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Tópico: renovación de la firma electrónica de PM con la del representante legal?
cruz777

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 13, 2022 21:52:59 Asunto: renovación de la firma electrónica de PM con la del representante legal?
buenas noches por su apoyo a esta consulta gracias a todos los integrantes. una PM tiene vencida la firma electrónica desde hace 5 años no tiene ingresos se ha declarado en ceros, se puede renovar con la firma electrónica del representante legal que si este vigente en 2022. ya que para presentar el PP en régimen de resico de 2022 pide la firma electrónica de de la moral.
Tópico: REQUERIMIENTO POR OMISIÓN DE OBLIGACIONES DEL SAT?
cruz777

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 10, 2022 10:33:40 Asunto: REQUERIMIENTO POR OMISIÓN DE OBLIGACIONES DEL SAT?
buenos días a todo el grupo abrí una notificación electrónica en el buzón tributario de REQUERIMIENTO POR OMISIÓN DE OBLIGACIONES, en el cual no me indica que obligaciones no he presentado, me llegara otro aviso al buzón indicándome que obligaciones tengo pendientes? por su apoyo gracias
Tópico: REQUISTOS DE FACTURACION PARA DEDUCIR PM EN 2022?
cruz777

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 11, 2022 15:55:48 Asunto: REQUISTOS DE FACTURACION PARA DEDUCIR PM EN 2022?
Buen día a todo el grupo con una duda en la facturación, de una colegiatura nivel educativo kinder que expide una pf RESICO a una persona moral: forma de pago con transferencia. uso de comprobante gastos en general. complemento de servicios educativos. con una duda en la forma de facturar para 2022 hay algún cambio en los requisitos de facturación, para la deducción para la persona moral? independiente de su régimen fiscal. por sus aportaciones y tiempo gracias.
Tópico: PF CON SALARIOS, HONORARIOS, ACCIONISTA MAYORITARIO DE PM ES CANDIDATO PARA RESICO?
cruz777

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 08, 2022 15:04:28 Asunto: PF CON SALARIOS, HONORARIOS, ACCIONISTA MAYORITARIO DE PM ES CANDIDATO PARA RESICO?
BUENAS TARDES A TODO EL GRUPO CON UNA DUDA PERSONA FÍSICA : ASALARIADO, HONORARIOS Y ACCIONISTA MAYORITARIO Y REPRESENTANTE LEGAL DE LA PERSONA MORAL SERIA CANDIDATO PARA RESICO COMO PERSONA FISICA? SUS INGRESOS SON MEMORES A 3,500.000.00 ANUALES. POR SU APOYO Y TIEMPO GRACIAS.
Tópico: QUE FIRMA SE DEBERÁ UTILIZAR PARA BUZÓN TRIBUTARIO DEL SAT PARA ACTUALIZAR MEDIOS DE CONTACTO
cruz777

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 18, 2021 20:32:49 Asunto: QUE FIRMA SE DEBERÁ UTILIZAR PARA BUZÓN TRIBUTARIO DEL SAT PARA ACTUALIZAR MEDIOS DE CONTACTO
buenas noches a todo el grupo con una consulta, para activar un medio de contacto en el buzón tributario del sat para persona moral es necesario la E-FIRMA de: 1 E-FIRMA de la persona moral 2 E-FIRMA del representante legal 3 ambas firmas. lo trate de hacer con la contraseña de la pm y no pude continuar. por su tiempo y apoyo gracias.
Tópico: SAT NO ACEPTA DEDUCCION PERSONAL DE COLEGIATURA DE SEPTIEMBREA DICIEMBRE 2021
cruz777

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 28, 2021 15:42:49 Asunto: SAT NO ACEPTA DEDUCCION PERSONAL DE COLEGIATURA DE SEPTIEMBREA DICIEMBRE 2021
buenas tardes a todos los integrantes del grupo por su apoyo y aportaciones gracias. el sat no esta aceptando como deduccion personal el pago de colegiatura que se hizo de septiembre a diciembre 2021 indicando que no tiene el complemento de escuelas particulares nota: en el cfdi pdf no esta dicho complemento en el xlm si lo tiene pero solo una vez (global). 1) la duda deberia ser un complemento por cada mes pagado en lugar de uno global? 2) el complemento deberia estar en ambos cfdi (representacion impresa y xlm). 3) se debe pedir refacturacion a la escuela particular con complemento para cada mes pagado de colegiatura? POR SU AYUDA GRACIAS
Tópico: Tramite para dar de alta autorización de escuelas
cruz777

