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Tópico: COMPENSACION IDE CONTRA IEPS DE GASOLINERAS
RubenPineda

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 15, 2009 22:08:21 Asunto: Re: COMPENSACION IDE CONTRA IEPS DE GASOLINERAS
Un último comentario: Si trabajas en una estación de servicio, desde septiembre - octubre del año pasado algunos bancos (banorte, santander) tienen una cuenta que se llama Pemex En Linea, donde depositas tu efectivo y no hay retención del IDE. Informate y piensale....!!! (no es cierto, canijo ife me tiene hasta el gorro con sus anuncios)...informate en tu banco y tramita esa cuenta. Hasta luego.
Tópico: COMPENSACION IDE CONTRA IEPS DE GASOLINERAS
RubenPineda

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 15, 2009 21:58:38 Asunto: Re: COMPENSACION IDE CONTRA IEPS DE GASOLINERAS
Este es el fundamento: El articulo 29 (viene al final de la redacción) nos dice que los estados administrarán el 100% de lo recaudado por el IEPS, por lo tanto no creo procedente la compensación de un impuesto federal contra uno estatal; aparte no encontré ninguna referencia a cualquier tipo de compensación. DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, del Código Fiscal de la Federación, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios y de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, y se establece el Subsidio para el Empleo . (Publicado el día 1 de octubre de 2007). Aumento a gasolinas y diesel : Este aumento se aprobo en el congreso y se incluyo en el decreto original, modificando lo siguiente: Se modifica el artículo 2-A el cual es dirigido a las personas que enajenen gasolina o diesel en territorio nacional y establece que estarán sujetas a las tasas y cuotas establecidas en las fracciones I y II Dentro de la fracción II establece que se aplicarán las cuotas siguientes a la venta final al público en general en territorio nacional de gasolinas y diesel: Gasolina Magna 36 centavos por litro. Gasolina Premium UBA 43.92 centavos por litro. Diesel 29.88 centavos por litro. IEPS Aumento a gasolinas y diesel : En relación a lo anterior dentro de los artículos transitorios de las modificaciones a la LIEPS se incluyo lo siguiente: Las cuotas previstas en el artículo 2o.-A, fracción II de la LIEPS para la venta al público de gasolinas y diesel, se aplicarán de manera gradual, de conformidad con lo siguiente: En el mes calendario en que entre en vigor el artículo 2o.-A, fracción II de la LIEPS, se aplicará una cuota de 2 centavos a cada litro de Gasolina Magna, 2.44 centavos a cada litro de Gasolina Premium UBA y 1.66 centavos a cada litro de Diesel. II. Las cuotas mencionadas en la fracción anterior, se incrementarán mensualmente en 2 centavos, 2.44 centavos y 1.66 centavos, por cada litro de Gasolina Magna, Gasolina Premium UBA y Diesel, respectivamente, hasta llegar a las cuotas previstas en el artículo 2o.-A, fracción II de la LIEPS. Se adiciona el Artículo 29. En el que se establece que: Las entidades federativas que tengan celebrado con la SHCP convenio de coordinación para la administración del impuesto sobre la renta a cargo de REPECOS, administrarán el IEPS de las actividades a que se refiere el artículo 2o., fracción II, inciso B) de esta Ley, correspondiente a los contribuyentes que hayan optado por pagar el impuesto sobre la renta mediante estimativa practicada por las autoridades fiscales. Las entidades federativas recibirán como incentivo el 100% de la recaudación que obtengan por el citado concepto.
Tópico: COMPENSACION IDE CONTRA IEPS DE GASOLINERAS
RubenPineda

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 15, 2009 21:47:32 Asunto: Re: COMPENSACION IDE CONTRA IEPS DE GASOLINERAS
Buenas noches: Como lo señalas, la Secretaria de Hacienda de tu entidad nunca va a aceptar, ni autorizar la compensación de un impuesto federal para disminuir la cantidad a pagar del IEPS que es una contribucion Estatal. Si observas la forma 15-G, no contempla ningun renglón de compensación (solamente otros estimulos y pagos en exceso). En lo general te puedo decir que desde octubre de 2007, se decretó el pago de este impuesto que originalmente iba a aplicarse a partir del 15 de Enero de 2008, pero dieron reversa y lo aplicaron desde el 03 de Enero de 2008. Dejame buscarte el decreto y con mucho gusto el dia de mañana te mando el sitio donde lo puedes leer. Un saludo.
Tópico: INGRESOS PROVENIENTES DE COPROPIEDAD - COMPENSACION
RubenPineda

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 14, 2009 20:07:21 Asunto: Re: INGRESOS PROVENIENTES DE COPROPIEDAD - COMPENSACION
Por fortuna este planteamiento ha sido ampliamente comentado por otros foristas de reconocida autoridad. Por lo pronto te puedo comentar: 1.- El ISR a favor lo puedes compensar contra el IETU a Cargo y tienes dos opciones para ello; el primero es presentar tu compensación en ventanilla anexando la documentación requerida (pagos provisionales de ISR e IETU, constancias de retenciones, acuse de la declaracion anual, incluso los gastos personales) o presentarla por internet ( de hecho Chavalon ha mandado excelentes consejos al respecto). Tambien Lobozac, lcruizuscanga, CP Paco y Bruno son muy buenos y acertados en sus comentarios. 2.- Al presentar la compensación te quedará un remanente de $8,022 que podras seguir compensando contra futuros pagos de contribuciones. 3.- No creo que la autoridad te rechaze la 'compensación inmediata' que refieres en tu punto 3. La razón te asiste, nada mas hay que ejercerla. Aqui estan las ligas de los comentarios de los foristas citados: http://www.fiscalia.com/modules.php?name=Foros&sop=verTopico&idTema=35041&idCat=10 http://www.fiscalia.com/modules.php?name=Foros&sop=verTopico&idTema=35060&idCat=10
Tópico: INGRESOS PROVENIENTES DE COPROPIEDAD - COMPENSACION
RubenPineda

