IVA: su determinación debe realizarse por mes de calendario

Conforme a las contraprestaciones realmente percibidas en dicho mes.

El IVA se calcula por cada mes de calendario y su pago es definitivo, para lo cual, dentro del mismo, deben ser consideradas las enajenaciones que la contribuyente hubiere obtenido y que hubieran sido efectivamente cobradas las contraprestaciones cuando se reciban en efectivo.

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