IVA: su base no se incrementa por los descuentos o rebajas sobre venta

Ya que son conceptos por los que se recibe una cantidad menor al valor original.

El artículo 1-B de la Ley del IVA vigente en 2012, prevé que se consideran efectivamente cobradas las contraprestaciones, entre otros casos, cuando el interés del acreedor queda satisfecho mediante cualquier forma de extinción de las obligaciones.

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