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Tópico: bajaran de precios los carros
arturoherrera77

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 28, 2010 10:09:57 Asunto: Re: bajaran de precios los carros
Y ademas de que no le entendemos nosotros, menos las agencias Pero es como todas nuestras leyes fiscales, dificiles de entender, complicadas y rebuscadas, con necesida de reglas adicionales. Por que no ponen las cosas claras como deben de ser Pero bueno Sacan una nueva ley, a estudiarla, entenderla e ir a un curso Sacan un decreto, varios dias para entenderlo y un buen de dudas que salen En fin, como fiscalistas es nuestro trabajo aclarar las leyes fiscales
Tópico: estados de cuenta obtenidos de internet.
arturoherrera77

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 25, 2010 18:30:54 Asunto: Re: estados de cuenta obtenidos de internet.
NUNCA SE LE HA QUERIDO DAR VALIDEZ A LOS ESTADOS DE CUENTA BAJADOS DE INTERNET. EN LAS AUDITORIAS TE PIDEN LOS QUE TE LLEGAN POR CORREO, LOS IMPRESOS POR INTERNET NO TE LOS ACEPTAN A PESAR DE QUE NO ES LEGAL PEDIR LOS ESTADOS DE CUENTA EN LAS AUDITORIAS, PUES LOS MISMOS NO FORMAN PARTE DE LA CONTABILIDAD PERO BUENO ES MEJOR ENTREGARLOS QUE DISCUITIR CON AUDITORES QUE LO IGNORAN Y MAXIME QUE MUCHOS DE LOS ESTADOS DE CUENTA BAJADOS DE INTERNET TE MENCIONAN LA LEYENDA DE QUE NO ES UN COMPROBANTE FISCAL, ES MAS NI LOS MISMOS BANCOS SE LOS ACEPTAN A LAS PF, PARA DARLES UN CREDITO, LES PIDEN EL ORIGINAL CON LA REGLA QUE MENCIONO SI SE VA A PODER, YA QUE LOS ESTADOS DE CUENTA VAN A SER CFD
Tópico: VENCIMIENTO DE DICTAMENES 2009
arturoherrera77

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 25, 2010 18:24:28 Asunto: Re: VENCIMIENTO DE DICTAMENES 2009
LO OFICIAL ES LO DE LA RMF 2010, EL IMCP NO ES AUTORIDAD PARA DAR LA PRORROGA ( con todo respeto ) tomar la fecha de la RMF
Tópico: bajaran de precios los carros
arturoherrera77

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 25, 2010 18:04:16 Asunto: Re: bajaran de precios los carros
PUES YA FUE OFICIAL SE QUITA LA TENENCIA DE MANERA GRADUAL PERO EL BENEFICIO LO ESTOY ENTENDIENDO QUE APLICA COMO UN ESTIMULO, ES DECIR SI ERES HONORARIO, ARRENDAMIENTO, ACTIVIDADES EMPRESARIALES Ó PM Y PAGAS ISR, VAS A PODER DECIR QUE NO VAS A PAGAR TENENCIA SI COMPRAS UN CARRO NUEVO, PERO SI ERES ASALARIADO Y NO PRESENTAS ANUAL, Ó BIEN NO TIENES CONTRA QUE APLICARTE EL ESTIMULO DE AGUANTAS Y PAGAS LA TENENCIA NO SE USTEDES SI ES ASI COMO LO ESTOY ENTENDIENDO HABRA QUE VER LA REGLAS DE LA SHCP CIUDAD DE MÉXICO (Notimex) — La eliminación de la tenencia vehicular para unidades nuevas que hoy entra en vigor también beneficiará a quienes adquieran automotores con valor mayor a 250,000 pesos, ya que sólo pagarán el impuesto sobre el valor excedente, según el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación. El documento establece un estímulo fiscal a fabricantes, ensambladores, distribuidores y comerciantes de unidades nuevas de hasta 250,000 pesos, considerando que en México el promedio de la venta anual de vehículos con ese valor representa más de 90% de 2000 a 2009. Señala también que cuando el valor de estos vehículos exceda de 250,000 pesos 'el estímulo se limitará hasta una cantidad equivalente al impuesto sobre tenencia o uso de vehículos que correspondería al vehículo nuevo en caso de que su valor total fuera de la cantidad señalada'. En este caso, el comprador sólo podrá considerar como base para determinar la deducción de dicho gasto, el monto pagado por la diferencia. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) precisa en el texto que el monto del estímulo fiscal sólo podrá acreditarse contra el Impuesto Sobre la Renta (ISR) del ejercicio 2010 o 2011, según se trate, y los pagos provisionales de dichos ejercicios hasta por el monto del gravamen. Para el caso de personas morales, el decreto informa que el estímulo será para aquéllas que adquieran vehículos nuevos con un valor total superior a 175,000 pesos, mismo que podrá acreditarse contra el ISR del ejercicio. Dicho beneficio consiste en un crédito fiscal que se obtendrá, considerando el diferencial del impuesto sobre la tenencia pagado por el contribuyente y el monto deducible de dicho gasto conforme a la Ley del ISR. También en el caso de las personas morales, expone, cuando estos vehículos nuevos tengan un valor mayor a 250,000 pesos, el monto máximo de dicho estímulo será el diferencial entre el referido impuesto sobre la tenencia deducible aplicable a un vehículo con valor total de 175,000 pesos. El decreto presidencial subraya que tales beneficios, tanto para personas físicas como morales, se otorgarán durante los próximos 18 meses, aunque aclara que están excluidas unidades como motocicletas, aeronaves, embarcaciones, veleros, esquís acuáticos motorizados, motocicletas acuáticas y tablas de oleaje con motor. Zona de comentariosComparte esta liga: Email Regístrate ahoraContraseña ¿Olvidaste tu contraseña? identificado como: [Salir] Restan caracteres Términos y condiciones | Ayuda Viernes 25 de junio de 2010 17:57:01 | México DF Principales Noticias Google está ante un nuevo enemigo: Facebook Moody´s advierte daño por reforma financiera en EU La eliminación de la Tenencia se 'acelera' Canadá da lecciones de economía a EU Tony Hayward, ¿tiene futuro en BP? Apple llena al mundo de iPads Wall Street, atento al mercado y al Mundial El consumidor antes, durante y después de la recesión El narco afecta a los negocios del norte mexicano Sale la réplica del iPad en China Twitter evade la ley del silencio La Fed protege más a los consumidores en EU Sólo 7% de los grandes ejecutivos son mujeres Pilotos de Spirit Airlines llegan a un acuerdo Wall Street ya tiene a su ganador mundialista La economía argentina se beneficia del Mundial BP pagará por todos los daños: Obama ¿Hacia dónde va la economía de Venezuela? Kevin Costner dice tener la solución al derrame de crudo Afganistán, el centro minero más importante El chip más avanzado del mundo La huelga en Spirit Airlines afecta a miles Los nuevos gadgets que se estrenan Los estadounidenses migran a América Latina Oportunidad y calidad de vida en América Latina • • • •
Tópico: estados de cuenta obtenidos de internet.
arturoherrera77

