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Tópico: automovil del 2013... en 2014 ??
arturoherrera77

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 29, 2014 11:54:46 Asunto: Re: automovil del 2013... en 2014 ??
Yo me iria por la opcion 3 que tu planteas, esto son los fundamentos: 31. Deducción de inversiones Las inversiones únicamente se podrán deducir mediante la aplicación, en cada ejercicio, de los por cientos máximos autorizados por esta Ley, sobre el monto original de la inversión, con las limitaciones en deducciones que, en su caso, establezca esta Ley. Tratándose de ejercicios irregulares, la deducción correspondiente se efectuará en el por ciento que represente el número de meses completos del ejercicio en los que el bien haya sido utilizado por el contribuyente, respecto de doce meses. Cuando el bien se comience a utilizar después de iniciado el ejercicio y en el que se termine su deducción, ésta se efectuará con las mismas reglas que se aplican para los ejercicios irregulares. LISR 25-IV, 32, 33, 34, 35, 36 y DT 2014-9-V RISR 66 CFF 11 RCFF 29-II RM 2014 I.3.3.2.1., I.3.3.2.2., I.3.3.2.3. y II.2.6.9.4. Decretos ISR 5 Art. 36 LISR fracc II INVERSIONES EN AUTOMOVILES II. Las inversiones en automóviles sólo serán deducibles hasta por un monto de $130,000.00.
Tópico: LEYENDA FACTURA EN RECIBOS DE ARRENDAMIENTO?
arturoherrera77

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 29, 2014 10:55:36 Asunto: Re: LEYENDA FACTURA EN RECIBOS DE ARRENDAMIENTO?
Deben de ser CFDI que cumplan con los requisitos del 29 y 29-A de CFF, no existe el el Codigo, Recibos de arrendamiento, ni facturas, solo el término Comprobantes Fiscales y dependiente del tipo de actividad a facturar seran los querisitos que deben de llevar al ser expedidos
Tópico: 53% deducible prestaciones a empleados
arturoherrera77

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 29, 2014 09:45:17 Asunto: Re: 53% deducible prestaciones a empleados
Leyendo con mas detalle el artículo me encuentro con la palabra HASTA, por lo que ahí esta la solución para los patrones XIV. Las gratificaciones que reciban los trabajadores de sus patrones, durante un año de calendario, [color=red]hasta[/color] el equivalente del salario mínimo general del área geográfica del trabajador elevado a 30 días, cuando dichas gratificaciones se otorguen en forma general; así como las primas vacacionales que otorguen los patrones durante el año de calendario a sus trabajadores en forma general y la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas, hasta por el equivalente a 15 días de salario mínimo general del área geográfica del trabajador, por cada uno de los conceptos señalados. Tratándose de primas dominicales hasta por el equivalente de un salario mínimo general del área geográfica del trabajador por cada domingo que se labore. Si el articulo nos permite exentar HASTA 30 dias, que opinan de exentar menos días, ...........pobres trabajadores
Tópico: Asimilados a Salarios
arturoherrera77

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 29, 2014 09:37:25 Asunto: Re: Asimilados a Salarios
Por la situación que expones, muy probablemente la consultoria para la que trabajas no esta haciendo tus retenciones, lo cual es obligación de ella, sin que tu le des ninguna instrucción, asi como de darte de alta en el IMSS con el salario real. La obligacion de expedir CFDI de Nomina en 2014 es de la consultoria Los bonos tambien gravan para ISR. Pide tu contancia y presenta tu declaración, la facultad de fiscalizas a la consultoria es del SAT y del IMSS. Puedes mediante un correo al SAT y al IMSS exponerles la situación que te afecta a tí como contribuyente y en tu seguridad social
Tópico: 53% deducible prestaciones a empleados
arturoherrera77

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 24, 2014 08:58:45 Asunto: Re: 53% deducible prestaciones a empleados
Ojala y que saque una regla que te permita no considerar dentro dellimite de deducción, la parte exenta de las prestaciones que exigue pagar la LFT, ( aguinaldo, PTU, Prima Vacacional, Prima Dominical ) y dejar dentro de la limitante las demas prestaciones que no son exigibles otorgar por parte de la LFT por ejemplo Fondo de ahorro, SGM, Vales de despensa, etc, etc. Tratando un poco de resolver la gravosidad que esta disposicion causa a las prestaciones minimas
Tópico: La Venta de PAsteles Grava IVA y IEPS
arturoherrera77

