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18/May/18 15:57
Factura con pago en parcialidades

Hola vengo nuevamente a solicitar de su ayuda, ahora tengo una duda enorme con relación a las facturas pagadas en parcialidades.

Soy persona física con actividad profesional, trabajo con una empresa que es persona moral. Cada vez que recibo un pago de su parte les genero un factura tipo ingreso, desglozo el IVA e ISR correspondientes y calculo las retenciones de ISR e IVA que corresponden. Por ese lado no había tenido ningún problema ya que cada vez que me realizaban un pago en mi declaración provisional declaraba lo correspondiente al pago recibido y las retenciones recibidos por parte de mi cliente.

La duda empezó el mes de marzo cuando le cobré por un servicio y acordamos que me pagaría en parcialidades. Realicé mi CDFI por el total cobrado por el servicio, además de indicar las retenciones correspondientes e indicar que sería un pago en parcialidades. Éste mes me va a realizar 2 pagos de las 3 parcialidades que acordamos, por lo que tengo entendid que debo hacer un comprobante de complemento de pagos, el cual al llenarlo (según lo indicado con su contador) debería salir en '0', indicando en el mismo la cantidad Total, la relación con el CFDI original, el monto a pagar y la cantidad que restaría del monto total.

Aquí viene mi duda gigante:
Yo no tomé cómo ingreso, ni tome en cuenta las retenciones de ISR e IVA de la factura original del mes pasado, ya que

1.- ¿El mes pasado tuve que haber tomado como 'ingreso recibido' el monto total de la factura que me pagarán en parcialidades, así como las retenciones correspondientes para presentar mi declaración provisional?
2.- ¿cómo debo manejar los pagos en parcialidades, debo decararlos como un ingreso recibido en el mes en el que me lo paguen o ya no los considero como ingresos?
 
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eap2129
Cabo

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20/May/18 12:57
Re: Factura con pago en parcialidades

Buenas tardes eap2129

Por Tu actividad (PF HONORARIOS ), declaras como un ingreso recibido en el mes en el que te lo paguen.
 
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ALLENDE
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21/May/18 07:54
Re: Factura con pago en parcialidades

1.- ¿El mes pasado tuve que haber tomado como 'ingreso recibido' el monto total de la factura que me pagarán en parcialidades, así como las retenciones correspondientes para presentar mi declaración provisional?

Artículo 102. Para los efectos de esta Sección, los ingresos se consideran acumulables en el momento en que sean efectivamente percibidos.
Los ingresos se consideran efectivamente percibidos cuando se reciban en efectivo, en bienes o en servicios, aun cuando aquéllos correspondan a anticipos, a depósitos o a cualquier otro concepto, sin importar el nombre con el que se les designe.


2.- ¿cómo debo manejar los pagos en parcialidades, debo decararlos como un ingreso recibido en el mes en el que me lo paguen o ya no los considero como ingresos? Ver el comentario anterior respecto al momento de acumulación de los ingresos.
 
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CP_PACO
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21/May/18 21:25
Re: Factura con pago en parcialidades

CP_Paco:

Yo estoy siguiendo esta regla:
Para los efectos de los artículos 29, párrafos primero, segundo, fracción VI y último párrafo y 29-A, primer párrafo, fracción VII, inciso b) del CFF, cuando las contraprestaciones no se paguen en una sola exhibición, se emitirá un CFDI por el valor total de la operación en el momento en que ésta se realice y posteriormente se expedirá un CFDI por cada uno de los pagos que se reciban, en el que se deberá señalar “cero” en el campo “Total”, sin registrar dato alguno en los campos “método de pago” y “forma de pago”, debiendo incorporar al mismo el “Complemento para recepción de pagos” que al efecto se publique en el Portal del SAT.


Mi pregunta es: ¿qué pasa con mi CDFI por el valor total de la operación?, el que tiene IVA trasladado, ISR e IVA retenido por parte de la persona moral. ¿En qué momento puedo hacer efectivas dichas retenciones tanto de IVA como de ISR? ¿Las hago efectivas al momento de generar el CFDI por el valor total de la operación?

Y por efectivas me refiero a que en mi declaración provisional en el campo de 'ISR / IVA que le Retuvieron', ¿en qué mes las pongo? ¿En el mes en que realicé mi CFD por el total de la operación o en los meses en que reciba los pagos parciales?


Porque al momento de recibir el pago parcial y general el 'Complemento para recepción de pagos', solamente se indica el pago recibido en ese momento, no se indican ni IVA trasladado, ni retenciones de ISR ni de IVA.
 
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eap2129
Cabo

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22/May/18 08:10
Re: Factura con pago en parcialidades

Mi pregunta es: ¿qué pasa con mi CDFI por el valor total de la operación?, el que tiene IVA trasladado, ISR e IVA retenido por parte de la persona moral. ¿En qué momento puedo hacer efectivas dichas retenciones tanto de IVA como de ISR? Las hago efectivas al momento de generar el CFDI por el valor total de la operación? la regla 2.7.1.35., establece que el monto del pago se aplicará proporcionalmente a los conceptos integrados en
la factura emitida por el valor total de la operación.


Y por efectivas me refiero a que en mi declaración provisional en el campo de 'ISR / IVA que le Retuvieron', ¿en qué mes las pongo? ¿En el mes en que realicé mi CFD por el total de la operación o en los meses en que reciba los pagos parciales? En los periodos en que recibas los pagos.


Porque al momento de recibir el pago parcial y general el 'Complemento para recepción de pagos', solamente se indica el pago recibido en ese momento, no se indican ni IVA trasladado, ni retenciones de ISR ni de IVA. Es correcto con el fundamento que mencionaste en tu anterior post
 
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CP_PACO
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22/May/18 15:17
Re: Factura con pago en parcialidades

No te quiebres la cabeza, tu tributas bajo flujo de efectivo y salvo las inversiones y algun que otro concepto, todo lo manejaras con entrada y salida de dinero

Saludos
 
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NicolasCastilloPerales
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