27/Ene/20 09:51
PAGO A UN ACCIONISTA QUE TRABAJA EN LA EMPRESA
Buenos días, me gustaría saber si me puede ayudar a resolver una duda que tengo de mis recibos de nómina.
Una empresa S de RL de CV,se acaba de constituir en octubre 2019, está constituída por dos socios de los cuales 1 de ellos es el administrador único. Los dos trabajan en la empresa , entonces los dos perciben un sueldo mensual. En una orientación fiscal me comentaron que hiciera sus pagos con un CFDI de sueldos y que al socio mayoritario como era el administrador único no era necesario meterlo al IMSS, entonces así hice su cfdi de nómina, y al del segundo socio me dijeron que su sueldo le manejara un asimilado a salarios y su impuesto iba con tablas!.
Un mes despúes tuve la necesidad de ver con una abogada que me hiciera contratos de trabajo para los empleados y me dijo que No puedo generarle un CFDI tipo sueldos al administrador único, ya que con el administrador único no hay subordinación entonces que el recibo de nómina estaba mal, que lo asimilara a salarios por pago a miembros del consejo y que el recibo del segundo socio también estaba mal por que a él si lo tenía que dar de alta en el IMSS por que trabajaba en la empresa y por ende su recibo debía ser Sueldos, entonces procedí a cancelar los recibos del mes pasado y cambiarlos como la abogada me sugirió.
Pero hace poco tuve una plática con un colega, y me comentó que están mal los recibos, su explicación dice que al administrador único no le puedo pagar con un cfdi de miembro de consejo siempre la misma cantidad, que debe ser variable mes con mes, y ese recibo es sólo si le estoy pagando por el servicio de administrador, pero si el socio en verdad trabaja ahí , que le expida un cfdi tipo sueldos o en su caso que le emita un asimilado pero No como miembro de consejo y que no le aplique la retención del 35 % de ISR , sino, el de tablas como cualquier honorario asimilado y que lo mismo aplicaría para el segundo socio.
La verdad ya no sé qué hacer, ya cancelé una vez los recibos de octubre, que fué como pagué antes de ver a la abogada, después de verla, he emitido como me dijo la corrección de octubre, noviembre y diciembre, y ahora con lo que me dijo mi colega, no sé si volver a cancelar o no. De verdad necesito ayuda con el tema, para saber qué tipo de cfdi debo expedir y el % de retención de ISR a aplicar.
Quedo en espera de su asesoría al respecto.