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19/May/17 10:24
Retención a personas físicas

Buen Día, estoy registrado como persona física con actividad profesional y en el mes de marzo realice un recibo de honorarios a otra persona física al cual le retuve isr e iva pero no se debe retener a personas físicas .Que puedo hacer si el recibo es de meses anteriores?
 
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Itzav
Soldado

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20/May/17 11:30
Re: Retención a personas físicas

Buenos dias.
estoy registrado como persona física con actividad profesional y en el mes de marzo realice un recibo de honorarios a otra persona física al cual le retuve isr e iva

Supongo te fue pagado, en Marzo.

Que puedo hacer si el recibo es de meses anteriores?

Primero averiguar: se declararon las retenciones ante el SAT.??
En caso de ser afirmativo; ya no hay nada que hacer, unicamente solicitar la constancia de retención.

En caso contrario (no declaro las retenciones), solicitar te devuelvan dichas cantidades.
 
PARA CONSEGUIR UN CREDITO; DEBES DEMOSTRAR AL BANCO QUE NO LO NECESITAS.
 
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ALLENDE
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22/May/17 18:30
Re: Retención a personas físicas

Hola Itzav,

Puedes hablar con tu cliente y comentarle sobre el error y mencionale que le realizarás una nota de cargo en su siguiente factura, de esta manera el te devolverá lo que te retuvo y tu lo podrás justificar sin afectar tu facturación subsecuente.

Saludos
 
'La duda no es sinónimo de inseguridad, pero sí es indicio de sabiduría'
 
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carlos17tello
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23/May/17 16:15
Re: Retención a personas físicas

Hola, antes que nada muchas gracias por su ayuda. ALLENDE, efectivamente fue pagado en marzo y mi cliente si lo declaró solo que me surge la duda si yo también lo tenía que haber declarado ya que me afectaría para mí declaración anual por qué solo deja meter las retenciones de personas morales y tambien me preocupa si no hay problema ante el sat? Carlos17 Tello, gracias sería lo ideal pero lastima que por lo pronto no tendría facturas que emítirle a ese cliente.
 
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Itzav
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24/May/17 11:52
Re: Retención a personas físicas

Cancelar el recibo equivoco y realizar otro sin retenciones por lo que se liquido
Luego pagar la diferencia con un cfdi complementario
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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25/May/17 11:48
Re: Retención a personas físicas

Hola Enrique! Gracias, solo que el recibo es de marzo y mi cliente lo declaró en su mes, no habrá problema si lo cancelo en mayo?
 
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Itzav
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