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Tópico: Pago a accionistas de una S de RL
jgvv22

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 03, 2016 17:21:05 Asunto: Re: Pago a accionistas de una S de RL
Hola, Podrías cambiar el organo de administración de la sociedad a Consejo de Administración y si relamente los accionistas van a desempeñar algún puesto sin problema les puedes pagar como sueldos y afiliarlos al IMSS, aún y cuando también formen parte del Consejo de Administración. Saludos Jorge V.
Tópico: Regimen sector primario
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 23, 2016 17:46:28 Asunto: Re: Regimen sector primario
Hola Berenice, En mi opinión no podrías tributar en el sector primario, ya que la venta que te hace el pescador, esa es la que sería sector primario, en tu caso sería una reventa que equivale a comercialización. Saludos
Tópico: CFDI venta terreno?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 23, 2016 17:37:29 Asunto: Re: CFDI venta terreno?
Hola Neonato, Si existe la obligación de emitir CFDI por la operación, pero un CFDI sin ningún complemento. En el caso de venta de inmuebles únicamente se le incorporará un complemento al CFDI cuando sea el notario quien expida el CFDI con los datos del inmueble, del comprador y vendedor, este supuesto es cuando el anajenante es una persona física que no tiene obligación de expedir comprobantes (es decir, ingresos por enajenación de bienes del Capitulo IV del Título IV de LISR). En mi caso lo que le sugieron a los clientes es que en la descripción del inmueble se pongan datos de la escritura en la cual se dió la venta, y todas las especificaciones del inmueble, como por ejemplo, ubicación, m2, etc. Saludos
Tópico: Retención de Isr por asesoría a una empresa extranjera
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 29, 2014 12:51:35 Asunto: Re: Retención de Isr por asesoría a una empresa extranjera
Hola, Solo recordar que para poder apegarse al tratado internacional, el proveedor de USA tiene que acreditarte su residencia fiscal por medio de un certificado de residencia fiscal que lo emite el Departamento del Tesoro de USA a través del IRS (Internal Revenue Service) Saludos
Tópico: CHAVALON
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 29, 2014 12:15:06 Asunto: Re: CHAVALON
Hola, Tenía mucho tiempo que no entraba al foro y el día de hoy que ingresé me encuentro con esta terrible noticia, de verdad, mis mas sinceras condolencias para la familia de CHAVALON. Gracias SR. CHAVALON por haber compartido todos sus conocimientos y sabiduría con todos nosostros, no tuve el privilegio de conocerle en persona, pero ojalá y en la otra vida podamos coincidir y nada me daría mas gusto que poder estrecharle la mano. Que te Dios le bendiga CHAVALON
Tópico: DEDUCIBLE PAGOS AL EXTRANJERO
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 04, 2014 22:02:41 Asunto: Re: DEDUCIBLE PAGOS AL EXTRANJERO
Hola, En el caso del comprobante, yo no correría riesgos, yo le pediría a google que en la medida de lo posible pusiera todos los datos que indica la Regla. De esta manera no tendrías inconveniente en la deducibilidad y tampoco para el acreditamiento del IVA virtual por la importación de servicios. En mi opinión si tendrías que retener el 35% de ISR de acuerdo con el tercer párrafo del artículo 167 de la LISR, a menos que se apliquen los beneficios del tratado internacional firmado con USA en su artículo 7, para ello google tendría que acreditarte su residencia fiscal mediante el formato 6166 emitido por el departamento del tesoro por medio del IRS. Saludos
Tópico: Puede un asalariado o pensionado estar en RIF?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 28, 2014 22:33:19 Asunto: Re: Puede un asalariado o pensionado estar en RIF?
Estimado GOrlenas, No entiendo la pregunta, en el sentido de si los pensionados o asalariados realizan los actos del 16 de CFF. Creo que todos tenemos claro que el régimen de salarios por supuesto que no es una actividad empresarial, creo que ninguno de los comentarios han señalado eso. A lo mejor yo entendí mal el planteamiento del iniciador del tópico, pero mi opinión es considerando que el plateamiento era que si siendo Asalariado, ADEMÁS se podrían tener ingresos como RIF. Saludos
Tópico: Puede un asalariado o pensionado estar en RIF?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 28, 2014 15:33:25 Asunto: Re: Puede un asalariado o pensionado estar en RIF?
Hola a todos, Se ha puesto muy interesante el tema. En mi opinión son totalmente compatibles el Régimen de Salarios y el RIF. Cuando se hace referencia a que 'realicen únicamente actividades empresariales', ojo, la redacción no dice que 'únicamente obtengan ingresos del Capitulo II del Título IV'. Por qué digo esto, porque si dijera 'únicamente obtengan ingresos del Capítulo II del Título IV', estaría mas que claro que no serían compatibles los 2 regímenes, sin embargo, si tomamos en cuenta que el Capitulo II del Título IV regula los Ingresos por Actividades Empresariales y PROFESIONALES, se podría interpretar que lo único que se está excluyendo de la sección II del Capítulo II del Título IV, son precisamente las actividades PROFESIONALES. Les hago una pregunta, si una persona tiene una cuenta de ahorros en el Banco y por ese ahorro recibe 1 peso de intereses (Capítulo VI, Titulo IV), podría ser un RIF ?? Saludos
Tópico: Venta IVA 11% en 2013 no cobrada en 2013, fecha en que aplica el cobro del restante 5%
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 22, 2014 08:05:57 Asunto: Re: Venta IVA 11% en 2013 no cobrada en 2013, fecha en que aplica el cobro del restante 5%
Hola, Coincido con Neoarturo, la RMF en ningún momento está ampliando el plazo, se está limitando a indicar la forma en que se emitirá el comprobante por el 5% complementaria de IVA. Saludos
Tópico: LAS DISTRIBUIDORA DE DULCES COMO MANEJARIAN EL IEPS
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 23, 2013 18:03:12 Asunto: Re: LAS DISTRIBUIDORA DE DULCES COMO MANEJARIAN EL IEPS
De acuerdo mi estimado GOrnelas, Los únicos fundamentos que encuentro son los siguientes y por ningún lado encuentro que los distribuidores no causen el IEPS. Saludos [b][u]Artículo 2 LIEPS - Tasas aplicables[/u][/b] [i]Artículo 2o.- Al valor de los actos o actividades que a continuación se señalan, se aplicarán las tasas y cuotas siguientes: I. En la enajenación o, en su caso, en la importación de los siguientes bienes: [color=red][b][u]J) [/u[/b]][/color]Alimentos no básicos que se listan a continuación, con una densidad calórica de 275 kilocalorías o mayor por cada 100 gramos 8% 1. Botanas. 2. Productos de confitería. 3. Chocolate y demás productos derivados del cacao. 4. Flanes y pudines. 5. Dulces de frutas y hortalizas. 6. Cremas de cacahuate y avellanas. 7. Dulces de leche. 8. Alimentos preparados a base de cereales. 9. Helados, nieves y paletas de hielo.[/i] [b][u]Artículo 8 LIEPS - Enajenaciones exentas[/u][/b] [i]Artículo 8o.- No se pagará el impuesto establecido en esta Ley: Enajenaciones exentas I. Por las enajenaciones siguientes: c) Las que realicen personas diferentes de los fabricantes, productores o importadores, de los bienes a que se refieren los incisos [color=red][b][u]C), D), E), G) y H)[/u][/b][/color] de la fracción I del artículo 2o. y la fracción II del artículo 2o.-A de esta Ley. En estos casos, las personas distintas de los fabricantes, productores o importadores, no se consideran contribuyentes de este impuesto por dichas enajenaciones.[/i]

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