Mensajería y paquetería ¿Sujetas a retención de IVA?

Necesario aplicar supletoriamente Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal.

El Artículo 1° de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA) obliga a las personas a retener el impuesto cuando reciban servicios de autotransporte terrestre de bienes, prestados por personas físicas o morales. Esta disposición generalmente genera el cuestionamiento de si el servicio de mensajería y paquetería se ubica en este supuesto de retención.

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