04/May/17 18:14
Re: obligado a dictamenarme???
Te tengo 2 noticias. 1 mala y 1 buena
La mala:
Por lo que comentas, si estuviste obligado a dictaminarte, por lo que procede la multa por no presentar dicha informacion al INFONAVIT
La buena:
Acude a la PRODECON para que se cubra la multa al 50%, la impugnaras y la ganaras. El pago es para garantizar el credito fiscal. Luego lo recuperaras.
En la PRODECON mediante juicio de nulidad, gratuito te defenderan como sigue:
1.- El derecho de audiencia no se respeto. No te requeririeron, no hay dato de prueba en su resolucion, solamente es una declaracion. Prejuzgan un incumplimiento, no dejaron el citatorio. Multan si ofrecer este derecho de audiencia. El procedimiento esta viciado.
2.- El plazo para la entrega de esta informacion, no se argumenta en el CFF, ni la LINFONAVIT, por lo que actualmente estaria vigente el plazo para entregarse la informacion, espero que si se hayan dictaminado. Pues 34 millones es el monto actualizado, 38 millones lo sobrepasa. El plazo lo establece el reglamento del CFF, donde los unicos que deben establecer cargas es la Ley y el CFF. El reglamento no tiene porque establecer el plazo y esta es una carga. Por esta razon a interpretacion estrita es procedente presentarse en cualquier momento pues no hay un plazo determinado en leyes y codigo.
3.- La multa esta mal determinada, no es por la multa de un dictamen, sino por no entregar informacion y ademas la multa debe pasar al menos 15 dias despues de venceser el plazo de ejecutarse el derecho de audiencia, previo requerimiento. La multa se hizo con veces de Salarios Minimos cuando debe aplicarse mediante UMAS. Esta prohibido emplearse SMG
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?