d3c], los [color=red:dc6da36d3c][b:dc6da36d3c]gastos estrictamente indispensables [/b:dc6da36d3c][/color:dc6da36d3c]efectuados por concepto de compra o alquiler de aparatos [color=red:dc6da36d3c][b:dc6da36d3c]para el restablecimiento o rehabilitación del paciente[/b:dc6da36d3c][/color:dc6da36d3c], medicinas que se incluyan en los documentos que expidan las instituciones hospitalarias, honorarios a enfermeras y por análisis, estudios clínicos o prótesis.” Entonces quiere decir que si yo me compre unos lentes(soy contador) no los hice deducibles si no que los quiero considerar deducción personal.......... ¿ es correcto?....[color=red:dc6da36d3c][b:dc6da36d3c]...........ES CORRECTO...... Deducción Personal Se considera Deducción Personal dentro del concepto de prótesis: los [color=blue][b][u:dc6da36d3c]lentes ópticos graduados [/u:dc6da36d3c][/b:dc6da36d3c][/color:dc6da36d3c]que en el comprobante fiscal describa las características de los mismos, o[color=red:dc6da36d3c][b:dc6da36d3c] bien, se adicione el diagnóstico de oftalmólogo u optometrista [/b:dc6da36d3c][/color:dc6da36d3c]([color=blue:dc6da36d3c][b:dc6da36d3c]Regla 3.18.7[/b:dc6da36d3c][/color:dc6da36d3c]).[/b][/color]........Y[color=red:dc6da36d3c][b:dc6da36d3c] SE APLICA PARA AMBOS SUPUESTOS (LO QUE "NO RESPONDIO" EL PONENTE Y LO QUE PREGUNTAS )[/b:dc6da36d3c][/color:dc6da36d3c] Ahora bien.. el honorario médico es una deducción...... [color=red:dc6da36d3c][b:dc6da36d3c]IDEM[/b:dc6da36d3c][/color:dc6da36d3c]... ¿estamos? tengo un contribuyente que gastó en un gastroenterologo,, pago honorarios medicos.. éste le mando hacer estudios de laboratorio... pidio factura... se los consdiero deducción personal?...[color=red:dc6da36d3c][b:dc6da36d3c]SI[/b:dc6da36d3c][/color:dc6da36d3c] SALUDOS Gracias por su apoyo...[/quote:dc6da36d3c]
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lobozac

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 25, 2006 Asunto: Re: DEDUCCIONES PERSONALES...¿TIENE UN TOPE?
[quote:b05adb8e09="CHAVALON"]LOBOZAC: [b:b05adb8e09]LA ESPOSA NO TUVO INGRESOS [/b:b05adb8e09]Y SON A FAVOR DE ELLA LOS GASTOS EFECTUADOS. SALUDOS[/quote:b05adb8e09] LISR Artículo 176. Las personas físicas residentes en el país que obtengan ingresos de los señalados en este Título, para calcular su impuesto anual, podrán hacer, además de las deducciones autorizadas en cada Capítulo de esta Ley que les correspondan, las siguientes deducciones personales: I. Los pagos por honorarios médicos y dentales, así como los gastos hospitalarios, efectuados por el contribuyente para sí, para su [color=red:b05adb8e09][b:b05adb8e09]cónyuge [/b:b05adb8e09][/color:b05adb8e09]o para la persona con quien viva en concubinato y para sus ascendientes o descendientes en línea recta, siempre que dichas personas [color=red:b05adb8e09][b:b05adb8e09]no perciban durante el año de calendario ingresos en cantidad igual o superior a la que resulte de calcular el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente elevado al año[/b:b05adb8e09][/color:b05adb8e09]. LA RESTRICCION ES IMPLICITA, SI ANALIZAMOS EL ENUNCIADO, LA ORACION , VEREMOS QUE EL "TOPE" ES ESE.........PARA QUE PUEDA SER DEDUCIBLE PARA EL CONTRIBUYENTE.............SI LA CONYUGE, PERCIBIERA INGRESOS MAYORES A ESE MONTO, .......EL BENEFICIO DE LA DEDUCCION NO EXISTIRIA PARA EL CONTRIBUYUENTE......ASI LO ENTIENDO E INTERPRETO........ SALUDOS
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lobozac

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 25, 2006 Asunto: Re: DEDUCCIONES PERSONALES...¿TIENE UN TOPE?
