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Tópico: no me reciben la hoja de ayuda de la declaracion anual en los bancos
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 22, 2009 21:45:29 Asunto: Re: no me reciben la hoja de ayuda de la declaracion anual en los bancos
Hola a todos, Yo también tuve exactamente el mismo problema para pagar IETU a cargo de la Dec. Anual de dos clientes. En Santander, HSBC, Banamex y Bancomer ni siquiera conocían la famosa Hoja de Ayuda y aún cuando llevaban la Tarjeta Trubutaria se negaron a aceptarlos. En ambos casos opte por pagar a través de Internet, en un caso de la cuenta del causante y en el otro 'me aventé' a pagar de mi propia cuenta, en la cual tengo un deposito y una salida por exactamente la misma cantidad. ¿Puede haber algún problema por haber pagado así? En el recibo de pago de la contribución no aparece de que cuenta se pago. Espero sus comentarios... gracias y saludos.
Tópico: aplica PTU para asimilados a asalarios?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 19, 2009 18:37:30 Asunto: Re: aplica PTU para asimilados a asalarios?
No, no aplica PTU para asimilados, pero en caso de que las Autoridades los llegaran a a considerar como empleados disfrazados si podrían, como consecuencia, incluirlos en la nómina con todos los derechos y obligaciones que conlleva para el patrón.
Tópico: Envío duplicado de Declaración Anual
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 19, 2009 18:33:05 Asunto: Envío duplicado de Declaración Anual
Hola , Traté de enviar una Declaración Anual de Persona Física y la respuesta que obtuve fué de que por el momento no podía ser recibida, que lo intentara más tarde. Como media hora después intenté enviar otra declaración y me salió el mismo aviso. Lo deje por la paz. Al día siguiente mande nuevamente esas dos declaraciones y otras más sin ningún problema. Pero al revisar en el correo electrónico los acuses de recibo me percate que las dos que teóricamente no había podido enviar si habían pasado, por lo que resulto que el envío de ambas se duplicó. ¿hay algun problema? ¿cuál es la buena, la primera o la segunda? Gracias por su comentarios,
Tópico: CIECF..........COMO SE LE HACE ????????
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 19, 2009 18:23:43 Asunto: Re: CIECF..........COMO SE LE HACE ????????
Lobozac: Nunca te habia 'visto' tan enojado!! Tienes toda la razón, ya atuve el mismo problema con una client, (una persona de 83 años) y la tuve que llevar a una Oficina del SAT a fortalecer su CIEC. Saludos domingueros,
Tópico: INGRESOS PROVENIENTES DE COPROPIEDAD - COMPENSACION
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 14, 2009 19:08:31 Asunto: Re: INGRESOS PROVENIENTES DE COPROPIEDAD - COMPENSACION
Hola Rubén, En el caso que me ocupa, no se trata del representante de la copropiedad, sino de uno de 4 copropietarios, cada uno de los copropietarios ha pagado siempre en forma individual por sus ingresos en forma proporcional y presentando en lo individual su Declaración Anual, generalmente cada año han tenido saldo a favor en ISR y nunca hemos tenido problemas para obtener las devoluciones correspondientes via tramite. Es ahora con el IETU a cargo con lo que me he atorado.
Tópico: INGRESOS PROVENIENTES DE COPROPIEDAD - COMPENSACION
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 14, 2009 18:31:39 Asunto: INGRESOS PROVENIENTES DE COPROPIEDAD - COMPENSACION
Buenas tardes a todos, Me acaba de surgir una duda que espero que en este Foro me ayuden a resolver: A una Persona Fisica, con ingresos provenientes de una Copropiedad, en virtud de tener bastantes Deducciones Personales le resulta un ISR a favor por $ 40,247 y un IETU a cargo por $ 32,225.00 MI planteamiento es el siguiente: 1.- El SAT a autorizado a compensar el ISR contra el IETU, presentando los avisos correspondientes en Mayo; 2.- El ISR a favor proveniente de ingresos en copropiedad no es objeto de devolución automática, sino via tramite. 3.- Yo interpreto que tampoco sería procedente la compensación inmediata mencionada en el punto 1 4.- Considero que se debería pagar el saldo a cargo de IETU y posteriormente solicitar la devolucion del ISR Les solicito que me orienten cual sería el procedimiento correcto, ya que estamos hablando de un desembolso inmediato de más de treinta mil pesos!!! MIl gracias y espero sus comentarios. Saludos a todos, Lmpsc
Tópico: PESISMO EL DECLARASAT VERSION 2009.
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 13, 2009 22:36:33 Asunto: Re: PESISMO EL DECLARASAT VERSION 2009.
Hola compañeros Foristas, Ya no hay que preocuparse tanto por la cita para la compensación, (de ISR contra IETU), el los cinco días siguientes, el SAT ya ya sacó hoy información de que el aviso se puede presentar durante el mes de Mayo. Saludos,
Tópico: Deduccion en dec.anual PF
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 09, 2009 13:50:51 Asunto: Re: Deduccion en dec.anual PF
Hola Serena, Yo he tenido el mismo caso y partiendo de que tengo copia de todos los gastos reclamados y del cheque y la liquidación del reembolso de la Compañía de Seguros,lo que he hecho es desglozar los gastos médicos y anotar los datos de las personas a quienes se les hizo el pago y después restar lo reembolsado por la Aseguradora . (en los papeles de trabajo ya quedó plasmado en su caso la proporción que corresponde a gastos no deducibles tales como medicamentos). He seguido este procedimiento y en revisiones del SAT no he tenido problemas. Saludos,
Tópico: DeclaraSat - No considera IETU Retenido
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 03, 2009 00:23:17 Asunto: Re: DeclaraSat - No considera IETU Retenido
Mil gracias a todos, especialmente a Chavalon por su apoyo y comentarios para tratar de descifrar estos enigmas del ISR/SAT. Definitivamente admito que soy una de las 'despistadas' que no capta a la primera, pero ya entendí. Ojalá los programas fueran elaborados por usuarios y prácticos y no nada más por genios técnicos Saludos a toda comunidad.
Tópico: DeclaraSat - No considera IETU Retenido
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 01, 2009 00:02:16 Asunto: Re: DeclaraSat - No considera IETU Retenido
Mil disculpas si soy repetitiva, pero a ver si ya me quedó claro: Chavalon dice: [color=maroon]Las retenciones de ISR se capturan en: 'En EL ANEXO 'IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA', en la parte inferior derecha, con letra azul te señala: 'Acreditamientos' al abrir te da la opción de anotar los P.P. de ISR' [/color] De lo cual deduzco que las retenciones efectuadas las debo considerar como pagos provisionales ¿es correcto? Gracias...

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