Re: como se acreditara la retención del 6% en impuestos
Con fundamento en el Art. 5 Fracc. IV de la LIVA...
Que tratándose del impuesto al valor agregado trasladado que se hubiese retenido conforme a
los artículos 1o.-A y 18-J, fracción II, inciso a) de esta Ley, dicha retención se entere en los
términos y plazos establecidos en la misma. El impuesto retenido y enterado, podrá ser
acreditado en la declaración de pago mensual siguiente a la declaración en la que se haya
efectuado el entero de la retención;
'Quienes se creen extremadamente inteligentes son tontos con complejos reprimidos'. Claudia Cardinale