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Tópico: deducible terreno
jgvv22

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 21, 2012 10:28:35 Asunto: Re: deducible terreno
Hola, Creo que ha quedado claro que en la DIOT deben informarse todos los actos incluyendo los exentos, y de inicio pareciera ser que la DIOT únicamente serviría para determinar el IVA Acreditable, sin embargo, con pláticas que he tenido con amigos del SAT, me han dicho que también consideran la DIOT para deteminar un apróximado de las Deducciones para IETU, por lo que si existe una diferencia considerable entre la DIOT y las Deducciones de IETU, es un punto que están cosniderando para programar auditorías. Saludos
Tópico: deducible terreno
jgvv22

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 21, 2012 10:14:06 Asunto: Re: deducible terreno
Perfecto mi estimado Marioortiz, muchas gracias. Efectivamente lo que mencionas es correcto, y es así como lo manejo, sin embargo, se me hizo importante tocar el punto ya que en la práctica he visto que mucha gente no lo está considerando de esta manera. Saludos
Tópico: deducible terreno
jgvv22

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 20, 2012 08:50:18 Asunto: Re: deducible terreno
Mi estimado enrique9727 ''4.- Para IETU, se sigue la deduccion de terrenos hasta que sean deducibles para ISR o en la parte proporcional '' Creo que estás mal interpretando esta parte, en IETU es deducible desde el momento de la adquisición. En lo que se refier a la DIOT, tal y como le comenté a CHAVALON, considero que se deben informar todas las operaciones con terceros, inclusive las exentas, para ello existe un campo en la DIOT para cada caso, es decir, un campo para actos pagados al 16%, uno para el 11%, otro para el 0% y otro para los Exentos. Ahora que se toca la DIOT, le quisiera hacer una pregunta, están informando en la DIOT cuando por ejemplo le pagan un servicio a un extranjero (importación de servicios que causa un IVA trasladado virtual y que ese mismo importe es acreditable). Es decir están considerando el IVA trasladado y el IVA Acreditable ?? Saludos
Tópico: deducible terreno
jgvv22

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 18, 2012 18:11:13 Asunto: Re: deducible terreno
Mi estimado CHAVALON, Una duda, por qué no se declara en la DIOT ?? En mi opinión si debería ir como exento. Saludos
Tópico: Prorroga Sipred
jgvv22

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 28, 2012 18:10:24 Asunto: Re: Prorroga Sipred
Hola, En el comunicado del IMCP, parecen dejar en claro que al menos es un hecho que el vencimiento es el 2 de Julio (48 Hrs. muy buenas). Y pues siguen negociando. Creo que debido a que es muy bajo el % de dictámenes que se han enviado hasta el momento no le quedará otra opción al SAT de dar la ampliación de plazo por al menos unos 15 días. Saludos
Tópico: Pagos a empresas como Google, deducibles o no?
jgvv22

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 14, 2012 13:40:51 Asunto: Re: Pagos a empresas como Google, deducibles o no?
Hola, En el caso de las comisiones sobre ventas (y en general por cualquier pago al extanjero), primero hay que ver si la operación encuadra en alguno de los supuestos del título V de la Ley de ISR. Ya que si no se contempla en el Titulo V, luego entonces, ese ingreso no estaría gravado en México por fuente de riqueza. En el caso de que estuviese gravado vía ley, entonces ver si existe algún beneficio por la aplicación de algún tratado. En el caso en particular de las comisiones en que Artículo del Titulo V lo encuadrarías??, en mi opinión no encuadra en ninguno, por lo que vía ley no habría que retener nada, sin embargo, si logras encuadrarlo en algún artículo, vía convenio creo que sin duda se puede considerar como un beneficio empresarial y por lo tanto apegarnos al Artículo de Beneficios Empresariales y de esta forma tampoco existiría retención. Saludos
Tópico: Pagos a empresas como Google, deducibles o no?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 14, 2012 12:07:03 Asunto: Re: Pagos a empresas como Google, deducibles o no?
Mi estimado jimmyrace, En el caso de lo que le pagas a la empresa gringa, creo que no se trata de publicidad, a lo mejor lo que estás pagando son regalías y la retención del 10% es la establecida en el Artículo 12 del Convenio Internacional, solo ten cuidado, ya que para aplicar el 10% en lugar del 30% de retención, la empresa gringa te tuvo que haber enviado un certificado de residencia fiscal (forma 6166, con vigencia solo por el ejercicio en el que se expide) o en su caso su declaración anual. Ahora bien, en el caso de la publicidad que le pagas a Google (Residente en Holanda) vía ley tendrías que retenerle el 30% de acuerdo al 200 de LISR y si te apegas al convenio, considero que la publicidad encuadraría como benerficio empresarial (Artículo 7 del Convenio Internacional) (Siempre y cuando Google envíe su certificado de residencia fiscal) y por ende no existiría retención. Para efectos de la Deducción, coincido con enrique9727 tienes que cumplir con reglas de retención y entero y ademas cuidar que los comprobantes tengan los requisitos fiscales necesarios para comporbantes expedidos en el extranjero. Saludos
Tópico: anticipo a proveedores para AAI
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 12, 2012 09:31:10 Asunto: Re: anticipo a proveedores para AAI
Hola, Así es mi estimado, tampoco los Anticipos de Clientes juegan para el cálculo Saludos
Tópico: Ingresos por comisiones derivados empresa/stio web extranjero
jgvv22

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 08, 2012 19:48:32 Asunto: Re: Ingresos por comisiones derivados empresa/stio web extranjero
Hola, en el caso de IVA, creo que la operación podría encuadrar en los supuestos del inciso d) de la fracción IV del Artículo 29 LIVA y por ende gravada al 0%. En el caso del régimen fiscal creo que sin problema podrías ser régimen intermedio, contabilidad simplificada, siempre y cuando no rebases el límite de ingresos. Ahora bien, si rebasas el límite de ingresos, no seas mala onda, pásame los datos de la empresa de USA para dedicarme a eso y dejar la práctica contable, jajaja Saludos
Tópico: IVA EN JUGOS CON EXTRACTO DE FRUTAS?
jgvv22

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 08, 2012 18:34:20 Asunto: Re: IVA EN JUGOS CON EXTRACTO DE FRUTAS?
Por nada, y siempre que se pueda aportar algo, con todo gusto Saludos

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