[quote:6624e20f81="Ricitos"]En el caso de honorarios médicos, dentales y hospitalarios y primas de seguros no existe tope máximo a erogar en el ARt 176 solo menciona requisitos que cubrir y se refiere cuando es para otra persona que no es el contribuyente... Lobozac, de hecho el comentario que insertaste no menciona nada de monto máximo o tope... eso solo es requisito, y si me aceptaron compensar... porque eso era lo que hice... en realidad no pedi devolución sino compense contra un saldo a pagar.... ¿consideras que fueron inexpertos los auditores? tu crees que eso es posible?[/quote:6624e20f81] CREO QUE PUDIERAMOS DESGASTARNOS SI CONTINUAMOS "FUERA DEL TEMA".......TU MENCIONAS "COMPENSACION"...........EL TOPICO INICIAL MENCIONA TOPES MAXIMOS" .......EL ARTICULO MENCIONA "TOPES MAXIMOS"......ENTONCES ........HABRIA QUE VER "EL SUPUESTO", DE PQ LOS AUDITORES, APLICARON ESE CRITERIO.......PERO ESO ES OTRA HISTORIA.......Y SI.......SI CONSIDERO QUE EXISTEN MUCHOS AUDITORES QUE DESCONOCEN EN MUCHO LA LEY Y AUN ASI "REVISAN" Y DAN "RESULTADOS" FAVORABLES A ALGUNOS CONTRIBUYENTES.........ME HA SUCEDIDO........Y "QUE BUENO" SALUDOS PD , PERO BUENO QUITO EL ENUNCIADO "AGRESIVO " HACIA ELLOS
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 25, 2006 Asunto: Re: DEDUCCIONES PERSONALES...¿TIENE UN TOPE?
[quote:16f5dba625="alegria1708"]HOLA, BUENOS DIAS... ESTOY ELABORANDO UNA DECLARACION ANUAL DE REGIMEN INETERMEDIO, Y EL CONTRIBUYENTE TIENE DEDUCCIONES PERSONALES, CUMPLE CON LOS REQUISITOS DE QUE SON PARA SU ESPOSA, LA CUAL NO TIENE INGRESOS Y CON TODOS LOS REQUISITOS FISCALES, MI DUDA ESTA EN QUE NO ENCUENTRO NINGUN TOPE PARA ESAS DEDUCCIONES, YO TENGO UNA EROGACIÓN DE $8,000.00 EN GASTOS MEDICOS... ¿NO HAY ALGUN TOPE PARA ESTA CANTIDAD? GRACIAS POR SU VALIOSA AYUDA... RECIBAN UN ABRAZO.. CHAO..[/quote:16f5dba625] EN ESTA LIGA ENCUENTRAS MAYOR INFORMACION SALUDOS http://www.nuevoconsultoriofiscal.com.mx/articulos.php?id_sec=2&id_art=38
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 25, 2006 Asunto: Re: DEDUCCIONES PERSONALES...¿TIENE UN TOPE?
