Requisitos de “fecha cierta” para un documento electrónico

Cómo acompañar un documento electrónico para que sea valorado por la autoridad.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha establecido criterio jurisprudencial en el sentido de que los documentos privados deben cumplir con el requisito de “fecha cierta” tratándose del ejercicio de las facultades de comprobación para verificar el cumplimiento de obligaciones fiscales del contribuyente, siendo que adquieren fecha cierta cuando se inscriban en el Registro Público de la Propiedad, a partir de la muerte de cualquiera de los firmantes o a partir de la fecha en que se presenten ante un fedatario público. Esto es aplicable cuando se trata de documentos en papel.

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