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 28, 2021 18:46:51 Asunto: Re: Tramite para dar de alta autorización de escuelas
De acuerdo con el Decreto* de beneficios fiscales, en 2015 se permite deducir en la Declaración Anual los pagos de colegiaturas desde nivel preescolar hasta bachillerato o equivalente, por los siguientes montos, como máximo: Nivel educativo Límite anual de deducción* ($) Preescolar 14,200 Primaria 12,900 Secundaria 19,900 Profesional técnico 17,100 Bachillerato o su equivalente 24,500 Para hacer efectivo este beneficio debes contar con el comprobante de pago correspondiente. Aquí te mostramos los requisitos del comprobante fiscal que deben expedir las instituciones educativas privadas en el país Fundamento Legal Decreto que compila diversos beneficios fiscales y establece medidas de simplificación administrativa, publicado en el Diario Oficial de la Federación del 26 de diciembre de 2013. INICIAR DARSE DE ALTA ANTE EL SAT, CON LOS REQUISITOS SEGUN SEA EL TIPO DE CONTRIBUYENTE: PERSONA MORAL O PERSONA FISICA Información adicional Las instituciones de enseñanza privada deben expedir facturas electrónicas (CFDI), por lo que deben acudir a un proveedor autorizado de certificación, quien se encargará de validar las facturas y asignar el folio y sello electrónico del SAT. Requisitos generales de los comprobantes fiscales 1. Nombre de la escuela incluyendo domicilio fiscal y clave del RFC. 2. Número de folio. 3. Lugar y fecha de expedición. 4. RFC de la persona a favor de quien se expide. 5. Cantidad y descripción del servicio. 6. Valor unitario en número, e importe total en número o letra; en su caso, los impuestos que correspondan, como el IVA. 7. Señalar si el pago se hace en una exhibición. Para aprovechar el beneficio fiscal, en la descripción del servicio debe precisarse: 1. Nombre del alumno y CURP. 2. Nivel educativo. 3. Indicar por separado el concepto y valor de la colegiatura. 4. RFC del contribuyente que paga. Requisitos específicos para este tipo de comprobante 1. El Certificado de Sello Digital del contribuyente que lo expide. 2. Código de barras generado conforme al Anexo 20. 3. Sello digital del SAT y del emisor. 4. Número de serie del CSD del emisor y del SAT. 5. La leyenda: “Este documento es una representación impresa de un CFDI.” 6. Fecha y hora de emisión y de certificación de la factura electrónica. 7. Cadena original del complemento de certificación digital del SAT.
Tópico: PM Y PF (CON FLUJO DE EFECTIVO) cuando aplican las notas de credito que le hace un proveedor?
cruz777

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 28, 2021 17:49:50 Asunto: Re: PM Y PF (CON FLUJO DE EFECTIVO) cuando aplican las notas de credito que le hace un proveedor?
CP_ PACO gracias por la aportacion, de favor solo para consultar me podria indicar la base legal gracias.
Tópico: PM Y PF (CON FLUJO DE EFECTIVO) cuando aplican las notas de credito que le hace un proveedor?
cruz777

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 28, 2021 13:31:12 Asunto: PM Y PF (CON FLUJO DE EFECTIVO) cuando aplican las notas de credito que le hace un proveedor?
buenas tardes a todos lo inegrantes por su apoyo y comentarios gracias con una duda las notas de credito que le hacen a una PM O PF (con flujo de efectivo) por concepto de DEVOLUCIONES, DESCUENTOS O BONIFICACIONES, cuando se deben de aplicar para los pagos provisionales, por ejemplo: 1) se compra mercancias por $ 10,000.00 mas iva 1,600.00 pago con transferencia $ 11,600.00 2) a los 8 dias despues de la compra el proveedor hace un descuento de $ 1,000.00 mas iva $ 160.00 3) el proveedor envia una transferencia al cliente por $ 1,160.00 al hacer el pago provisional se deberan de restar de los gastos(compras) los $ 1000.00 y del iva acreditable los $ 160.00? por su ayuda a esta duda le agradesco su atencion. 4) y las notas de credito que hace en contribuyente (caso contrario) ya sea pm o pf (con flujo de efectivo) las debera hacer deducibles hasta la declaracion anual?
Tópico: DEDUCCION AUTOS EN UN REGIMEN DE INCORPORACON FISCAL?
cruz777

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 14, 2021 16:50:18 Asunto: Re: DEDUCCION AUTOS EN UN REGIMEN DE INCORPORACON FISCAL?
con la duda dice que es regimen RIF y que renta el auto para uber: 1 si renta para uber deberia estar en plataforma tecnologica y no en RIF 2 SI ES PLATAFORMA seria regimen de actividad empresarial 3 se debe aplicar la deduccion de activos segun el regimen correcto. si estoy interpretando mal favor de indicarmelo gracias

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