[quote:d9e52ecf0f="Ricitos"]No existe un tope para deducciones personales, lo que si te recomiendo es que cumpla con los requisitos y tengas el original en tu poder... yo he metido gastos medicos por primas de seguros de hasta 60,000 y me lo aceptaron.. bueno despues de enviar la declaracion al poco tiempo el SAT me solitió orgiginales de las constancias de retención por sueldos u otros ingresos y exhibiera el comprobante original de la deducción que originó el saldo a favor....y ya no hubo problema...[/quote:d9e52ecf0f] COMPLEMENTANDO "Deducciones Personales (Artículo 176 LISR) I.“Los pagos por honorarios médicos y dentales, así como los gastos hospitalarios, efectuados por el contribuyente para sí, para su cónyuge o para la persona con quien viva en concubinato y para sus ascendientes o descendientes en línea recta, siempre que dichas personas no perciban durante el año de calendario ingresos en cantidad igual o superior a la que resulte de calcular el Salario Mínimo General del Área Geográfica del contribuyente elevado al año.” En cuanto a esta deducción, me permito hacer las siguientes acotaciones: Primero. Adicionalmente a los gastos señalados en esta fracción, el Reglamento de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (RLISR), en su Artículo 240, permite la deducción de los siguientes gastos: RLISR. Artículo 240.- “Para los efectos de la fracción I del Artículo 176 de la Ley, se consideran incluidos dentro de las deducciones a que se refiere dicha fracción, los gastos estrictamente indispensables efectuados por concepto de compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación del paciente, medicinas que se incluyan en los documentos que expidan las instituciones hospitalarias, honorarios a enfermeras y por análisis, estudios clínicos o prótesis.” En materia de la deducción de medicinas, sí quisiera reiterar que estas sólo serán deducibles cuando se incluyan en la factura que emita el propio Hospital (por alguna intervención quirúrgica, algún servicio de emergencia, etc.), por lo que las medicinas adquiridas en cualquier farmacia, inclusive las farmacias que se encuentren dentro de los hospitales, no serán deducibles. Segundo. Los gastos mencionados en esta fracción sólo podrán ser deducibles si son efectuados por el [color=red:d9e52ecf0f][b:d9e52ecf0f]contribuyente [/b:d9e52ecf0f][/color:d9e52ecf0f]en los siguientes casos: * [color=blue:d9e52ecf0f]Para sí mismo[/color:d9e52ecf0f], [color=red:d9e52ecf0f][b:d9e52ecf0f]sin ninguna restricción respecto del monto máximo [/b:d9e52ecf0f][/color:d9e52ecf0f]por este concepto. * [color=red:d9e52ecf0f][b:d9e52ecf0f]Para su cónyuge [/b:d9e52ecf0f][/color:d9e52ecf0f]o para la persona con quien viva en concubinato, el monto de esta deducción está restringido a la siguiente regla: Si el cónyuge o concubina(o), durante el ejercicio de que se trate, obtuvieron ingresos en cantidad igual o superior a un Salario Mínimo del Área Geográfica del contribuyente elevado al año , ...l os gastos efectuados [color=red:d9e52ecf0f][b:d9e52ecf0f]no serán deducibles para el contribuyente." [/b:d9e52ecf0f][/color:d9e52ecf0f] FUENTE; L.C.P y E.F. Gonzalo Guerrro Ruíz
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 25, 2006 Asunto: Re: DEDUCCIONES PERSONALES...¿TIENE UN TOPE?
[quote:da4a612cf7="Ricitos"]No existe un tope para deducciones personales, lo que si te recomiendo es que cumpla con los requisitos y tengas el original en tu poder... yo he metido gastos medicos por primas de seguros de hasta 60,000 y me lo aceptaron.. bueno despues de enviar la declaracion al poco tiempo el SAT me solitió orgiginales de las constancias de retención por sueldos u otros ingresos y exhibiera el comprobante original de la deducción que originó el saldo a favor....y ya no hubo problema...[/quote:da4a612cf7] PUES QUE BUENO QUE "LOS AUDITORES" DE SAT, ACTUARON ASI Y ESO TE BENEFICIO, .....PORQUE LISR Artículo 176. Las personas físicas residentes en el país que obtengan ingresos de los señalados en este Título, para calcular su impuesto anual, podrán hacer, además de las deducciones autorizadas en cada Capítulo de esta Ley que les correspondan, las siguientes [color=red:da4a612cf7][b:da4a612cf7]deducciones personales[/b:da4a612cf7][/color:da4a612cf7]: I. Los pagos por honorarios [color=red:da4a612cf7][b:da4a612cf7]médicos [/b:da4a612cf7][/color:da4a612cf7]y dentales, así como los [color=red:da4a612cf7][b:da4a612cf7]gastos hospitalarios[/b:da4a612cf7][/color:da4a612cf7], efectuados por el contribuyente para sí, para su cónyuge o para la persona con quien viva en concubinato y para sus ascendientes o descendientes en línea recta, [color=red:da4a612cf7][b:da4a612cf7]siempre que dichas personas no perciban durante el año de calendario[/b:da4a612cf7][/color:da4a612cf7] [color=blue:da4a612cf7][b:da4a612cf7]ingresos en cantidad igual o superior a la que resulte de calcular el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente elevado al año.[/b:da4a612cf7][/color:da4a612cf7] SALUDOS
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 25, 2006 Asunto: Re: DEDUCCIONES PERSONALES...¿TIENE UN TOPE?
