02/Jun/10 00:21
Re: Contabilizacion de gts de Viaje a España
Buna noche:
Con respecto a los comprobantes de residentes en el extranjero expedidos por servicios, la Regla I.2.4.21. de la RMF para 2009, señala lo siguiente:
Comprobantes que expidan residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en México
I.2.4.21. Los contribuyentes que pretendan deducir fiscalmente los pagos realizados a residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en México, por servicios prestados en el extranjero, podrán utilizar los comprobantes que ellos les expidan siempre que contengan, al menos, los siguientes requisitos:
1. Nombre, denominación o razón social y domicilio de quien lo expide.
2. Lugar y fecha de expedición, descripción del servicio que amparen y el monto total de la contraprestación pagada por dichos servicios.
3. Nombre, denominación o razón social del usuario del servicio.
Dichos comprobantes, en su caso, se acompañarán de su respectiva traducción al español.
CFF 29
Editado: Junio 02, 2010 00:22:51