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Tópico: COMPLEMENTOS DE FACTURAS POR IEPS E IVA DESPUES DEL 2014
arturoherrera77

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 12, 2013 16:44:58 Asunto: Re: COMPLEMENTOS DE FACTURAS POR IEPS E IVA DESPUES DEL 2014
NO ENTIENDO TU CUESTIONAMIENTO COMPAÑERO GORNELAS, CON TODO RESPECTO
Tópico: Duda sobre comprobantes fiscales desgloce de IEPS
arturoherrera77

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 12, 2013 16:38:57 Asunto: Re: Duda sobre comprobantes fiscales desgloce de IEPS
En el caso de ustedes que no son productores el IEPS va a ser parte de sus costos Cuando recien se puso IEPS a los servicios de telecomunicación, los fiscalistas de TELMEX, desglosaban el impuesto en el recibo, creo que ahora ya no lo hacen. Por eso se llama Impuesto especial sobre PRODUCCION Y SERVICIOS
Tópico: Notas de cargo 5%
arturoherrera77

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 11, 2013 10:51:05 Asunto: Re: Notas de cargo 5%
Esta parte: En disposiciones transitorias se establece que respecto de los actos o actividades celebrados hasta 2013, los pagos que se realicen después del 10 de enero de 2014 no gozarán de las tasas reducidas ni de las exenciones que se eliminan en virtud de la reforma. Cambiar por esta otra: En disposiciones transitorias ( pendientes de publicar ) se establece que respecto de los actos o actividades celebrados hasta 2013, los pagos que se realicen después del 10 de enero de 2014 no gozarán de las tasas reducidas ni de las exenciones que se eliminan en virtud de la reforma. Y lo que puedan mejorar adelante Recordemos que es obligacion de los clientes saber de sus obligaciones fiscales , por etica profesional se les hace esta recomendación.
Tópico: Notas de cargo 5%
arturoherrera77

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 10, 2013 12:33:48 Asunto: Re: Notas de cargo 5%
Le paso el comunicado que elabore COMUNICADO San Pedro Garza García, a 10 de Diciembre de 2013 Estimados clientes de Zona Fronteriza, el presente comunicado es para darles a conocer que dentro de las Reformas Fiscales que estarán vigentes el próximo año, se contempla el incremento en la tasa de IVA ( Impuesto al Valor Agregado ), el cual quedó aprobado pasar de una tasa actual del 11% a un 16% a partir del 01 de Enero de 2014. En disposiciones transitorias se establece que respecto de los actos o actividades celebrados hasta 2013, los pagos que se realicen después del 10 de enero de 2014 no gozarán de las tasas reducidas ni de las exenciones que se eliminan en virtud de la reforma. Por lo anterior; exhortamos anticipar su pagos antes de esa fecha con la finalidad de no verse afectados por el incremento en la tasa del impuesto, pues probablemente la autoridad hacendaria obligue a la expedición de un comprobante fiscal complementario por un 5% adicional que viene a ser el incrementó en la tasa del IVA de esa zona, como sucedió en el ejercicio fiscal 2010 cuando se incremento la tasa general del IVA del 15% al 16% y se expidió notas de cargo por el 1% adicional con la siguiente leyenda “Este comprobante es complementario del expedido con el folio __ de fecha ______”........, con ello se obligaba a pagar el impuesto completo, para poder hacer deducible el gasto o la compra. Agradecemos de antemano su consideración al presente comunicado y aprovechamos para desearles una FELIZ NAVIDAD Y UN PROSPERO AÑO NUEVO Cordialmente, _________________________ Julano de tal por cual Dirección de Contraloría
Tópico: CHAVALON
arturoherrera77

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 27, 2013 13:12:47 Asunto: Re: CHAVALON
Como se comento en participación anterior: uno siembra lo que cosecha y mi estimado Chavalon has sembrado admiración y respeto en éste foro. Mis mejores deseos de que te recuperes pronto y puedas volver a estar con tu activa particpación. Un abrazo y mucho animo primero Dios esta prueba la libras
Tópico: Solicitud de RFC con CURP
arturoherrera77

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 06, 2013 17:18:44 Asunto: Re: Solicitud de RFC con CURP
Esta muy bien que ya se pueda con la CURP, lo unico malo es que tengas que acudir a las oficinas para tramitar la CIEF
Tópico: deduccion de una pick up
arturoherrera77

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 06, 2013 17:16:06 Asunto: Re: deduccion de una pick up
Con todo respeto El articulo 37 LISR Dice: Las inversiones únicamente se podran deducir mediante la aplicación, en cada ejercicio, de los porcientos máximos autorizados por esta ley, sobre el MOI, con las limitaciones en deducciones que en su caso establezca esta Ley. Por lo tanto no se puede aplicar lo del ejemplo del Mercedes benz que se menciona
Tópico: RECARGOS SON DEDUCIBLES PARA ISR Y PARA IETU
arturoherrera77

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 06, 2013 17:08:54 Asunto: Re: RECARGOS SON DEDUCIBLES PARA ISR Y PARA IETU
El ar. 5 fracc IV LIETU permite deducir las penas ó indemnizaciones, ahora bien los recargos son las penas por no pagar a tiempo una contribución, con este fundamento estaria permitida su deduccion para IETU
Tópico: comsumo restaurantes 50 km
arturoherrera77

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 05, 2013 09:45:56 Asunto: Re: comsumo restaurantes 50 km
Manejelo como gastos de viaje, en muchos de estos caso no necesarioamente se hospeda la gente en el luga a donde va, como es el caso que menciona, mas sin embargo se tiene forma de comprobar el viaje, con otros comprobantes que no son los de hotel
Tópico: NOMINAS ELECTRONICAS... NUEVAS REFORMAS
arturoherrera77

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 05, 2013 09:41:46 Asunto: Re: NOMINAS ELECTRONICAS... NUEVAS REFORMAS
Los retenedores son los que van a expedir CFDI por las retenciones que efectuen, en el caso de los recibos de nomina, los patrones tendran que expedirlos. Si usted presta servicios profesionales, su retenedor le expedira constancia de las reteciones efectuadas ( IVA e ISR Honorarios )

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