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28/Feb/18 09:41
CFDI para coordinados

Buen día!
Una PM del régimen de coordinados integrada por puras personas morales, debe hacer un CFDI a cada uno de sus integrantes? o solo la liquidación que señala la ley Art 72 LISR y artículo 100 RLISR
 
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AMOR3105
Soldado

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28/Feb/18 19:10
Re: CFDI para coordinados

Buenas noches.
De acuerdo al 72 señala:
Para los efectos de este artículo, los coordinados cumplirán con sus propias obligaciones y lo harán en forma conjunta por sus integrantes en los casos en que así proceda. Igualmente, el impuesto que determinen por cada uno de sus integrantes se enterará de manera conjunta en una sola declaración.
Para los efectos de esta Ley, el coordinado se considerará como responsable del cumplimiento de las obligaciones fiscales a cargo de sus integrantes, respecto de las operaciones realizadas a través del coordinado, siendo los integrantes responsables solidarios respecto de dicho cumplimiento por la parte que les corresponda.

Conclusión:
solo la liquidación que señala la ley Art 72 LISR
 
PARA CONSEGUIR UN CREDITO; DEBES DEMOSTRAR AL BANCO QUE NO LO NECESITAS.
 
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ALLENDE
Teniente Coronel

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