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25/Abr/19 10:36
SEGURO DE GASTOS MÉDICOS MAYORES EN LA ANUAL PERSONAS FÍSICAS

Buen día
Con respecto a la problemática de la anual de las personas físicas 2018, yo quiero plantear el siguiente tema para conocer su punto de vista:
Excelente el boletín pero yo tengo algo más que comentar respecto al SGMM
Un problema que también se está observando es que quienes contratamos el seguro de GMM en el 2018 lo pudimos haber hecho o renovado por ejemplo en junio 2018 y con cargos mensuales
Así las cosas, tenemos una póliza o factura por el total en junio, digamos 12,000 pesos totales, los cuales en un escenario 2017 deducíamos sin ningún problema aún y cuando el pago fuera diferido
En la anual 2018, si se quiere deducir el total de 12,000 la autoridad solo acepta los importes efectivamente pagados y soportados en el complemento de pago
En muchos casos las aseguradoras equivocadamente y eso es otro tema, comenzaron con los complementos porque según ellos eran obligatorios solo a partir del mes de septiembre
Así las cosas tenemos complementos en lugar de 7, solo 4
Primer punto, ya perdimos la deducción de 3
Adicionalmente, para quienes renovamos en 2018 una póliza que teníamos desde años anteriores, ya dedujimos en 2017 el total de aquella póliza que terminamos de pagar en junio 2018
De esta forma en 2017 se dedujo el total y como tenemos, si es que si nos entregaron los complementos en 2018, una doble deducción sobre lo efectivamente pagado de la póliza de 2017 en 2018
La pregunta o incertidumbre es qué es lo que la autoridad finalmente va a tomar como deducción para 2018, la póliza por el total contratado en este año o los pagos que si estén respaldados con el complemento en 2018 aún y cuando provengan de 2017 una parte??????
 
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NIUKO
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25/Abr/19 12:29
Re: SEGURO DE GASTOS MÉDICOS MAYORES EN LA ANUAL PERSONAS FÍSICAS

Buenas tardes

En mi opinión y salvo que haya alguna disposición o regla por ahí que contradiga mi opinión, debe haber una armonía fiscal, es decir, si se están gravando ingresos conforme a flujo de efectivo, es decir, cuando efectivamente se reciben (como es el caso de las PF) de igual manera solo se debería deducir gastos efectivamente erogados

Por lo cual, la deducción de gastos personales que aun no se hubieran cubierto no deberían deducirse (salvo los pagados con tarjeta de crédito, pues hay extinción de deudas con el acreedor original), por lo cual la deducción en el ejercicio 2017 de las pólizas de SGMM fue indebida

En cuanto a los complementos, mucho antes de los REP; ya existia la obligacion de emitir un CFDI por cada pago recibido, si las operaciones eran a plazos, poca gente lo hacia


Pero creo que es una cuestion de forma y no fondo, ademas la obligacion es del emisor, por lo que pienso que no deberia haber detalles sino se reunen los complementos para quien pretende deducir


Saludos



Editado: Abril 25, 2019 12:32:55
 
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NicolasCastilloPerales
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25/Abr/19 12:50
Re: SEGURO DE GASTOS MÉDICOS MAYORES EN LA ANUAL PERSONAS FÍSICAS

Estoy de acuerdo con el comentario de en una sincronía fiscal, tanto ingresos como deducciones deben ser de acuerdo al flujo de efectivo
Sin embargo es una realidad que el año 2017 y anteriores lo que se dedujo fue la póliza por el total, independientemente de si estuvo o no liquidada y así las cosas, pueden ser que si ya deduje el 100% de la póliza en 2017 que contraté en junio de ese año, en 2018 pudiese llegar a tener pagos de enero a mayo ahora de este año y los respectivos complementos de pago más una nueva póliza contratada en junio 2018 y sus complementos de pago de junio a diciembre y si deduzco en este 2018, les estaría dando doblete a los complementos de la primera mitad del ejercicio, me explico?
De ahí la incertidumbre
Luego entonces si es en base a flujo, deduzco todos los complementos de 2018?
 
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NIUKO
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25/Abr/19 13:00
Re: SEGURO DE GASTOS MÉDICOS MAYORES EN LA ANUAL PERSONAS FÍSICAS

NIUKO; Lo mas 'correcto' es presentar complementaria del 2017 mostrando el saldo a cargo y luego presentar la del 2018, deduciendo lo efectivamente erogado y compensar, si es que el SAF cubre el saldo a cargo actualizado

Obviamente el monto de recargos y actualizaciones seria estrepitoso, pero eso es hacerlo como de 'palomita'

En mi opinion, simplemente no deduzcas lo que pagaste en 2018, pues ya anticipaste eso en 2017

Saludos

Correccion: Primero presentar el SAF del 2018, luego el saldo a cargo del 2017 y compensar

Saludos!





Editado: Abril 25, 2019 13:18:08
 
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NicolasCastilloPerales
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