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Tópico: Reparticion dividendos
jgvv22

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 15, 2013 17:40:16 Asunto: Re: Reparticion dividendos
Estimado Jose0004, Por favor lea mis participaciones anteriores en este tópico, sin embargo, le recalco varios puntos: 1.- NO existe ISR Retenido, el ISR lo causa la persona moral 2.- En el caso de la PF es una OPCION (No una obligación) el acumular el Dividendo Piramidado y de esta forma poder acreditar el ISR Pagado por la Persona Moral (Independientemente de si los Dividendos provienen de CUFIN o no). 3.- En el caso de la PM el ISR Pagado por el reparto de Dividendos será acreditable para ISR y también contra IETU, siempre y cuando los dividendos NO provengan de CUFIN, ya que si provienen de CUFIN, no existiría ISR a pagar y por lo tanto no habría ningún importe por acreditar. Saludos
Tópico: AYUDA..!!! COMPENSACION REMANENTE SALDO A FAVOR IVA DIC 2011 CONTRA IVA A CARGO FEBRERO 2012
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 06, 2013 17:40:07 Asunto: Re: AYUDA..!!! COMPENSACION REMANENTE SALDO A FAVOR IVA DIC 2011 CONTRA IVA A CARGO FEBRERO 2012
Hola, Coincido con la compañera memoli en una de sus opiniones y difiero con otra de sus opiniones. Coincido en el comentario sobre el hecho que el esquema de pago referenciado el sistema si me permitiría acreditar contra el Remanente de un Saldo a Favor de IVA que previamente he compensado y que el hecho de que el sistema lo acepte por ningún motivo quiere decir que sea correcto, que realmente sería totalmente incorrecto. En este caso yo diría, así como el hecho de que el sistema de DyP a pesar de que me permita hacer tal o cual operación, de ninguna manera quiere decir que por el simple hecho de permitirlo quiere decir que sea correcto, hay que tomar en cuenta que entonces no necesariamente por el hecho de que el sistema de DyP no me permita realizar alguna operación, esto quiera decir que no se pueda. En el caso en particular mi opinión es que sería totalmente válido compensar un remanente de un saldo a favor de IVA contra el IVA de un mes posterior, por supuesto que el acreditamiento no procede, pero la compensación considero que sin duda procede. Aquí el problema se vuelve de orden práctico. En lo particular no he tenido ningún caso similar, sin embargo, un colega me ha comentado que tuvo el caso en particular y lo que hizo fue que si lo compensó, pero que el importe compensado lo reflejó en 'otras cantidades a favor' y posteriormente metió una aclaración en mi portal explicando la situación. Al día de hoy aún no le responden la aclaración. En cuanto le respondan les haré saber lo que el SAT le respondió. Saludos
Tópico: Reparticion dividendos
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 06, 2013 12:22:41 Asunto: Re: Reparticion dividendos
Gracias mi estimado vabdo, Ahora solo esperar a que el iniciador del tópico nos comente si le ha quedado resuelta su duda. Saludos
Tópico: I.E.T.U. PAGOS PROVISIONALES Y ANUAL
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 06, 2013 11:12:10 Asunto: Re: I.E.T.U. PAGOS PROVISIONALES Y ANUAL
Hola, Es correcto lo que comentas JMAU, el ISR Anual pagado con Subsidio, no se considera para efectos de acreditamiento contra IETU, el artículo 8, quinto párrafo lo menciona. Saludos
Tópico: PAGOS DE SERVICIOS A UNA EMPRESA EXTRANJERA
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 06, 2013 11:01:58 Asunto: Re: PAGOS DE SERVICIOS A UNA EMPRESA EXTRANJERA
Hola, Efectivamente entendería que se trata de un pago de publicidad al cual le aplicaría el artículo 200 de la LISR, y por lo tanto un 30% de retención, sin embargo, vía tratado internacional, Artículo 7 (Beneficios Empresariales) considero que no habría retención. Ahora bien, es importante cumplir con lo establecido en el artículo 5 LISR, y esto es básicamente que el residente en el extranjero te entregue un certificado de residencia fiscal, ya que es la forma en la que se pueden acoger a los beneficios del tratado internacional. Saludos
Tópico: Duda con respecto a ponte al corriente y pago refernciado.
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 06, 2013 10:37:34 Asunto: Re: Duda con respecto a ponte al corriente y pago refernciado.
Hola, Yo no presentaría ISR en Pago Referenciado, ya que la obligación la cumpliste en la plataforma de ponte al corriente, el detalle está en que la línea de captura de 'ponte al corriente' no te especifica el impuesto que estás pagando, lo que yo hice (a sugerencia del sat) fue que una vez que se pagó por medio de 'ponte al corriente', metimos una aclaración en mi portal en la que se explicaba que impuesto se había pagado y con que línea de captura, etc. Mencionas que también pagarías IETU e IVA, yo creo que también podría pagar el IETU en 'ponte al corriente' y con ello te ahorras los recargos. Saludos
Tópico: Reparticion dividendos
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 06, 2013 10:18:52 Asunto: Re: Reparticion dividendos
Mi estimado Lemarch, Primero aclarar un punto que siempre crea confusión, el ISR por Dividendos [u]NO[/u] se le retiene al socio, quien causa el impuesto es la persona moral por el hecho de repartir dividendos. Ahora bien, si la persona moral reparte dividendos que provengan de CUFIN, en ese momento no causa ningún ISR (ya que el hecho de que provengan de CUFIN significa que esas utilidades que se están repartiendo en algún momento en el pasado ya se ha pagado un ISR). Ahora bien, la persona física en primera instancia según el artículo 165 de ISR debería acumular el importe de los dividendos recibidos (ojo, no hay dividendos brutos o netos, el importe del Dividendo siempre es el mismo, y es precisamente el monto que le entreguen a la persona física, en el caso en particular los dividendos siempre serán 2 millones). Sin embargo, el mismo artículo 165 establece la posibilidad de que la persona física pueda ACREDITAR EL ISR PAGADO POR LA SOCIEDAD, pero para ello tendría que acumular tanto el Dividendo + el ISR pagado por la sociedad, y ese mismo artículo establece que para determinar el ISR pagado por la sociedad simplemente hay que piramidar el dividendo. Saludos
Tópico: Arrendamiento Financiero
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 22, 2013 20:30:19 Asunto: Re: Arrendamiento Financiero
Gracias por la aclaración mi estimado ALLENDE, Saludos
Tópico: Arrendamiento Financiero
jgvv22

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 16, 2013 21:16:31 Asunto: Re: Arrendamiento Financiero
Estimado Colega Allende, Una duda, a que se refiere cuando dice que 'Las deducciones, son los pagos efectuados' Saludos
Tópico: coeficiente de utilidad
jgvv22

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 05, 2013 14:16:44 Asunto: Re: coeficiente de utilidad
Igualmente mis estimados Octavus y Cdsantoyo Un placer interactuar con ustedes Saludos y nos vemos en otro tópico.

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