¿Optarás por no presentar dictamen? Precaución con plazos y formas

Necesario manifestarlo así en la declaración anual normal y cumplir con plazos.

De acuerdo con el Decreto de Facilidades publicado el 30 de junio de 2010, se otorga la opción de no presentar dictamen fiscal a los contribuyentes obligados en términos del Artículo 32-A, fracción I del Código Fiscal de la Federación (CFF), siempre que presenten dicha información conforme a las reglas del SAT.

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