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 24, 2010 16:59:27 Asunto: Re: estados de cuenta obtenidos de internet.
LO UNICO QUE ENCONTRE FUE ESTA REGLA LA CUAL INDICA QUE SI EL ESTADO DE CUENTA ES CFD YA ESTUFAS VALE PARA EFECTOS FISCALES, ASI QUE MUY SEGURAMENTE NOS VAMOS A OLVIDAR DE MAS PAPEL EN LAS COCILIACIONES BANCARIAS Expedición de estados de cuenta como comprobantes fiscales digitales II.2.8.3. Para los efectos del artículo 29, séptimo, octavo, noveno y décimo párrafos del CFF y de las reglas I.2.11.5., II.2.8.2. y II.2.8.4., las instituciones de crédito, las casas de bolsa, las sociedades operadoras de sociedades de inversión, las distribuidoras de acciones de sociedades de inversión, las sociedades financieras de objeto múltiple reguladas y las empresas comerciales no bancarias emisoras de las tarjetas de servicios a que se refiere la regla I.2.10.19., que expidan estados de cuenta que cumplan con los requisitos para ser considerados como comprobantes fiscales digitales, deberán estar a lo siguiente: I. Incorporar en el estado de cuenta, el número de la cuenta de que se trate, en lugar del folio del comprobante fiscal digital. II. Señalar la fecha de corte de la cuenta de que se trate, la hora, minuto y segundo en que se generó el estado de cuenta como comprobante fiscal digital, en lugar de la fecha, hora, minuto y segundo en que se generó el mismo comprobante. III. Señalar el año al que corresponda el estado de cuenta, en lugar del número y año de aprobación de los folios. CFF 29, RMF 2010 I.2.10.19., I.2.11.5., II.2.8.2., II.2.8.4.
Tópico: Ya esta lista la primera modificacion a la RMF 2010
arturoherrera77

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 24, 2010 16:46:01 Asunto: Ya esta lista la primera modificacion a la RMF 2010
Hace unos dias que salio al RMF 2010 y ya tiene proyectada la primera modificación Lo nuevo son la prorroga que ya sabiamos para presentar el Dictamen Fiscal y los anexos que no se van a incluir, pero ahora si es 'oficial ' http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/informacion_fiscal/legislacion/52_1359.html
Tópico: bajaran de precios los carros
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 24, 2010 16:38:07 Asunto: Re: bajaran de precios los carros
Y dicen por ahí que el prometer no emprobrece FCC dice cuando me vaya les voy a quitar la Tenencia, pero por que no lo hace ya, hoy, hoy, hoy como decia Fox. Y luego el que venga a la mejor va a decir saben que siempre, lo que dijo mi antecesor NO SE VA A PODER, pero bueno, no se por que Calderon deja para sus ultimos dias ,el dejar que los mexicanos paguemos la TENENCIA
Tópico: Qué tiempo tiene la autoridad?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 24, 2010 16:34:36 Asunto: Re: Qué tiempo tiene la autoridad?
Así es mi estimada duranguense Pidele la contribuyente que vaya a la Juridica a ver que onda con el asunto, si ya resolvieron y que resolvieron y a quin notificaron Y luego que sepas a quin notificaron ponle su regañanada por no haberles avisado Jajaja
Tópico: comprobante fiscal testado
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 24, 2010 16:13:29 Asunto: Re: comprobante fiscal testado
recomienta al doctor, que en sus comprobantes ya tenga un renglon antes del cierre de la cuenta en donde ya venga pre-impreso la palabra exento, para que asi no tenga que testar las tasa de iva a la que va a facturar un servicio.
Tópico: Qué tiempo tiene la autoridad?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 24, 2010 16:09:10 Asunto: Re: Qué tiempo tiene la autoridad?
Tiene 3 meses para contestar si no aplicas la negativa ficta, es decir resolvio negativamente Art. 37 del CFF. Si existe la respuesta, esta se notificó, lo conveniente es ir a la autoridad que resolvio el recurso, para que te informen a quién se le notifico. Y ya tú vez si se siguieron las formalidades para la notificaciones

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