20/Ene/18 10:43
Re: RIF Declaracion anual
Que tal htiznado,
Pues mira, para aplicar la opción de coeficiente en RIF, debes presentar un aviso de aclaración antes del 31 de enero a través del apliativo 'Mi portal' en la página del SAT, en donde manifiestes que optas por calcular tu ISR mediante el uso de coeficiente de utilidad, el cual podrás aplicar a partir del 01 de enero de 2018; en tu caso, los meses de agosto a diciembre de 2017, debes presentarlos con declaración definitiva, es decir no presentas anual.
Además debes saber que la deducción de gastos personales NO ESTA PERMITIDA en este régimen, de conformidad con lo establecido en la regla 3.13.17, último párrafo de la RMF para 2018.
Si requieres de mayor información revisa el artículo 111, último párrafo de la Ley del ISR vigente, así como las reglas 3.13.15, 3.13.16, 3.13.17 y 3.13.18 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018.
Espero que esto te ayude a despejar dudas.
Saludos
Editado: Enero 20, 2018 10:44:19
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