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 14, 2009 19:01:51 Asunto: Re: INGRESOS PROVENIENTES DE COPROPIEDAD - COMPENSACION
Buenas tardes: Tengo un caso parecido al de Usted, pero creo que necesitamos algunos datos complementarios: 1.- En la copropiedad, es el representante ¿y cuantos representados?. 2.- La persona fisica a que se refiere ¿es representante común o representado? 3.- Si es representante común ¿se apegó al art 18 de la ley de IETU como opción de pagar el ietu de el y sus representados? Creo que de las respuestas a estos puntos dependerá de como llenar la declaracion anual. En lo particular tengo una copropiedad de 5 personas y el calculo se complica porque los representados, ademas de obtener ingresos por arrendamientos tienen otros ingresos acumulables y el representante común es el que esta pagando el ietu de todos. Un saludo cordial.
Tópico: Envio de declaracion con el ciec de otra persona
RubenPineda

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 14, 2009 18:36:30 Asunto: Re: Envio de declaracion con el ciec de otra persona
El dia de hoy (14 Abr 09), visite la Admon Local de Atención al Contribuyente en los cubículos donde personal del SAT elabora gratuitamente la declaracion anual de las personas fisicas. Confirme lo que hice el año pasado, llevando en un USB el archivo .dec de la declaración anual y los datos del contribuyente se envió por intranet del SAT la declaración de un asalariado que obtuvo ingresos superiores a 400,000 pesos sin contar con la CIEC; ahi mismo me imprimieron el acuse de recibo y el recibo para pagar en ventanilla bancaria. A la fecha es ya inevitable que todos los contribuyentes obtengan la clave CIEC fortalecida, pero esta puede ser una alternativa para contribuyentes que por motivos de fuerza mayor no pueden presentarse a tramitar su clave o que de plano es urgente su presentación. Un saludo.
Tópico: FORMATO 32 Y 41 POR EL SAT
RubenPineda

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 14, 2009 14:41:08 Asunto: Re: FORMATO 32 Y 41 POR EL SAT
Creo que hay una sutíl diferencia: El SAT es una dependencia. Fiscalia con sus foristas es una Institución. [i]Editado: Abril 14, 2009 14:42:01[/i]
Tópico: CIECF PARA ASALARIADOS
RubenPineda

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 13, 2009 14:37:39 Asunto: Re: CIECF PARA ASALARIADOS
Una opción que es viable y que me ha dado resultados es acudir a la Admon de Atención a los Contribuyentes del SAT con un USB conteniendo el archivo .dec y con la impresión de la declaracion que quieres presentar. En estos dias hay un ejercito de empleados de esa Admon llenando gratuitamente las declaraciones anuales de las personas fisicas, es precisamente con ellos con quienes solicitas te envien la declaración por intranet. A ellos les beneficia porque es productividad en atención a contribuyentes y nosotros evitamos perdida de tiempo solicitando la ciec. Espero que este comentario sea de utilidad.
Tópico: DECLARASAT RET ISR CONTRA IETU
RubenPineda

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 13, 2009 12:14:15 Asunto: Re: DECLARASAT RET ISR CONTRA IETU
Chavalon: Muchas gracias por el tip, hay ocasiones que el bosque no deja ver el árbol. La liga que tu mencionas debería ser mejor difundida en el portal del SAT. Tambien la misma autoridad debería aclarar que el calculo de los pagos provisionales del IETU es diferente a su calculo anual. Mientras en los pagos provisionales puedes acreditar el isr retenido, en el calculo anual solo te acredita el isr anual dando lugar a tantas dudas que gracias a gente como Usted y demas foristas se van solucionando. Un saludo cordial.
Tópico: TASA DE IVA EN GASOLINA
RubenPineda

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 08, 2009 19:14:16 Asunto: Re: TASA DE IVA EN GASOLINA
Esta es la estructura por el mes de abril de gasolinas para zonas no fronterizas. [u][b]Precio por Litro[/b][/u] Gasolina Magna: (a)Precio de venta $6.4348 (b)IEPS Estatal $0.3200 (no causa iva) (a+b)Sub total $6.7548 Precio de venta a facturar (a*15%)IVA $0.9652 Precio vta publico $7.7200 Gasolina Premium: (a)Precio de venta $7.9823 (b)IEPS Estatal $0.3904(no causa iva) (a+b)Sub total $8.3727 Precio de venta a facturar (a*15%)IVA $1.1973 Precio vta publico $9.5700 El IEPS estatal no es acto gravado para el iva, por eso no 'cuadra' al multiplicar el precio de venta facturado por el 15%. Espero haber sido claro con los datos, no cabe duda que al gobierno le gusta complicar las cosas.

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