me pueden recordar en donde encuentro los dias que la secretaria va a considerar como inhabiles para el computo de plazos y su vencimiento??? muchas gracias.
Por lo general, estamos hablando de los mismos días que se mencionan en el Artículo 12 del CFF.
Por medio de modificaciones a la Resolución Miscelánea, se suelen inhabilitar otros días además de los ya referidos, que casi siempre son el período general de vacaciones del SAT y, durante la semana mayor, el jueves y viernes.