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Tópico: PRORROGA BALANZA Y CATALOGO
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 27, 2015 12:19:13 Asunto: Re: PRORROGA BALANZA Y CATALOGO
Prórroga para enviar las pólizas El SAT dio a conocer en su página de Internet otro Anteproyecto de lo que pretende ser la Primera Modificación a la RMISC 2015, cuya novedad respecto de los anteriores es la siguiente: Los contribuyentes deberán cerciorarse que a partir del 1o de julio de 2015, su sistema contable sea capaz de generar las pólizas y los auxiliares de cuenta de nivel mayor o subcuenta de primer nivel que incluyan el nivel de detalle (art. décimo). Esto no quiere decir que se prorrogue el envío del catálogo de cuentas y las balanzas de comprobación que vence en marzo, solo que el fisco federal podrá requerir las pólizas con posterioridad a la fecha indicada en el párrafo anterior.
Tópico: FIEL CADUCADA
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 27, 2015 12:15:33 Asunto: Re: FIEL CADUCADA
actualmente ya no se puede renovar la fiel por internet si ya vencio, eso estuvo vigente en 2014 pero desde nov del 2014 dejo de ser asi, ahora si ya vencio hay que ir si o si al SAT
Tópico: Renta de automovil a una sa por parte de un socio.
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 27, 2015 10:52:15 Asunto: Re: Renta de automovil a una sa por parte de un socio.
si se puede hacer, pero definitivamente son partes relacionadas. es renta pura sin opcion a compra, eso esta bien, y el socio puede tener cualquier actividad, eso no le impide a rentar sus autos, pero el problema de ser partes relacionadas es que debe de contar con el estudio de precios de transferencia hay unos limites que no recuerdo, que si rebasa la empresa de cierta cantidad de ingresos , tienen que tener el estudio, esto es para que la renta de los autos, sea conforme a valor de mercado y no se le ocurra inflar la renta para tener mas gastos y asi disminuir la base del impuesto. saludos
Tópico: Obras en proceso?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 27, 2015 10:46:14 Asunto: Re: Obras en proceso?
lo que pasa es que si puede estar tanto en activo circulante y activo no circulante y la razon de eso es dependiendo de tu giro es decir alguien que se dedica a la construcción para ellos el edificio o el terreno que compran es para realizar su actividad que es vender compra venta de edificios, casas, terrenos, tiene el tratamiento de activo circulante, en este caso es inventarios, por que a eso se dedica, a vender edificios. y una persona que se dedica a comercializar un producto, y tiene una obra en proceso, esa se registra en el activo no circulante, puesto que no lo esta comprando para venderlo, si no lo esta haciendo para utilizarla, otro ejemplo sencillo, si te dedicas a comprar y vender autos, al comprar un auto, no es activo fijo, es inventario en el activo circulante, por que ese es tu giro, distinto si te dedicas al mismo ejemplo comercializar un producto, y compras un auto entonces si es activo no circulante Saludos
Tópico: Retención de Renta sin Comprobante Fiscal
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 26, 2015 19:30:47 Asunto: Re: Retención de Renta sin Comprobante Fiscal
si bien es cierto que si no realizas la retención, la debes de pagar, pero aqui viene la pregunta del millon por que pagar retenciones de un gasto que no es deducible? primero tiene que pasar una cosa para que suceda otra es decir. 1. tiene que haber un contrato de arrendamiento con la pf, que en este caso si existe, e incluso existe el pago de una contraprestacion. este seria la situacion legal o de hecho que hace que se este en el supuesto de los ingresos por arrendamiento de bienes. 2.- tiene que haber un comprobante fiscal en donde consten los traslados y las retenciones respectivas, en este caso no lo hay, ya que es un gasto que no reune los requisitos fiscales, por lo tanto no es deducible, esto esta muy claro 3.