IEPS sobre bebidas con azúcar agregada y alimentos con alta densidad calórica

Su acreditamiento a la luz del principio de proporcionalidad tributaria.

Si bien el artículo 4o. de la Ley del IEPS prevé que uno de los requisitos para que el impuesto trasladado sea acreditable, es que los bienes se enajenen sin haber modificado su estado, forma o composición, lo cierto es que permite el acreditamiento del impuesto trasladado por la adquisición de concentrados, polvos, jarabes, esencias o extractos de sabores utilizados como materia prima para elaborar bebidas saborizadas con azúcar añadida.

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