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05/Sep/18 10:38
Trabajador con dos patrones :INFONAVIT

Buenos días, tengo el siguiente caso:

Un trabajador con dos patrones, por lo que solicite al IMSS en base al art 33 para que se divida el salario a fin de que no supere las 25 Veces.
Nos llegaron notificaciones por diferencias del IMSS y el INFONAVIT, las cuales en la entidad de Mérida han sido canceladas por ambas instituciones, sin embargo, en Cancun, por parte del IMSS se se cancelaron y por parte del INFONAVIT de plano nos dijeron que no aplicaba dicha división salarial entre patrones, porque no hay nada estipulado en la ley del INFONAVIT

¿ cual es u opinión? ¿ han tenido un caso así y como se ha resuelto?

Gracias
 
&CH
 
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anaili
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16/Sep/18 12:41
Re: Trabajador con dos patrones :INFONAVIT

Buenas tardes anaili.
El artículo 42 del Reglamento, establece que cuando el Instituto otorgue crédito de vivienda a un trabajador, lo notificará al patrón o a los patrones de dicho trabajador.
Por lo cual de acuerdo con el artículo 46 del mismo reglamento, el patrón estará obligado a retener y a enterar los descuentos.

Ahora bien, que se puede hacer:
1. Es necesario que el trabajador se comunique al 01800-008-3900
2. Es importante que el trabajador acreditado tenga a la mano los siguientes datos:
• Número de Seguridad Social (NSS).
• Número de crédito.
• Cuenta de correo electrónico del responsable de los trámites Infonavit en su empresa.
• Cuenta de correo del trabajador acreditado.

Con los datos proporcionados por el trabajador, el Instituto asignará un número de folio con la finalidad de dar seguimiento a la solicitud de aviso de suspensión, el cual deberá llegarle vía correo electrónico al trabajador acreditado y al responsable de los trámites Infonavit en su empresa en un plazo de 48 a 72 horas, en caso de no ocurrir así se sugiere ponerse en contacto nuevamente por la misma vía con el personal del Instituto, para dar seguimiento a la solicitud.

Por lo tanto, se concluye que sí es posible que al trabajador se le realice una sola retención de su crédito Infonavit; sin embargo, uno de los patrones debe contar con el aviso de suspensión hasta en tanto no lo reciban o presenten el aviso de baja al Seguro Social del trabajador, como consecuencia de la conclusión de la relación laboral deberán continuar efectuando las retenciones respectivas y enterarlas al Instituto cada patrón.
 
PARA CONSEGUIR UN CREDITO; DEBES DEMOSTRAR AL BANCO QUE NO LO NECESITAS.
 
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ALLENDE
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