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 23, 2014 18:04:43 Asunto: Re: La Venta de PAsteles Grava IVA y IEPS
En principio diria que grava IVA al 0% por ser alimento, pero si art. 2-a LIVA ALIMENTOS QUE CAUSAN EL IMPUESTO AL 16% (Re) Se aplicará la tasa del 16% a la enajenación de los alimentos a que se refiere el presente artículo preparados para su consumo en el lugar o establecimiento en que se enajenen, inclusive cuando no cuenten con instalaciones para ser consumidos en los mismos, cuando sean para llevar o para entrega a domicilio. Te recomiendo que elabores una consulta al SAT, para que tengas el criterio de la autoridad Respecto a IESP, tendrias que ver el contenido calorico para ver si es sujeta del Impuesto, que es muy probable que si, al menos que sean pasteles de frutas sin calorias
Tópico: 53% deducible prestaciones a empleados
arturoherrera77

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 23, 2014 17:51:41 Asunto: Re: 53% deducible prestaciones a empleados
Buen día Compañeros Vuelvo a traer este tema a la mesa de discusión Como es posible que, por Ley te obliguen a exentar el Aguinaldo, la prima vacacional, la PTU, y Prima dominical XIV. Las gratificaciones que reciban los trabajadores de sus patrones, durante un año de calendario, hasta el equivalente del salario mínimo general del área geográfica del trabajador elevado a 30 días, cuando dichas gratificaciones se otorguen en forma general; así como las primas vacacionales que otorguen los patrones durante el año de calendario a sus trabajadores en forma general y la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas, hasta por el equivalente a 15 días de salario mínimo general del área geográfica del trabajador, por cada uno de los conceptos señalados. Tratándose de primas dominicales hasta por el equivalente de un salario mínimo general del área geográfica del trabajador por cada domingo que se labore. Y te hagan pagar el 30% de ISR por hacer todas esas exenciones, cuando no tienes forma de hacer otra cosas, ni modo de que graves 100% al aguinaldo, a la PTU, la Prima Vacacional y a la Prima Dominical, ahora ni modo de que no las otorgues, por ley las tienes que pagar ( LFT ) y también por ley las tienes que exentar ( LISR Art. 93 Fracc. XIV) Cuál es la competitividad para las empresas, estos son los números para ver el efecto Total de Ingresos exentos por Sueldos y Salarios DIM 2013 3,000,000 3,000,000 % de Gasto no deducibles 53% 47% Monto no deducible 1,590,000 1,410,000 Tasa de ISR empresarial 30% 30% ISR A pagar 477,000 423,000 Si un empleado tenía mas ó menos en 2013 un costo de un 30% más de su sueldo bruto ( 3% ISN, 20% IMSS, 2%SAR, 5%INFONAVIT ), ahora hay que sumarle este otro costo mas, de a como queda la carga fiscal ahora, y no quiero ver cuanto hay que sumarle con la reforma a la ley del IMSS Pega muy fuerte esta situación a ver si fiscalia saca un articulo de este tema Ustedes que opinan, ya le hicieron cuantas a sus patrones.... mejor espérense al aumento de sueldos y luego le dicen
Tópico: Devolucion IVA, poniendome el huareche antes de espinarme
arturoherrera77

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 20, 2014 18:14:40 Asunto: Re: Devolucion IVA, poniendome el huareche antes de espinarme
El IVA es Acreditable en la medida en que el gasto sea deducible. Puedes hacer incurrir a tu cliente en el delito de dedraudación, por estar tratando de obtener una devolucion indebida
Tópico: ayuda selección de tesis relacionada con materia fiscal
arturoherrera77

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 20, 2014 10:24:23 Asunto: Re: ayuda selección de tesis relacionada con materia fiscal
Te recomiendo hacer tú tesis de un tema, del que tengas mas dominio ó bien de un tema que te guste. Para que lo desarrolles de una mejor manera, por que cuando nos imponen algo como que no se trabaja muy bien que digamos. Si te gusta el tema fiscal IVA en frontera, desarrollalo, en la exposision de motivos puedes encontrar mucho material que te sirve
Tópico: ARRENDAMIENTO 11% O 16%
arturoherrera77

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 20, 2014 10:20:17 Asunto: Re: ARRENDAMIENTO 11% O 16%
Las rentas de 2013, se estan pagando conforme a las disposiciones fiscales aplicables, el que se esten depositando en un juzgado es solo para efectos de que las reclame el legitimo heredero, por lo que no creo que el banco te quiera pagar lo que pretendes. De 2014 si se esta causando la situación de hecho prevista en la ley, es decir la renta se debe de pagar ( depositar en el juzgado ), con la nueva tasa de IVA es decir 16%

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