- ahora si partimos del hecho de que es un gasto no deducible, por que pasar al siguiente paso de retener y pagar las retenciones efectuadas? como saldria la constancia, con RFC generico? en materia de IVA retendrias el impuesto trasladado, pero en este caso, cual impuesto trasladado?, ni siquiera tienes comprobante de que te trasladaron el impuesto. Yo creo que en especial este parrafo aplica cuando pretendes hacer un gasto deducible y no efectuaste retenciones, entonces, si no pagas esas retenciones, el gasto no sera deducible. un ejemplo comun de este supuesto es cuando una persona fisica con actividad empresarial, supongamos que vende materiales para contruccion, y por lo tanto aunque le venda a personas morales, solo traslada el iva y ya. Pero un buen dia se le ocurre facturar un servicio, y como no sabe que si presta un servicio tiene que haber retenciones, pues da su factura normal, y no le retienen impuesto alguno. en este caso es cuando si la PM debio de retener y no lo hizo, tiene que pagar esa retención y esto es por que pretende hacer deducible el gasto. pero como podría ser que si es un gasto de entrada no deducible por que no cumples con los requisitos, tendrías que pagar retenciones? me intereso el tema y busque jurisprudencias y no hay alguna o no encontre un caso en el que a alguien le hayan fincado un credito fiscal a una persona por no retener ni enterar sobre un gasto no deducible. aun asi pagarian esas retenciones????
Tópico: pago anticipado a empleados por utilidades en una sc
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 26, 2015 17:53:19 Asunto: Re: pago anticipado a empleados por utilidades en una sc
yo opino que sin problemas puedes dar anticipos para ptu, cuando tengas la obligacion de pagar la PTU con el calculo correcto, ya que solo lo sabrias con la presentacion de la declaracion anual, ya repartiras lo faltante, si se tienen que timbrar los recibos, de eso no hay duda, lo que si ten cuidado que la exencion solo sera una sola vez, es decir que cuando des el complemento de la PTU no puede tener otra vez exencion. saludos
Tópico: RIF ingresos IVA e ISR
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 24, 2015 13:12:25 Asunto: Re: RIF ingresos IVA e ISR
no se desgloza el IVA ni el IEPS para tener beneficio del estimulo fiscal que te exime del pago de esos impuestos siempre y cuando no lo separes en la factura y no lo acredite la persona. el ingreso en ese caso son los mismos 1,160 saludos
Tópico: RIF ingresos IVA e ISR
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 24, 2015 13:12:25 Asunto: Re: RIF ingresos IVA e ISR
no se desgloza el IVA ni el IEPS para tener beneficio del estimulo fiscal que te exime del pago de esos impuestos siempre y cuando no lo separes en la factura y no lo acredite la persona. el ingreso en ese caso son los mismos 1,160 saludos
Tópico: Impuesto Por venta de Participaciones Sociales
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 24, 2015 13:08:15 Asunto: Re: Impuesto Por venta de Participaciones Sociales
si va a vender sus partes sociales, quiero pensar que son las acciones que va a vender. si es el caso tendran que retener el 20% sobre el valor de venta de las acciones o dictaminar la venta de acciones en donde se determina ganancia por la venta de las acciones. saludos
Tópico: Notas de Credito
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Mensaje Foro: Contabilidad Enviado: Febrero 24, 2015 13:06:07 Asunto: Re: Notas de Credito
es que el mismo termino nota de credito lo dice todo. muchos las utilizan como opcion para cancelar facturas, pero eso es incorrecto, las notas de credito solo deben de existir cuando reembolsas al cliente, haces descuentos por cualquier razon. pero no para cancelar, si quieres cancelar una factura, pues cancelala, normalmente cancelas una factura por que esta mal, por lo tanto a quien se la expediste no le sirve, entonces no pasa nada con cancelar una factura, incluso si pasa de un mes a otro. sin embargo si emites nota de credito acumulas el ingreso doble para pagos provisionales, lo cual es incorrecto. saludos

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