[quote:cd5e145754="alegria1708"]HOLA, BUENOS DIAS... ESTOY ELABORANDO UNA DECLARACION ANUAL DE REGIMEN INETERMEDIO, Y EL CONTRIBUYENTE TIENE DEDUCCIONES PERSONALES, CUMPLE CON LOS REQUISITOS DE QUE SON PARA SU ESPOSA, LA CUAL NO TIENE INGRESOS Y CON TODOS LOS REQUISITOS FISCALES, MI DUDA ESTA EN QUE NO ENCUENTRO NINGUN TOPE PARA ESAS DEDUCCIONES, YO TENGO UNA EROGACIÓN DE $8,000.00 EN GASTOS MEDICOS... ¿NO HAY ALGUN TOPE PARA ESTA CANTIDAD? GRACIAS POR SU VALIOSA AYUDA... RECIBAN UN ABRAZO.. CHAO..[/quote:cd5e145754] SI HAY TOPES........ARTICULO 176 LISR......ANALIZALO SALUDOS
Tópico: impresores autorizados
lobozac

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 25, 2006 Asunto: Re: impresores autorizados
[quote:5b6558b3f9="mmalarcon"]contesta lobozac por favor[/quote:5b6558b3f9] PUES DALE CLIC AL LA LIGA AHI TE "RESPONDO" TU PREGUNTA.........NO TE CUESTA NADA HACERLO ........ O SI ?
Tópico: DUDA EN LA DECLARACION ANUAL PERSONA FISICA
lobozac

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 25, 2006 Asunto: Re: DUDA EN LA DECLARACION ANUAL PERSONA FISICA
[quote:81cb81daa9="russians"]:mrgreen: BUENAS TARDES, TENGO UNA DUDA EN EL LLENADO DE LA DECLARACION ANUAL EN EL APARTADO DE DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA CORRESPONDIENTE A ENTIDADES FEDERATIVAS, EL CONTRIBUYENTE SE DIO DE ALTA EN JUNIO DEL 2005, EN EL REGIMEN INTERMEDIO, MI DUDA ES¿ TENGO QUE PONER CEROS DESDE ENERO DEL 2005, O SOLO DESDE ES EL MES QUE SE DIO DE ALTA? El hombre que no teme a las verdades nada debe temer a las mentiras.....[/quote:81cb81daa9] "PERO Y ENTONCES QUE HAGO CON EL AVISO QUE ME LLEGO, LO TENGO QUE CONTESTAR MANIFESTANDO QUE YA HICE MI CORRECCION, O SIMPLEMENTE LO IGNORO" CUAL "PREGUNTA VA PRIMERO" ? YA PRESENTASTE ?.........Y YA TE LLEGO UN AVISO .....DE QUE ?........TAN PRONTO ? SI TU OBLIGACION ES DESDE JUNIO.........DEBES SOLO LLENAR DESDE JUNIO........[color=red:81cb81daa9][b:81cb81daa9]SIN PONER CEROS DE ENERO A MAYO[/b:81cb81daa9][/color:81cb81daa9]...........EL DECLARASAT TE PERMITE HACER ESO, ES MAS POSICIONA, EL CURSOR EN EL SIGNO DE INTERROGACION QUE ESTA A LA DERECHA EN LA ESQUINA INFERIOR Y DALE CLIC Y AHI TE EXPLICA ......."QUE SOLO DESDE QUE TE DISTE DE ALTA" SALUDOS
Tópico: Carta de Ingreos
lobozac

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 25, 2006 Asunto:
PARA QUE LA NECESITA ?.........EN RAZON DE ESTO ES EL CONTENIDO SALUDOS

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